Suprema falla a favor de Andrómaco en extenso juicio contra Danone

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En primera instancia, la demanda de Andrómaco fue rechazada y la demanda de Danone, que a su vez alegaba diversos incumplimientos, resultó acogida.




El máximo tribunal del país respaldó la posición de Andrómaco, que denunciara a la francesa Danone de actuar de manera ilegal al apoderarse de su clientela y comenzar a distribuir una línea de alimentación para lactantes, generándole perjuicios por hasta $ 9.200 millones.

Según los escritos del laboratorio, representada por los litigantes Sebastián Yanine y Jorge Bofill, del estudio Bofill Escobar; Danone puso fin anticipadamente a un contrato de distribución de productos lácteos incumpliéndolo. ¿La razón? Según la firma de alimentos, Andrómaco habría infringido la prohibición de efectuar publicidad contenida en el Who Code, el Código de Alimentación de la Organización Mundial de la Salud, que prohibe publicitar leche de fórmula. En primera instancia, la demanda de Andrómaco fue rechazada y la demanda de Danone, que a su vez alegaba diversos incumplimientos, resultó acogida. Sin embargo, en un giro, el tribunal de alzada capitalino revirtió lo dictaminado y estableció que toda la publicidad que reprochaba Danone y que invocó como motivo para terminar el contrato había sido instruida y diseñada precisamente por la francesa. Asimismo, estableció que algunos lotes de productos Nutricia entregados por Danone a Andromaco -que fueron interceptados por esta última antes de ser vendidos- venían contaminados con la mortal bacteria cronobacter sakazakii, hecho negado por Danone en sus escritos.

El fallo de la Suprema confirmó que la prueba rendida era suficiente para acreditar los perjuicios sufridos por Andrómaco y dio crédito al peritaje del economista Patricio Arrau, quien estimó el daño en hasta $ 9.200 millones, con una estimación central de $4 mil millones. "Con los medios de justificación invocados por la demandante se acreditó la existencia de daños y perjuicios causados por Danone, al dar término al contrato sin estar facultado para ello. El hecho resulta inamovible para este tribunal", advirtió el fallo.

El proceso podría continuar ante un juez de letras quien tendría la tarea de especificar el monto exacto de los perjuicios, de no acordar las partes la cuantía de los mismos, dentro de los parámetros fijados por la justicia. b

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