El proyecto que presentó el gobierno para proteger infraestructura crítica: incluye hospitales, puertos y aeropuertos
"Podrá tener una vigencia máxima de 30 días corridos, que podrá ser prorrogado por una sola vez", explica la iniciativa de ley entregada hoy por el Ejecutivo al Congreso.
"Los acontecimientos del último tiempo si bien han dado lugar a una serie de demandas y manifestaciones legítimas, también han evidenciado un recrudecimiento de la violencia, el vandalismo, saqueos y afectaciones al orden público, de una manera nunca antes vista en democracia".
Esta frase es parte de los antecedentes y fundamentos que esgrime el proyecto de ley que modifica la Ley Orgánica Constitucional de las Fuerzas Armadas, estableciendo el rol de estas en la protección de la infraestructura crítica del país cuando sea indispensable para la seguridad de la nación, que fue presentado hoy por el gobierno con urgencia inmediata.
El proyecto, que ingresó por el Senado, establece: "Incorpórase el siguiente artículo 1 BIS nuevo en la ley N° 18.948, Orgánica Constitucional de las Fuerzas Armadas: Artículo 1° bis. Cuando exista un riesgo para la seguridad de la Nación, fuera de los casos de estado de excepción constitucional, el Presidente de la República, previo informe del Comité de Inteligencia establecido en el artículo 6 de la ley N° 19.974, podrá ordenar, mediante decreto supremo fundado, el empleo de unidades de las Fuerzas Armadas para la protección de infraestructura crítica del país. En el ejercicio de esta facultad, en ningún caso se podrá decretar la suspensión, restricción o privación de derechos y garantías constitucionales, o disponer el empleo de las Fuerzas Armadas para restablecer el orden o la seguridad pública".
Asimismo, el texto sostiene que será el Mandatario quién determine a las personas a cargo de llevar a cabo el procedimiento. "El Presidente de la República designará, en el mismo decreto, una o más autoridades militares que asumirán el control operacional de las unidades de Fuerzas Armadas que asignen los comandantes en jefe para el fin señalado", sostiene la iniciativa legal que contiene 12 páginas.
Además, entrega detalles de aquellos lugares específicos que podrían custodiar las Fuerzas Armadas si es que se aprobase el proyecto. "Se entiende por infraestructura crítica aquella cuya perturbación en su funcionamiento o destrucción tendría un grave impacto sobre los servicios de utilidad pública para la población o para el eficaz funcionamiento de los órganos y la administración del Estado. Se entienden comprendidos en dicho concepto la infraestructura energética, redes y sistemas de telecomunicaciones, infraestructura de servicios sanitarios, hospitales, centros de abastecimiento, puertos y aeropuertos. La protección incluye bienes inmuebles, equipos y sistemas que sean necesarios para el funcionamiento de la infraestructura crítica".
El texto también establece un plazo de un mes para llevar a cabo la operación, el que se podría extender. "Podrá tener una vigencia máxima de 30 días corridos, que podrá ser prorrogado por una sola vez, mientras se mantenga el riesgo para la seguridad de la Nación. El Presidente de la República deberá informar a la brevedad al Congreso Nacional de las medidas adoptadas en virtud de lo señalado en este artículo, así como de la evaluación efectuada por el Ministerio de Defensa Nacional", sostiene el proyecto entregado hoy al Congreso.
"El cumplimiento del deber se cumplirá mediante estricto apego a las normativas vigente, en particular, a las reglas del uso de la fuerza que determine el Presidente de la República", añade el documento.
https://www.latercera.com/politica/noticia/oposicion-se-divide-ante-idea-del-presidente/913599/
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