Caso La Polar: la empresa calificó de “injusticia tremenda” el embargo por demanda de AFP Capital

Multitiendas La Polar.

"Siendo la propia sociedad la principal víctima del fraude, ahora se ve en la eventualidad de tener que, a su vez, asumir la responsabilidad patrimonial derivada de esos hechos", dijo el vicepresidente del directorio de empresas La Polar, Manuel Vial Claro.


Empresas La Polar mostró su rechazó al embargo de sus bienes para dar cumplimiento a la demanda por indemnización de perjuicios por el escándalo de las repactaciones unilaterales ocurrido hace ya más de una década. El 13 Juzgado Civil autorizó el martes pasado la medida, pero los abogados de La Polar presentaron un recurso para paralizar el embargo porque han objetado la cifra a pagar a AFP Capital.

“La situación anterior y la pretensión de AFP Capital de cobrar indemnizaciones a la sociedad por supuestos perjuicios ocurridos con motivo del fraude de las repactaciones unilaterales efectuadas por algunos ejecutivos antes del año 2011, constituye una injusticia tremenda, toda vez que, siendo la propia empresa, la principal víctima del fraude, ahora se ve en la eventualidad de tener que, a su vez, asumir la responsabilidad patrimonial derivada de esos hechos”, dijo el vicepresidente del directorio Empresas La Polar, Manuel Vial Claro, a la Comisión para el Mercado Financiero (CMF).

Ante el regulador, la firma informó que “se autorizó el embargo solo del Edificio de Avenida Santa Clara 207, donde funciona su casa matriz, de algunas cuentas corrientes y marcas propias de la sociedad, pese a que no se ha resuelto la objeción antes indicada y que existen recursos judiciales para revertir dicha resolución judicial, por lo que no afecta el normal desarrollo de los negocios”.

Ante esto, La Polar reclamó que la medida ha generado preocupación ante las 4.000 personas que trabajan en la firma y a los proveedores relacionados a la empresa, entre otros.

Retiro del 10%

Sobre la respuesta de la empresa ante estos hechos, Vial explicó que se “ha presentado diversos recursos judiciales en contra del procedimiento de ejecución como de la liquidación del crédito, los cuales se encuentran en actual tramitación tanto en el tribunal de primera instancia como ante la Corte de Apelaciones de Santiago, y espera confiada en que la justicia de su causa terminará por imponerse”.

Desde la Polar también respaldaron su postura frente a un “informe pericial elaborado por el economista, profesor y ex ministro de Estado señor Rodrigo Valdés y por la economista doña Andrea Butelmann, en el cual se da cuenta, a través de un análisis objetivo, que AFP Capital no sufrió pérdidas por sus inversiones en acciones de la sociedad y por tanto no experimentó perjuicios indemnizables”.

Otro de los puntos que destacó la firma fue que “el hecho señalado constituye, además, una anomalía sin precedentes, porque a pesar de que la sociedad presentó y aprobó en su época (2011) un convenio judicial preventivo, que fue cumplido a cabalidad y que produjo como consecuencia económica y jurídica, la total extinción de todos los créditos existentes a la fecha y sometidos al convenio -que la dejó limpia de pasivos y contingencias-, deba responder ahora del crédito de AFP Capital S.A”.

Además, la firma acusó a AFP Capital de tener “una odiosa superpreferencia a costa y en perjuicio de todos los demás acreedores de la sociedad y de ella misma, muchos de los cuales recibieron en su momento bonos convertibles en acciones, y son actualmente accionistas de la sociedad”.

En esa línea, La Polar comentó a la CMF que todavía no se puede calcular el impacto a sus operaciones del caso, ya que “los montos definitivos a indemnizar y su procedencia se encuentran en discusión en esta etapa del cumplimiento del fallo”.

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