Caso tissue: millonario pago a asociaciones de consumidores abre debate por posibles efectos

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Abogados del área del Derecho del Consumidor y de Competencia plantearon sus dudas respecto de la pertinencia de los fondos pagados por CMPC y el monto de los honorarios profesionales, así como de los vacíos que presenta la ley en cuanto a quiénes se podrán hacer parte de los procedimientos voluntarios colectivos.


Reacciones divididas generó entre los expertos en derechos del consumidor y libre competencia, el millonario reembolso de $2.795 millones que las asociaciones de consumidores Conadecus y Odecu, recibieron de parte de CMPC, por el rol que jugaron en el marco de la mesa de mediación por la colusión del papel tissue, y que derivó en la compensación de $7.000 para cada chileno mayor de 18 años.

Para el abogado y profesor de Derecho Civil de la Universidad Diego Portales Juan Ignacio Contardo, este tipo de acuerdos "son positivos, toda vez que permiten el debido financiamiento de las asociaciones de consumidores y el pago a los profesionales que trabajan con ellas".

En la vereda contraria está Ignacio Larraín, director del área de Competencia de Philippi Prietocarrizosa Ferrero DU & Uría (PPU), quien sostiene que el hecho que las organizaciones de consumidores se vean beneficiadas con este tipo de acuerdos, "no es el objeto que la ley busca ni la forma en que la ley ha propiciado la creación y desarrollo de estas asociaciones".

La abogada senior de Baraona Fischer Spiess, Marta Arias afirma que "existe mucho desconocimiento de qué hacen las asociaciones de consumidores. Si bien llevan adelante el ejercicio de la acción para beneficio de todos, cuando se ven estas cifras que ellos obtienen parece no ser muy razonable en comparación con las indemnizaciones que obtiene cada uno de los consumidores".

Al respecto, la abogada y doctora en derecho Erika Isler, sostiene que "las Asociaciones de Consumidores constituyen un agente importantísimo en los sistemas de consumo, puesto que es la propia ciudadanía quien reacciona, para poder tutelar sus derechos", aunque de todas maneras "se deben tomar los resguardos necesarios para evitar eventuales conflictos de interés".

Los Honorarios

En entrevista con La Tercera PM, el presidente de Conadecus Hernán Calderón, detalló que de los $2.275 millones que recibieron, el 60% -unos $1.300 millones- se destinarán al pago de honorarios de los abogados.

Sobre este punto, Contardo explica que "es por esto que en países como Estados Unidos se verifica la viabilidad de las asociaciones de consumidores para asumir este tipo de juicios que son muy costosos, de tal suerte que no cualquier abogado o asociación puede asumir un juicio colectivo (...) Este es, sin duda, un tema que en el nuevo procedimiento colectivo no quedó del todo bien normado".

Al respecto, Larraín agrega que más allá de la cifra que se pueda haber pagado por honorarios, "el foco tiene que estar en que sean (gastos) acreditados y efectivos y no constituyan una ocasión de enriquecimiento de la asociación".

Sobre si puede establecerse como un precedente para futuras mediaciones, Larraín sostiene que no debería ocurrir necesariamente, ya que cada caso es diferente, tanto en fondo como en los impactos.

En cuanto a la posibilidad de que el monto a recibir esté normado, Contardo dijo que "parece muy conveniente que el acuerdo sobre honorarios y costas a las asociaciones deba tener una debida publicidad de tal manera de que se pueda fiscalizar cuáles son los intereses que están en juego en estos juicios de gran magnitud", aunque no descarta que parte de los fondos se puedan usar para financiar objetivos no lucrativos.

Respecto de si podría existir un aumento de este tipo de negociaciones, Isler explica que uno de los focos de las nuevas atribuciones del Sernac son los Procedimientos Voluntarios Colectivos (PVC), a los que las empresas recurren voluntariamente, por lo que "es probable que aumenten en número".

Al respecto, Arias agrega que el PVC es mucho más conveniente para las empresas y de este forma evitar multas más altas, aunque persiste la duda de qué pasará con la parte infraccional, que este proceso excluye.

Al mismo tiempo, dijo que como al PVC puede recurrir el Sernac de oficio, la empresa o las asociaciones de consumidores, no queda claro "si van a participar todas las asociaciones de consumidores, si va a participar sólo la que solicitó el procedimiento voluntario o ninguna y eso lleva a que si hay vacíos, pueda instar a pedir de oficio procedimientos colectivos para no quedar fuera. No es la lógica pero hay que ver cómo se desenvuelve la norma".

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