“Vuelco en 180 grados”: las acusaciones de Alejandro Gil en contra de la Fiscalía
Su abogado, Álvaro Jofré, interpuso un recurso de amparo en contra del Ministerio Público por negarle información a través de una solicitud de Ley de Transparencia al presidente de Clínica Las Condes (CLC).
El domingo, Alejandro Gil Gómez, presidente de Clínica Las Condes (CLC), regresó desde Miami, Estados Unidos, donde pasó tiempo junto a su pareja, Cecilia Karlezi, controladora de la compañía a través de la sociedad Luces Tres. Gil volvió un día antes de lo previsto, después de haber solicitado en tribunales un certificado que confirmara que no tenía impedimento legal alguno para realizar su “viaje familiar”.
Tras su regreso, Gil se enfrenta a la cruzada legal iniciada por más de 20 médicos que presentaron una querella en su contra donde demandan el pago de honorarios adeudados a sus sociedades entre 2021 y 2024. Su abogado, Álvaro Jofré, ha estado en conversaciones con los representantes de los médicos para intentar acercar posturas, pero hasta la fecha no ha habido avances significativos.
Este diálogo entre las partes se desarrolla mientras Gil se prepara para enfrentar dos audiencias de formalización en los próximos días. El 6 de agosto, el Ministerio Público le formulará cargos por el presunto delito de apropiación indebida y el 21 de agosto por una denuncia de querella calumniosa.
Sin embargo, en junio, su abogado inició una desconocida batalla judicial en contra de la Fiscalía. El jurista interpuso un recurso de amparo considerado en la Ley de Transparencia ante la Corte de Apelaciones de Santiago, cuestionando duramente la actuación del Ministerio Público en la investigación por la querella calumniosa que presentó el exgerente general de CLC, Fredy Jacial.
La defensa de Gil alegó que hubo un manejo inconsistente y arbitrario de la indagatoria, permitiendo diligencias no autorizadas por el tribunal y mostrando una “falta de transparencia en sus decisiones”. Estos actos son vistos -según Jofré- como una “violación de los principios fundamentales del derecho a la información pública y un obstáculo para un juicio justo y transparente”.
El recurso de amparo presentado por la defensa de Alejandro Gil se originó a partir de una solicitud de información basada en la Ley de Transparencia. En mayo de 2024, su abogado solicitó al Ministerio Público acceso a documentos y comunicaciones que justificaran las “decisiones contradictorias” tomadas en la investigación. Esta solicitud incluyó peticiones para obtener copias de los fundamentos para el sobreseimiento definitivo de la causa y la posterior formalización de Gil, así como la individualización de las personas que participaron en estas decisiones. Sin embargo, el Ministerio Público negó la entrega de esta información, argumentando que las investigaciones penales son reservadas, una respuesta que la defensa consideró inadecuada y fuera de los principios de transparencia establecidos por la ley.
Ante esta negativa, la defensa de Gil recurrió a un amparo, argumentando que el rechazo a proporcionar la información solicitada viola el derecho fundamental de acceso a la información pública consagrado en la Constitución Política de la República y en tratados internacionales de derechos humanos.
El recurso de amparo destaca la importancia de la transparencia en las actuaciones de los órganos del Estado y acusa al Ministerio Público de actuar con “opacidad, lo cual afecta el derecho de Gil a un debido proceso y obstaculiza la posibilidad de un juicio justo”. Esta falta de transparencia, según la defensa, constituye una infracción flagrante de la Ley N°20.285, que establece que los actos y resoluciones de los órganos de la administración del Estado, así como sus fundamentos, deben ser públicos.
También destaca en su escrito que cuatro fiscales han estado a cargo de la causa: José Ignacio Reyes, América Vergara, Rodrigo Mena y Karin Naranjo. Jacial cuenta con la asesoría de la abogada Trinidad Luengo
Audiencia
En paralelo, el Cuarto Juzgado de Garantía de Santiago resolvió este miércoles rechazar la solicitud de anular la resolución que fijó para el próximo día 21 de agosto la formalización de Gil por el presunto delito de querella calumniosa, que planteó su defensa.
“Nada le impide al Ministerio Público reabrir la investigación, luego que ha comunicado la decisión de no perseverar”, señaló la magistrada Cheryl Fernández.
“Puedo entender a la defensa que dice ‘miren ahora el Ministerio Público me pide el sobreseimiento. Después una fiscal me apela sobre esa resolución y ahora tengo otra que investiga’. Eso ha sucedido siempre”, agregó.
Lo anterior, luego que la defensa recordara que la Fiscalía comunicó su decisión de no perseverar en la causa contra Alejandro Gil. Inicialmente, la fiscal a cargo, América Vergara, presentó un escrito el 8 de junio de 2023, informando que la investigación estaba cerrada y que el Ministerio Público solicitaba el sobreseimiento definitivo de la causa, basándose en que los hechos narrados en la querella no constituían delito.
Sin embargo, posteriormente, y pese a esta decisión inicial de no perseverar, la parte querellante solicitó la reapertura de la investigación, argumentando la existencia de diligencias pendientes. El tribunal aceptó esta solicitud y permitió la reapertura de la investigación por 90 días, con el fin de realizar una única diligencia pendiente. Durante este período, la Fiscalía, bajo la dirección del fiscal Rodrigo Mena, revirtió su postura y decidió formalizar a Gil, un cambio de dirección que la defensa considera arbitrario y sin fundamentos nuevos que lo justificaran.
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