La postura frente al abreviado que el CDE aún no define
El organismo es querellante por cohecho en el caso Penta, delito que la fiscalía busca dejar fuera del juicio. En enero se opuso a acuerdo de fiscal Gómez con SQM.
Una intensa ofensiva protagonizó el Consejo de Defensa del Estado (CDE) cuando el fiscal del caso SQM, Pablo Gómez, llevó adelante un acuerdo de salida alternativa a un juicio oral contra la minera en un proceso por cohecho.
Pese a la férrea oposición del CDE, el acuerdo terminó concretándose.
Según fuentes conocedoras de la evaluación que se hizo de ese episodio, al interior de la entidad habrían resentido el hecho de que se haya visto al CDE perdiendo un caso. Así, las mismas fuentes explican que el ánimo del Consejo hoy es menos combativo. Y pese a que todavía no existe una revisión formal del acuerdo que se está ultimando en torno al caso Penta, se asegura que un procedimiento abreviado es menos difícil de apoyar que la suspensión condicional que se ofreció a SQM.
Uno de los puntos clave de este acuerdo es que el Ministerio Público presentará al tribunal la recalificación del delito de cohecho imputado a Pablo Wagner, Carlos Délano y Carlos Lavín. En vez de que los pagos al exsubsecretario hayan tenido por objeto sobornarlo, se acordó que estos fueron producto de un enriquecimiento ilícito, que también está penado por la ley para funcionarios públicos.
Así, luego de ser informado por la fiscalía de este acuerdo, el CDE deberá decidir su postura. Para ello, según explican fuentes vinculadas, la relevancia del caso haría presumible que este pacto se revise y discuta en el consejo pleno del organismo.
La decisión de sacar de las imputaciones el delito de cohecho no impacta las definiciones en la responsabilidad penal de Penta como persona jurídica. Esto porque las empresas del grupo no están formalizadas en virtud del cohecho de Wagner sino respecto de delitos de soborno vinculados a pagos que la empresa realizó a los exfuncionarios del SII Iván Álvarez y Juan Martínez y que tienen su origen en el caso FUT.
Las definiciones sobre el futuro de las cinco empresas formalizadas el 18 de noviembre de 2015 por estos hechos -Inversiones y Asesorías Challico Limitada, Administración e Inversiones Santa Sarella Limitada e Inversiones Banpenta S.A. Inversiones Penta III y Penta S.A., sociedades de inversión del holding- todavía no están avanzadas, asunto del cual el CDE también debiera tener una opinión.
Para las empresas resulta crucial no ser condenadas por este delito. Esto porque una condena por cohecho impacta directamente en la expansión internacional de las sociedades y sus controladores, ya que el estándar internacional es restrictivo frente a las empresas condenadas por estos ilícitos.
Comenta
Los comentarios en esta sección son exclusivos para suscriptores. Suscríbete aquí.