Corte Suprema declara ilegal permiso de edificación de Mall Barón

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La batalla del alcalde de Valparaíso, Jorge Sharp, contra Mall Plaza por la construcción del Mall Barón escribió un nuevo capítulo hoy, luego de que la Corte Suprema declarara ilegal el permiso de edificación del proyecto de retail.

De esta forma la justicia acogió el reclamo de ilegalidad que interpusieron los ciudadanos, dejando sin efecto el permiso de edificación que entregó en su momento la Municipalidad de Valparaíso.

El máximo tribunal estableció que el permiso de edificación se entregó al margen de la normativa legal vigente. "El director de Obras incurrió en ilegalidades al otorgar el Permiso de Edificación N° 79, toda vez que el proyecto que se ampara en él, no cumple la exigencia prevista en el artículo 2.1.36 de la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones", sostuvo el fallo.

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Agrega que "el Director de Obras sólo puede otorgar los permisos de Edificación respecto de proyectos que cumplan las exigencias previstas en la ley, debiendo tal funcionario ceñirse estrictamente por el principio de legalidad en materia urbanística, sin que aquel tenga facultades para interpretar la ley de manera laxa o analógica, puesto que el carácter técnico de aquella, determina por sí sola una interpretación restrictiva".

Agrega la Corte que "lo anterior fluye, además, de lo estatuido en el artículo 9 de la referida Ley General de Urbanismo y Construcciones que establece que corresponde a la referida autoridad estudiar los antecedentes y dar los permisos de ejecución de obras, de acuerdo a las disposiciones sobre construcción contempladas en esta ley, la Ordenanza General, los Planes Reguladores, sus Ordenanzas Locales y las Normas y Reglamentos respectivos aprobados por el Ministerio de la Vivienda y Urbanismo".

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Sobre el si el permiso otorgado, le genera a la empresa "un derecho adquirido en su favor", "aquello sólo es efectivo en la medida que la autoridad al otorgar el permiso se ciña a las normas legales vigentes que rigen su otorgamiento".

"Un acto administrativo ilegal no puede generar un derecho adquirido para el solicitante, máxime si, como en el caso de autos, se trata de un acto de autorización que tal funcionario puede otorgar sólo si aquel se conforma con la normativa urbanística", dice la Corte.

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