Continúa la batalla judicial por las rentas vitalicias: Renta Nacional ingresa recurso de reclamación en la Corte de Apelaciones contra la CMF

Tematicas Corte de Apelaciones
PALACIO DE LOS TRIBUNALES DE JUSTICIA - CORTE SUPREMA - ESCALERAS - COLUMNAS - CARIATIDES - VISTA CENITAL - PUBLICADA - 14.06.16 Fotografias Tematicas de Corte de Apelaciones, o Tribunales de Justicia, ubicado en Morande con Compaa, gente, caminando, gendarmes, puertas, fachadas Fotos Patricio Fuentes Y. - Santiago - Patricio Fuentes Y. - Patricio Fuentes Y.

La presentación de la compañía justifica su reclamo en “las ilegalidades cometidas” por la CMF al dictar el oficio circular y la normativa que hizo operativo el "retiro", y por la resolución que emitió la CMF en la que rechazó todas las partes del recurso de reposición que había ingresado Renta Nacional ante el regulador.


Un recurso de reclamación de ilegalidad contra la Comisión para el Mercado Financiero (CMF) ingresó ayer miércoles Renta Nacional en la Corte de Apelaciones por el retiro en rentas vitalicias.

El documento justifica el reclamo “a raíz de las ilegalidades cometidas” cuando la CMF dictó el oficio circular y la normativa que hizo operativo el retiro, y por la resolución que dictó la CMF donde rechazó todas las partes del recurso de reposición que había ingresado Renta Nacional ante el regulador.

Allí, la compañía de seguros solicita a la Corte que se dejen sin efecto los tres documentos, con costas. Y argumenta que la normativa que dictó la CMF para implementar esta ley, “ha de sujetarse a la normativa legal y regulación sectorial vigente que regula la renta vitalicia, guardando la debida armonía con esta, cuestión que, según se verá, fue absolutamente desconocido por la CMF en la dictación de los actos administrativos impugnados”.

También señala que la ley que se pretende implementar es inconstitucional por vicios de forma y de fondo; agrega que contraviene principios fundamentales de los contratos de renta vitalicia; y asegura que desconoce que el pensionado no es dueño de la reserva técnica, sino que esta pertenece a la aseguradora.

Además, argumenta que viola la Ley del Contrato, vulnerando los documentos celebrados entre las partes, y que contraviene la igualdad ante la ley, el derecho a la seguridad social, la libertad para desarrollar una actividad económica con sujeción a las normas legales que la regulan y el derecho de propiedad, entre otras garantías constitucionales.

Sobre la inconstitucionalidad de la ley, Renta Nacional dice que “la propia CMF los representó en las Comisiones respectivas” en la Cámara de Diputados y el Senado durante la tramitación del proyecto, lo mismo hizo el Banco Central. Y señala que incluso el presidente de la República requirió la intervención del Tribunal Constitucional.

También comenta que se trata “de un anticipo forzado de la pensión, financiado por el patrimonio de la compañía aseguradora, en un acto de expropiación patrimonial sin indemnización previa, que se descuenta y afecta de forma permanente el monto de las pensiones futuras del afiliado, además de generar condiciones objetivas de daño patrimonial a la compañía, como por ejemplo, compelerlas a tener que liquidar anticipadamente sus inversiones parar hacer frente a la obligación de pago contemplada en la ley”.

Por otro lado, el recurso de Renta Nacional asegura que por los vacíos que tiene la ley en varias materias, “se generan una serie de problemáticas en su aplicación, que conllevan a una situación de inestabilidad para la industria, amenazándola en su viabilidad”.

Y dicen que lo anterior está “reflejado especialmente en la liquidación anticipada y forzada de activos de inversión a largo plazo y, peor aún, generalmente ilíquidos de las compañías para obtener los flujos de dineros necesarios para hacer frente a los pagos masivos del derecho consagrado en la ley; o el aumento del nivel de endeudamiento de las compañías con el mismo fin; ambas circunstancias unidas a la afectación cierta a su liquidez, producto de tener que hacer frente a estos pagos, en dinero efectivo y en un corto plazo, de manera masiva”.

Los otros recursos

Actualmente, hay 16 compañías de seguros de vida que tienen rentas vitalicias en el mercado local y ahora, con el recurso que ingresó Renta Nacional, siete de ellas ya han iniciado acciones legales en tribunales locales. Otra, el grupo internacional (Ohio) activó el procedimiento de resolución de controversias establecido en el Tratado de Libre Comercio entre Chile y Estados Unidos.

La iniciativa legal, según estimaciones de la Superintendencia de Pensiones, implicará el pago adelantado de unos US$ 2.600 millones para 645 mil personas que han contratado rentas vitalicias.

Hace tres semanas, Bice Vida, Penta Vida y 4 Life Seguros de Vida presentaron tres recursos de ilegalidad en contra del oficio circular Nº 1208 de la Comisión para el Mercado Financiero (CMF). Y la semana pasada se sumaron, por otra vía (recurso de protección), Consorcio Nacional de Seguros, CN Life (también controlada por Consorcio) y Confuturo, de la Cámara Chilena de la Construcción.

En todo caso, este miércoles la Corte de Apelaciones declaró inadmisibles los recursos de protección que interpusieron estas últimas tres compañías, por lo que Consorcio ya anunció que acudirá a la Suprema.

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