Guía “en simple” para entender la reforma previsional que propone el gobierno

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El gobierno busca cambiar prácticamente por completo el sistema de pensiones que existe actualmente en el país. Acá una hoja de ruta para entender en términos más sencillos en qué consiste el nuevo sistema y cómo funcionará, así como las diferencias con lo que rige hoy.


El gobierno de Gabriel Boric busca cambiar prácticamente por completo el sistema de pensiones que existe actualmente en el país. Se proponen modificaciones sobre quién recauda la cotización, de cuánto es esa cotización, cambian los actores privados que pueden participar en el sistema, además de que el Estado ingresa con un rol protagónico, y se ajustan las modalidades de pensión que pueden recibir los jubilados, entre muchos otros cambios, que abarcan inclusive el ahorro previsional voluntario.

Acá una hoja de ruta para entender en términos más sencillos en qué consiste el nuevo sistema y cómo funcionará, así como las diferencias con lo que existe hasta ahora.

Lo que voy a cotizar y pagar de comisión

El sistema actual: Hoy los trabajadores cotizan de forma obligatoria un 10% de su salario imponible. Eso se destina a su cuenta individual, según la AFP en que se encuentre.

Ahí, cada AFP aplica una comisión para gestionar y administrar esos recursos, pero siempre dicho cobro se descuenta del sueldo de cada afiliado, en cifras que actualmente van desde el 0,58% de la remuneración o renta imponible que aplica AFP Modelo, al 1,45% de comisión de AFP Provida. Esa comisión se cobra solo cuando el afiliado cotiza, es decir, si no aporta dinero un mes, no paga comisión. Y cada vez que entrega recursos con su 10%, se le aplica el referido cobro.

La propuesta del gobierno: Propone subir la cotización que irá a la cuenta individual desde el 10% actual, a un 10,5% del salario imponible. Esto se cambia, en parte, debido a que también cambiará el modo en que se aplica la comisión. Si antes el cobro era sobre el sueldo, y se pagaba dicha comisión solo en los meses en que una persona cotizaba, ahora el gobierno plantea que la comisión sea un porcentaje sobre el saldo total que administre cada entidad, y eso se cobrará todos los meses, haya o no ingresos de nuevos recursos.

Por eso es que el Ejecutivo propone subir en 0,5 puntos porcentuales dicha cotización de cargo del trabajador: no quieren que esta nueva comisión sobre el saldo se descuente sobre el 10% que existe hoy, ya que implicaría una baja en pensiones.

Además, este aumento de 0,5 puntos no implicaría una baja del sueldo líquido de cada persona, y según calcula el gobierno, significaría lo contrario: proyectan algún incremento del salario líquido, “puesto que la cotización para financiar a las actuales AFP es de un monto mayor a 0,5% para todas ellas”, dice una minuta que no ha sido compartida oficialmente.

El gobierno con esta reforma también agrega una cotización de cargo del empleador. Esta es equivalente a 6 puntos porcentuales, y se destinará a un fondo común con una lógica de seguro social.

Además, el gobierno buscará subir el tope imponible, igualándolo al que se usa para el seguro de cesantía, es decir, desde las actuales UF81,6 ($2.792.000) a UF122,6 ($4.195.000), esto es, un alza de 50%.

Pensión Garantizada Universal

¿Qué pasará con las AFP? El rol de los privados

El sistema actual: Hoy las AFP tienen una serie de funciones que no se ven a simple vista, y que ahora dejarán de hacer. Actualmente recaudan las cotizaciones previsionales, gestionan a diario las cuentas de los afiliados y pensionados, administran e invierten los recursos previsionales en los instrumentos financieros por los que están compuestos los multifondos, pagan las distintas prestaciones que establece la ley (pensiones, cuotas mortuorias, retiros de fondos, pensiones alimenticias, algunos beneficios fiscales, entre otros), administran los traspasos entre AFP y se encargan de perseguir a los empleadores que no pagan las cotizaciones correspondientes, mediante el cobro prejudicial y judicial de las cotizaciones, entre otras materias.

La propuesta del gobierno: “Las AFP, en esta reforma, se terminan”, enfatizó el Presidente Boric este miércoles en cadena nacional. Las AFP se terminarían en 24 meses desde aprobado el proyecto. Según esta reforma, eso implica que todas las funciones que hoy cumplen, ahora se traspasan al Estado. Eso sí, en algunas de ellas podrán participar los privados.

El ejemplo más concreto donde podrán participar los privados es en hacer rentabilizar los fondos, esto es, invertir el 10,5% en el mercado de capitales según las reglas que establezca el sistema. Esos entes privados serán creados con ese objetivo único, ya que solo podrán gestionar inversiones. No tendrán ninguna otra función. Acá también habrá una entidad pública que se creará y que será autónoma, según asegura el gobierno. Además, los privados solo podrán hacer rentar el 10,5%, pero el 6% de cotización adicional quedará en manos del ente estatal.

Todos estos cambios “permitirán bajar las comisiones, lo que se reflejará en mejores pensiones para los futuros jubilados”, según señala una minuta del Ejecutivo.

El nuevo rol estatal

El sistema actual: Hoy el Estado participa en el sistema de pensiones principalmente a través de tres maneras. Primero, tiene un rol fiscalizador a través de la Superintendencia de Pensiones. Segundo, el Fisco entrega recursos para financiar la Pensión Garantizada Universal (PGU). Tercero, existe una entidad pública, el Instituto de Previsión Social (IPS), que es un órgano descentralizado, con personalidad jurídica y patrimonio propio, y que tiene por objeto, entre otras cosas, la administración del sistema de pensiones solidarias (PGU).

La propuesta del gobierno: Habrá un administrador estatal que reemplazará las funciones que cumplen las actuales AFP. Es decir, el organismo estatal será el que afilie nuevos cotizantes, el que recaude los dineros, el que gestione las cuentas de cada afiliado, y el que pague las pensiones a futuro, entre otras materias.

La contraparte de los afiliados, así, ahora, será el Administrador de Pensiones Autónomo (APA) y no las AFP. Será la cara visible del sistema y donde los afiliados podrán revisar su cartola. Aquello comenzará a operar en régimen, en un plazo de 24 meses, cuando las funciones de las actuales gestoras privadas serán transferidas a ese organismo público: durante los primeros dos años de transición, una vez aprobada la reforma, la idea es que el APA licite todas esas funciones del sistema, mientras se prepara para asumir esos roles en plenitud.

Pero el APA lo que hará son las funciones de soporte que hoy hacen las AFP, no rentabilizará los recursos. Para eso se creará otro ente público, que será el Inversor de Pensiones Público y Autónomo (IPPA), el cual “tendrá la responsabilidad exclusiva de la gestión financiera del 6% del aporte de los empleadores. Además, invertirá el 10,5% del ahorro individual de los trabajadores que lo escojan”, dice una minuta del gobierno.

Las modalidades de pensión que existirán

Sistema actual: Hoy las personas, a la hora de jubilar, pueden optar por la modalidad de retiro programado que pagan las AFP, o comprar una renta vitalicia en una compañía de seguros.

La propuesta del gobierno: El Ejecutivo busca eliminar la opción que tienen los jubilados para acceder a un retiro programado, y ahora solo será posible optar por una renta vitalicia. Eso sí, también se crearán rentas vitalicias distintas de las que existen hoy.

¿Habrá herencia y propiedad individual? El 10% versus el 6%

Sistema actual: Hoy las personas tienen propiedad sobre el 10% individual que cotizan. Todo lo que ahorran las personas en su AFP, luego se puede transformar en pensión, en excedentes de libre disposición, o en herencia en caso de que el afiliado siga con saldo en la AFP y fallezca.

Para que al fallecimiento de un afiliado se genere herencia, no deben existir beneficiarios con derecho a pensión de sobrevivencia (cónyuge, conviviente con acuerdo unión civil, hijos, madre o padre de hijo de afiliación no matrimonial, padres que vivan a expensas del afiliado fallecido) y, obviamente, deben quedar fondos disponibles en la AFP.

Las personas que están pensionadas bajo la modalidad de renta vitalicia actualmente no dejan herencia cuando fallecen, pero sí generan pensiones de sobrevivencia.

La propuesta del gobierno: El gobierno ha planteado que el 10,5% seguirá siendo de propiedad individual, y podrá haber herencia si el afiliado fallece. Eso sí, en el caso de los pensionados, solo habrá posibilidad de dejar herencia en algunos casos.

Esto, porque al eliminarse el retiro programado, ya no habrá herencia bajo ese concepto. Y las rentas vitalicias no dejan opción de herencia, pero el gobierno propone crear una pensión de este tipo que sí lo permita.

Ello quiere decir que se podrá escoger una renta vitalicia como las que existen hasta ahora, que entrega una pensión de sobrevivencia a los beneficiarios en caso de fallecer el causante; o también, se podrá elegir una renta vitalicia que entregue la opción de dar como herencia un cierto monto, en caso de que el pensionado fallezca en una cantidad determinada de años. Eso sí, si se opta por esta última alternativa, el monto que se recibirá de pensión será más bajo.

El 6%, en cambio, al destinarse a un fondo común, no es heredable.

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Los beneficios que el Ejecutivo promete con el 6%

El gobierno ha dicho que con el aporte que harán los empleadores de 6 puntos, se creará un “Fondo Integrado de Pensiones”, que funcionará bajo la lógica de un Seguro Social que entregará varios beneficios. Algunos beneficios llegan a todos, y otros solo a los que cumplan los criterios específicos. A continuación, lo que detalla una minuta realizada por el Ejecutivo.

1. Reparto intergeneracional: Para los actuales jubilados se pagará un monto fijo de dinero por cada año que haya cotizado Y para los futuros jubilados se garantizará un piso mínimo de pensión en función de los años cotizados. En ambos casos, es equivalente a 0,1 UF por cada año cotizado, y con un máximo de 30 años (unos $103.800).

Así, los actuales pensionados, que no han hecho ningún aporte con su 6% al fondo común, sí tendrán derecho a la garantía de pensión. El fondo común está financieramente diseñado para que se acabe este reparto intergeneracional en un punto del tiempo.

Así, para los actuales pensionados, esos montos que se otorgarán como premio a la cotización se desembolsarán mensualmente de forma íntegra desde dicho fondo de ahorro colectivo. Pero para los afiliados que hoy siguen cotizando, y que aportarán dinero al fondo común antes de jubilar, el cálculo es distinto.

Esto, debido a que la reforma no promete un beneficio definido, sino que, para los actuales afiliados al sistema, garantiza un piso que recibirán por cada año de cotización. De acuerdo a lo que ha argumentado el gobierno a quienes han conocido la propuesta, esa es precisamente la diferencia con los beneficios que no son sostenibles en el tiempo. Además, apunta a incentivar la cotización, porque a más años cotizados, el piso es más alto.

Así por ejemplo, un hombre de 60 años que ha cotizado 15 años, pero que una vez aprobada la reforma cotiza cinco años para el fondo común en el nuevo sistema, en total va a haber acumulado 20 años de cotizaciones. Eso significa que el fondo común le garantiza que va a recibir un piso de UF 2 ($69 mil) por sus años de cotización. Ahí se calcula cuánto acumuló dicha persona por el 6% que aportó en esos cinco años, y si por ejemplo, fuesen $15 mil, el fondo común va a desembolsar lo que le resta para completar las UF 2, es decir, $54 mil.

Otro ejemplo: a una persona que cotizó 20 años en el fondo común, también le corresponden $69 mil (UF 2) como piso. Si ahorró $60 mil con el aporte que hizo con su 6%, significa que el fondo común va a desembolsar $9 mil. Para una persona que también cotizó 20 años, pero ahorró $70 mil con los aportes que hizo, el fondo común no tendrá que desembolsar dinero. El argumento del gobierno acá, es que cuando una persona es capaz de financiar por sí misma su pensión, no es necesario que el fondo común haga un aporte solidario.

2. Tablas de mortalidad: Habrá una compensación por tablas de mortalidad a las mujeres en 10%, para actuales jubiladas y para las futuras. Se asume que la mujer vivirá lo mismo que el hombre (tope de pensión autofinanciada UF 15: $518.250).

3. Lagunas: Cada vez que se usa el seguro de cesantía, individual o colectivo, paga las cotizaciones del 10% y el 6%. Esto es para hombres y mujeres.

4. Tareas del Cuidado: Otorga cotizaciones para cuidados de dependencia, severa o moderada, para personas inscritas en el Módulo de Cuidadores del Registro Social de Hogares (RSH), con un tope de 2 años.

5. Maternidad: Se anotan 24 cotizaciones equivalentes al 6%, que se agregan al bono por hijo del 10%.

6. Mecanismo redistributivo: habrá un mecanismo redistributivo de ingresos altos a medios y bajos. Y esto se aplicará anotándole a cada persona un monto distinto en su cuenta por el 6% que aporta. ¿Cuánto se le anota a cada uno? A todos les va a llegar al menos una parte de dicha cotización. El Ejecutivo propone que sí o sí, para partir, a todos se les anota el 70% de lo que cada uno aporta con los recursos del 6%.

Con los fondos restantes, que representan el 30% de lo que aportó cada persona con los 6 puntos porcentuales, cada mes se sumará la totalidad de los recursos aportados por todos los cotizantes, y se dividirá por el número total de afiliados que cotizaron. Este es el mecanismo redistributivo que el gobierno tiene contemplado, ya que con esto se permite que aquellos que tienen un sueldo más bajo, consigan que se les anote un monto mayor en su cuenta nocional, versus quienes tienen un sueldo más alto.

7. Pensión de sobrevivencia: En caso de fallecimiento de la persona pensionada, habrá una pensión de sobrevivencia para cónyuges e hijos menores de 25 años que estudian.

Cambios en el ahorro voluntario

APVC: El gobierno propone perfeccionar el Ahorro Previsional Voluntario Colectivo (APVC) para conseguir que más empleadores ofrezcan planes de APVC y haya más trabajadores que tengan este ahorro voluntario.

Entre los cambios que propone hacer el gobierno al APVC, es que exista un enrolamiento automático a este tipo de planes ofrecidos por sus empleadores, “donde el aporte del empleador sea igual o superior al del trabajador o trabajadora”, dice una minuta. De todas formas, el trabajador siempre podrá rechazar esta inscripción automática o hacer cambios de montos, de plan, retirarse, entre otras.

“Para incentivar a las y los trabajadores a permanecer en un contrato de APVC, a lo menos, el tiempo necesario que le permita adquirir la propiedad de los aportes del empleador, se permitirá que la o el trabajador pueda retirar, si lo desea, el 25% de los aportes del empleador que han pasado a su propiedad. Dicho retiro podrá efectuarse solo por una vez por cada relación laboral. El monto del retiro estará afecto al impuesto global complementario”, puntualiza la minuta.

Se eliminan los depósitos convenidos: El gobierno propone eliminar los depósitos convenidos. Actualmente estos no constituyen remuneración para ningún efecto legal y no se consideran renta para los fines tributarios por la parte que no exceda de un monto máximo anual de UF 900, por cada trabajador. “En términos de gastos fiscales, la propuesta de eliminar los depósitos convenidos y consecuentemente su beneficio tributario, permite incluir en este proyecto el incentivo tributario para los empleadores que ofrezcan planes de APVC”, dice una minuta.

Se elimina la Cuenta 2: El gobierno también propone la eliminación de la cuenta de ahorro voluntario (Cuenta 2) que actualmente ofrecen las AFP, “pero que no tiene un fin previsional”, sostiene la minuta. Y lo argumenta así: “Lo anterior, para que las gestoras de ahorros previsionales y el Ente Público de Inversiones concentren sus esfuerzos en administrar ahorros que tengan como fin exclusivo las pensiones”.

Además, agrega que “la nueva lógica de inversión de los fondos previsionales, no es del todo consistente con una cuenta de ahorro que tiene en general un horizonte de corto o mediano plazo”.

Asimismo, señala que “los ahorros que se mantengan en cuentas de ahorro voluntario a la fecha de entrada en vigencia de la ley que se propone, podrán seguir siendo administradas por las gestoras de ahorros previsionales que sean las continuadoras legales de las AFP”.

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