Comisión Experta ingresa primeras normas del anteproyecto de nueva Constitución

Pleno Comisión Experta

Tras intensas negociaciones, las cuatro subcomisiones zanjaron este jueves a la medianoche los artículos para modificar la actual Carta Magna. Las reglas constitucionales delinean un nuevo sistema político marcado por una barrera electoral de entrada a la Cámara, elecciones parlamentarias junto con eventual segunda vuelta presidencial con el objetivo de darle más gobernabilidad al nuevo Mandatario y disposiciones anti parlamentarios díscolos. También se establece como inconstitucional "la violencia como método de acción política”.


Con zapatillas deportivas llegó la comisionada Katherine Martorell (RN) hasta el Congreso de Santiago. “Vinimos con zapatos cómodos, ropa cómoda, con muchas ganas de hacer nuestro trabajo”, comentó la experta al llegar. Sus palabras no fueron al azar. Los 24 expertos sabían que este jueves trabajarían hasta tarde y así fue. A las 23.59, justo cuando venció el plazo, las cuatro subcomisiones ingresaron sus primeros artículos para el anteproyecto de nueva Constitución.

Este texto, comentaban los comisionados, es el primer esqueleto que les tocó redactar y es el primer test de los expertos de cara a la ciudadanía, es decir, la primera prueba de cuánto se atrevieron a cambiar y qué tanto optaron por mantener.

La dinámica en los pasillos del Senado y la Cámara en Santiago estuvo marcada por intensas reuniones. Las citas ocurrieron por subcomisión. Los seis expertos de cada instancia juntos y en algunas -como la de principios y derechos sociales- a veces se dividieron los tres comisionados de cada sector para preparar las estrategias de negociación y armar nuevas contrapropuestas de normas.

La subcomisión de sistema político acordó que la barrera electoral será de 5%, la misma cifra que ocupan otros países, como Alemania y Perú. “Solo los partidos políticos que alcancen, al menos, un cinco por ciento de los votos válidamente emitidos, a nivel nacional, en la elección de los miembros de la Cámara de Diputados y Diputadas respectiva, tendrán derecho a participar en la distribución de escaños en dicha cámara”, se lee en la regla que redactaron los expertos.

De igual forma, la instancia estableció que las elecciones parlamentarias coincidan con una eventual segunda vuelta presidencial con el objetivo, según señala el texto que ingresaron, de “otorgar al elector la oportunidad de elegir sus parlamentarios favoreciendo la formación de mayorías en el Congreso, que propenderán a coaliciones más estables y comprometidas con el Presidente al que se asocian. Como un límite a la excesiva concentración de poderes, el Senado se continuará renovando por parcialidad”.

Además, esta subcomisión le entregó el control de la democracia interna de los partidos al Servicio Electoral (Servel). El registro de los afiliados y las elecciones pasarán a manos de este órgano.

Los comisionados también diseñaron normas para disminuir el discolaje y reforzar las disciplina partidaria en el Congreso. “Cesará en sus funciones el diputado o senador que renuncie al partido político que hubiera declarado su candidatura”, dice uno de los textos que redactaron.

Asimismo, los comisionados crearon iniciativas de normas populares. “Un grupo de personas habilitadas para sufragar equivalente al dos por ciento del último padrón electoral podrá presentar a cualquiera de las ramas del Congreso Nacional una iniciativa popular de ley para su tramitación legislativa”, plantea la norma.

Lo mismo se hizo para derogar leyes: “Un grupo de personas habilitadas para sufragar, equivalente al tres por ciento del último padrón electoral, podrá, dentro de los cuatro meses siguientes de haberse publicado una ley, presentar una iniciativa de derogación total o parcial de esa ley, para que sea votada mediante referendo”.

La pregunta sometida a plebiscito será controlada por la Corte Constitucional: “Previo a que el referendo pueda ser convocado, la Corte Constitucional deberá realizar un examen de admisibilidad y pronunciarse respecto a si la iniciativa de referendo es susceptible de producir un efecto que contraviene la Constitución o los derechos adquiridos conforme al ordenamiento jurídico vigente”.

Respecto de participación ciudadana, esta instancia avanzó en la creación de “foros de deliberación ciudadana consultivos, de selección aleatoria, debiendo garantizar una participación representativa de la población, diversa y pluralista”.

El gobierno judicial quedará a cargo de un consejo

La subcomisión de órganos autónomos terminó de diseñar el futuro Poder Judicial. Uno de los puntos más relevantes es que llegaron a acuerdo sobre qué modelo tomarán para separar las funciones jurisdiccionales de las no jurisdiccionales.

“Nuestra subcomisión ha llegado a un consenso mínimo de concentrar las funciones no jurisdiccionales bajo un consejo que va a estar dividido en cuatro comisiones que van a estar coordinadas y con autonomía entre ellas”, explicó la experta Leslie Sánchez (PL en cupo PPD).

Este consejo será tipo Consejo de la Magistratura. Las comisiones serán sobre temáticas específicas. Una para nombramientos, otra para la potestad disciplinaria, otra para la formación y una para la autonomía operativa de la judicatura. De esta manera, el gobierno judicial ya no estará en manos del pleno de la Corte Suprema, fortaleciendo la autonomía interna del Poder Judicial.

Tal como ya se sabía, por el momento esta subcomisión no ingresará normas sobre control preventivo sustantivo en la futura Corte Constitucional. El futuro Tribunal Constitucional estará integrado por nueve miembros que se nombrarán de la siguiente manera: “El Presidente de la República deberá confeccionar una quina que presentará ante la Corte Suprema. La Corte Suprema, por mayoría simple de sus integrantes y en una sesión especialmente convocada para tal efecto, conformará una terna para ser sometida al Senado. Este último, previa audiencia pública de antecedentes, deberá escoger un candidato de esa terna por los tres quintos de sus integrantes”.

En cuando a la designación del fiscal nacional, los expertos no innovaron mucho y solo incorporaron un concurso público para iniciar el procedimiento. “El Fiscal Nacional será designado a propuesta del Presidente de la República, con acuerdo del Senado adoptado por tres quintos de sus miembros en ejercicio, en sesión especialmente convocada al efecto. El Presidente realizará la propuesta en base a una quina elaborada por la Corte Suprema, sobre un listado de quince candidatos que le haga llegar el sSistema de concurso público que determine”, plantea el artículo sobre este tema.

La comisionada Martorell consiguió ingresar como norma una de sus propuestas que apuntaba a crear una Defensoría de las Víctimas. “Sin perjuicio de las facultades del Ministerio Público, habrá un Servicio de Acceso a la Justicia y Defensoría de las Víctimas para que las personas víctimas de delitos puedan acceder a defensa y representación jurídica especializada y asistencia en el ámbito psicológico y social. Este servicio será autónomo, y una ley determinará su organización, funcionamiento y detallará sus competencias”, dice la norma sobre este tema.

“Inconstitucionalidad de la violencia como método de acción política”

La subcomisión encargada de regular los principios logró destrabar algunos de sus nudos principales. En los días previos, los expertos de esta instancia estuvieron envueltos en un intenso debate sobre qué está primero, si la persona, el Estado o la sociedad.

En este punto -el de la servicialidad del Estado- gastaron varios debates que finalmente terminaron en que la oposición logró que la norma establezca que el Estado está al servicio de la persona. Las gestiones del oficialismo estuvieron concentradas en conseguir que el Estado social -norma cuya redacción quedó casi igual a la de las bases- fuera en segundo lugar y en tercer lugar la autonomía de las sociedades intermedias.

Para el oficialismo el punto más doloroso fue la resistencia de la oposición para aceptar como principio la democracia paritaria. Este es uno de los puntos intransables para los partidos de gobierno. Las expertas de ese sector -que integran esta subcomisión- buscaron todos los caminos para convencer a la oposición, pero no hubo caso.

Lo que sí quedó fue una norma sobre la igualdad entre las mujeres y los hombres, algo que para algunos comisionados del oficialismo trae implícito un mandato de participación igualitaria. A pesar de que este tema no logró entrar en las normas de ahora, el asunto será parte de la batalla que dará el oficialismo en la etapa de las enmiendas y probablemente se transforme en una moneda de cambio.

Eso sí, la subcomisión de principios dio un paso importante -impulsado por la oposición- para declarar como inconstitucional la violencia como método de acción política. Para eso, redactaron la siguiente norma: “Es obligación fundamental del Estado y la comunidad política trabajar por la paz social. El orden constitucional supone el uso de métodos pacíficos de acción política”.

¿Estado social y libertad de elección?

La gran pregunta que tuvo que responder la subcomisión de derechos sociales es de qué manera iban a compatibilizar un Estado social robusto con la constitucionalización de la libertad de elección de los cotizantes en salud y seguridad social.

El comisionado Jaime Arancibia (Ind.-RN) transparentó durante la jornada esta situación. “La discusión está en quién se hace cargo. Para efectos de asegurar prestaciones mínimas en pensiones, en educación y en salud pueden hacerlo tanto el Estado como también los particulares subsidiados por el Estado o recurriendo a la cotización individual que puedan tener los particulares en las distintas materias”, comentó el académico.

La gran piedra de tope con el oficialismo es que este sector no quería dejar amarrado este tema en la Constitución, ya que son de la idea de que se trata de un asunto de rango legal que tiene que ser “definido en la sede democrática por excelencia que es el Congreso”.

Sin embargo, la derecha logró su cometido de constitucionalizar la libertad de elección de los cotizantes en salud. El texto de esta norma quedó redactado de la siguiente manera: “La ley podrá establecer cotizaciones obligatorias. Cada persona puede elegir el régimen de salud al cual adscribirse sea este estatal o privado”. También en la regulación de salud incorporaron el acceso a los medicamentos.

De igual forma, los expertos de esta subcomisión consiguieron un consenso en materia de libertad de enseñanza. “Se reconoce el derecho y el deber preferente de las familias de escoger la educación de sus hijos o pupilos, atendiendo su interés superior. Corresponderá al Estado otorgar especial protección al ejercicio de este derecho”, dice la normativa sobre este punto.

Además, los comisionados le dieron rango constitucional a la gratuidad en la educación superior y técnica de forma progresiva.

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