Estudio: 70% de los trabajadores cree que la situación económica del país afectará su aguinaldo

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FOTO: DEDVI MISSENE / LA TERCERA

El sondeo de Laborum, aplicado a más de 500 compañías de distintos tamaños en todo el país, arrojó además que más de la mitad de los encuestados (52%) sienten que la entrega del aguinaldo es más importante que otros años, dado el aumento de la inflación y la incertidumbre social que hoy se vive en el país.


Con las Fiestas Patrias a la vuelta de la esquina, un tema que toma especial relevancia por estos días para muchos chilenos es el aguinaldo, el cual, de acuerdo a una encuesta realizada por Laborum, un 70% de los trabajadores piensa que se verá afectado por la situación económica a nivel nacional.

El sondeo -aplicado a más de 500 compañías de distintos tamaños en todo el país- también revela que más de la mitad de los encuestados (52%) sienten que la entrega del aguinaldo es más importante que en otros años, dado el aumento de la inflación y la incertidumbre social que hoy se vive en el país, en el marco del actual proceso constituyente.

Sobre lo anterior, el director de Laborum, Diego Tala, explicó que “a diferencia de años anteriores, hemos notado que la entrega del aguinaldo tiene cada vez mayor relevancia. Incluso, en el caso de algunas industrias, este 2022 ha superado las expectativas percibidas al comparar las épocas más álgidas de la pandemia, donde no existía certeza sobre la entrega de este beneficio”.

De hecho, un sondeo publicado por la plataforma de empleos en 2020 durante este mismo período reveló que solo un 29% de los encuestados sabía si iba a recibir aguinaldo; cifra que sube considerablemente este año con el 76% de las personas que afirma que esperan recibirlo.

Para el director de Laborum, es recomendable que las empresas puedan programarse con tiempo para notificar a sus empleados sobre la entrega de este beneficio, lo cual se confirma precisamente con los resultados de este año, donde el 80% asegura que la entrega del aguinaldo debe avisarse con anticipación.

En relación a lo anterior, de acuerdo al sondeo el 75,2% de los encuestados afirma que su empresa aún no les ha avisado si les entregarán aguinaldo este año.

Por otra parte, frente a la pregunta de qué tipo de aguinaldo es el que reciben, el 88,7% de los encuestados dice que se lo entregan a través de dinero en efectivo o depósito, 8,1% a través de gift card, 2% por canasta o caja familiar y 1,2% dice que mediante otros medios. En tanto, sobre cómo prefieren recibir su aguinaldo, la mayoría de los trabajadores (94%) se inclina por el dinero en efectivo, versus a cualquier otro formato.

Sobre los montos, el 29,2% dice que recibe entre $30 mil y $50 mil. Le sigue el 27,2% que asegura recibir entre $50 mil y $80 mil y el 17,4% dice que se le otorga $100 mil o más. En tanto, el 13,8% afirma que se le entrega entre $10 mil y $30 mil y el 12,3% percibe entre $80 mil y $100 mil.

Una vez recibido el monto, el 36% asegura que lo usará para alimentación; un 29% para pagar cuentas, un 19% lo destinará a fiestas o paseos y un 16% en otros ítems.

Otro punto relevante que reveló la encuesta es que, si bien un 43% de los encuestados se mostró agradecido de esta bonificación por parte de su empleador, un 30% opinó que debiese estar regulado por ley. Sobre esto, Joaquín Rodríguez, abogado laboral, explica que para las empresas no es una obligación legal otorgar aguinaldo a los trabajadores, sin perjuicio de que es algo que está extendido en los contratos individuales y colectivos.

“También suele ser simplemente una práctica o política corporativa no escriturada. La última Encuesta Laboral de la Dirección del Trabajo (ENCLA) del 2019 determinó que en los 82,7% de los instrumentos colectivos con Sindicatos existía una cláusula sobre aguinaldos, mientras que sólo en el 44,8% de empresas sin sindicato se otorgaba escrituradamente”, agrega el abogado.

Por otra parte, afirma que si una empresa que usualmente entrega aguinaldo a sus trabajadores dejara de hacerlo, si se encuentra escriturado en los contratos individuales y colectivos los trabajadores pueden reclamarlo y hacer valer el contrato. “Sin embargo, cuando se trata de una práctica o política corporativa no escriturada, se debe probar en la instancia administrativa o judicial que se ha otorgado históricamente, en forma periódica y por cierto monto. Es lo que se llama “derecho adquirido” o “cláusula tácita”, en base a los artículos 7 al 9 del Código del Trabajo”, explica.

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