Caso Cascadas: la dura crítica de Leonidas Vial contra el CDE por su arremetida ante la Corte Suprema
El empresario Leonidas Vial Echeverría cuestionó al Consejo de Defensa del Estado por su recurso de casación en el caso Cascadas, calificándolo de infundado y redundante. Representado por el abogado Marcelo Giovanazzi, Vial argumentó que el recurso del CDE simplemente repite argumentos ya presentados y debería ser declarado inadmisible. Esta crítica se da en el contexto de su absolución previa por la Corte de Apelaciones de una multa impuesta por la Superintendencia de Valores y Seguros en 2014.
El empresario Leonidas Vial Echeverria lanzó una fuerte crítica en contra del Consejo de Defensa del Estado (CDE) ante la Corte Suprema por el recurso de casación que este organismo interpuso en el marco del denominado caso Cascadas.
A través de un téngase presente al tribunal, el empresario -ligado a La Polar, CIC, LarrainVial y la fintech Fynpal- sostuvo que la acción del CDE carece de fundamento y no puede ser declarada admisible. “El recurso de casación del CDE no puede ni siquiera ser declarado admisible, por adolecer de manifiesta falta de fundamento”, señaló Vial, representado por Marcelo Giovanazzi, socio de Alcaíno Abogados.
“El recurso del CDE no hace más que repetir de manera redundante, argumentos ya planteados en primera y segunda instancia”, indicó. En un tono más duro, dijo: “Este pleonasmo flagrante, debería ser, en teoría, suficiente para ser declarado inadmisible por manifiesta falta de fundamento”.
Consultado al respecto, el CDE declinó participar en esta nota.
El téngase presente de Vial también apuntó a otras inconsistencias, en su opinión: “El CDE pretende que la Corte deje sin efecto el fallo recurrido, ofreciendo una vasta cantidad de vicios para que sea el propio tribunal de casación quien elija cuál más le plazca”. Esto, en alusión a que el recurso de casación del CDE ante la Corte Suprema cuenta con 166 páginas.
En diciembre de 2014, la en ese entonces Superintendencia de Valores y Seguros sancionó a Leonidas Vial Echeverría con una multa de 500.000 UF por una supuesta infracción del artículo 53 de la Ley de Mercado de Valores. El empresario reclamó la multa ante el 29° Juzgado Civil de Santiago y un año después fue absuelto de la sanción.
La jueza María Cecilia Morales Lacoste concluyó que la hipótesis de infracción de la Superintendencia de Valores y Seguros sobre el remate de acciones de Calichera A fue rechazada por el tribunal, que concluyó que las normas de remate aseguran la libre concurrencia en el mercado, permitiendo la participación de cualquier interesado y no favoreciendo traspasos exclusivos.
El 12 de febrero de 2024, la Corte de Apelaciones de Santiago confirmó la sentencia de primera instancia y con ello, la absolución de Leonidas Vial por la multa aplicada por la Superintendencia de Valores y Seguros, hoy Comisión para el Mercado Financiero (CMF).
Actualmente el Consejo de Defensa del Estado busca revertir ambos laudos y que el máximo tribunal dicte una sentencia de reemplazo rechazando el reclamo interpuesto por el empresario contra la resolución exenta Nº 233 de septiembre de 2014 de la SVS, con costas.
Origen del conflicto
Al dictar la sanción, la SVS era dirigida por el ingeniero y abogado Carlos Pavez, hoy director de la Unidad de Análisis Financiero (UAF), y el regulador planteó la tesis de un “esquema fraudulento” en el caso Cascadas, aunque a la fecha esta sigue siendo cuestionada en tribunales.
En aquella oportunidad la SVS resolvió aplicar sanciones de multa que en su conjunto ascienden a UF 4.010.000 (aproximadamente US$164 millones de la época) en el marco del cierre de la investigación del caso Cascada. Ello, tras constatar una serie de infracciones a la Ley de Mercado de Valores y a la Ley de Sociedades Anónimas por actuaciones y operaciones que tuvieron lugar en el año 2010 -a partir de septiembre- y durante el año 2011.
En el caso Cascadas ha habido diversas resoluciones judiciales respecto a las multas impuestas a los involucrados. La Corte Suprema confirmó algunas de ellas y desestimó otras, generando un escenario complejo y variado.
Por un lado, Julio Ponce Lerou, uno de los principales implicados, vio su multa original de US$62 millones reducida significativamente, a menos de US$3 millones. Esta decisión fue tomada tras considerar la inaplicabilidad de ciertas normas por parte del Tribunal Constitucional, lo que obligó a revisar y reducir las sanciones inicialmente impuestas.
En contraste, las multas contra Leonidas Vial y la corredora LarrainVial fueron revocadas en primera instancia y el fallo confirmado en la Corte de Apelaciones de Santiago. La corte concluyó que no hubo mal uso de las operaciones bursátiles y que las transacciones se realizaron dentro de los márgenes permitidos por la regulación vigente en ese momento.
Por otro lado, la multa contra Alberto Le Blanc fue confirmada, implicando una sanción considerable por su participación en el esquema de operaciones que benefició a ciertos accionistas en detrimento de otros.
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