Los derechos de autor llegan al borrador de la nueva Constitución: Pleno de la Convención aprueba dos de los cuatro incisos del artículo que regula la materia
En su segundo intento para ser integrada en la propuesta de nueva Carta Magna los convencionales aprobaron una parte de la norma que trataba este asunto. El texto busca asegurar a las personas los derechos frente a “sus obras intelectuales, científicas y artísticas” además de proteger los derechos de los intérpretes sobre sus ejecuciones.
Este miércoles el pleno de la Convención Constitucional votó en particular el segundo informe de reemplazo de la Comisión sobre Sistemas de Conocimientos, Culturas, Ciencia, Tecnología, Artes y Patrimonios.
El documento contemplaba la deliberación y votación de normas sobre asuntos como la libertad de investigación, límites al derecho a la participación, ética digital, patrimonio y propiedad intelectual indígena y derechos de autor. Sobre este último tema, uno de los que más suscitaban expectativas, solo lograron pasar al borrador de la nueva Constitución dos de cuatro incisos.
Con 115 votos a favor, 13 en contra y 25 abstenciones, el pleno aprobó el primer inciso sobre derechos de autor, que establece que la nueva Constitución “asegura a todas las personas la protección de los derechos de autor sobre sus obras intelectuales, científicas y artísticas, comprendiendo los derechos morales y patrimoniales sobre ellas, en conformidad y por el tiempo que señale la ley, que no será inferior a la vida del autor”.
Asimismo, fue aprobado el tercer inciso del artículo 6, referido al mismo tema, que asegura la “protección a los derechos de intérpretes o ejecutantes sobre sus interpretaciones o ejecuciones, de conformidad a la ley”.
En cambio, fue rechazado el cuarto inciso, que proponía que las excepciones y limitaciones a los derechos de autor fueran “establecidas por la ley y velarán por el ejercicio de los derechos culturales, el goce de los beneficios de los conocimientos y demás derechos fundamentales”. También se rechazó el quinto inciso, que establecía que el Estado adoptaría “las medidas necesarias para el fortalecimiento y divulgación del dominio público”.
La integración de estas normas a la propuesta de nueva Carta Magna fue celebrada por distintos integrantes de la comisión de Sistemas de Conocimiento, como es el caso del convencional y excoordinador de la comisión, Ignacio Achurra (Frente Amplio) “¡Gran día para los artistas, creadores e investigadores de nuestro país! Ha sido un largo camino, pero, por fin, llegamos a puerto. Con 115 votos, se consagran los derechos de autor en la nueva constitución”, manifestó el constituyente a través de sus redes sociales.
Sin embargo, hay quienes no quedaron conformes con la propuesta aprobada. Durante su intervención, y luego del rechazo a la indicación presentada por su colectivo, el convencional Ricardo Neumann (Unidos por Chile) advirtió que la propuesta presentada durante esta tarde habría “omitido deliberadamente el elemento esencial de todo derecho de autor, esto es, el reconocimiento expreso del derecho de propiedad del creador sobre sus obras”.
El asunto no solo fue abordado al interior de la Convención, sino que también provocó reacciones externas. La directora ejecutiva de la Asociación Chilena de Publicidad, Alejandra Ferrari, destacó la aprobación del artículo. “Valoramos la consagración de los derechos de autor a nivel constitucional, pues permite que miles de personas que viven de sus ideas, puedan tener todas las certezas necesarias para seguir utilizando su capital en pos de generar cultura y oportunidades de negocio”, afirmó Ferrari.
Otra de las normas visadas por el pleno fue el tercer inciso del artículo 11 -con 103 votos a favor, 21 en contra y 25 abstenciones- que establece que “el acceso a la información pública será garantizado con la sola excepción de aquellas materias que la ley determine reservada o secreta”.
De esa misma forma, ingresó al borrador de la nueva Constitución el reconocimiento de los derechos culturales del Pueblo Tribal Afrodescendiente chileno, propuesta que busca asegurar su ejercicio, desarrollo, promoción y conservación, bajo los instrumentos internacionales pertinentes.
Por último, otra de las normas que quedó fuera del borrador fue el artículo 18, referido al patrimonio y propiedad intelectual indígena.
Con 75 votos a favor, 44 en contra y 30 abstenciones, los convencionales rechazaron que el Estado reconozca “los derechos de los pueblos indígenas sobre sus conocimientos tradicionales, expresiones culturales tradicionales, las manifestaciones de sus ciencias, tecnologías y culturas y de propiedad intelectual sobre ellos, conforme a lo establecido en esta Constitución”.
También no pudo alcanzar el quórum de 2/3 la norma que estipulaba que “la Constitución asegura la protección de los diversos títulos de protección de propiedad industrial. La ley regulará los derechos que se confieren a su titular, su duración y las limitaciones derivadas de su función social”.
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