Columna de Ignacio Briones: Financiamiento autocontenido: un eufemismo peligroso
"El concepto de “financiamiento autocontenido” no es nuevo. Ya estuvo presente en la ley PEC 2 de 2022 que creó un nuevo fondo de estabilización de las tarifas eléctricas de clientes regulados".
La RAE define un eufemismo como una “manifestación suave o decorosa de ideas cuya recta y franca expresión sería dura o malsonante”. Una definición que encaja con el concepto de “financiamiento autocontenido” que se ha ido instalando como forma de cubrir urgencias sociales sin fondos públicos. Y es que el “financiamiento autocontenido” no es sino un eufemismo para camuflar un impuesto. Al menos según la definición usual de impuesto, alineada con la de nuestro SII: una contribución obligatoria sin recibir una contraprestación directa a cambio. Validar este eufemismo es problemático y peligroso por distintas razones.
El concepto de “financiamiento autocontenido” no es nuevo. Ya estuvo presente en la ley PEC 2 de 2022 que creó un nuevo fondo de estabilización de las tarifas eléctricas de clientes regulados. En lo medular, ese fondo fue financiado con un sobrecargo a hogares y actividades de mayor consumo, en lugar de con rentas generales. Es decir, con un sobrepago obligatorio sin una contraprestación directa a cambio: un impuesto bajo otro nombre.
Hoy, el criterio vuelve a invocarse para subsidiar a millones de hogares y mitigar el alza de tarifas eléctricas tras su congelamiento. Se plantea que gran parte del “financiamiento autocontenido” recaiga en actores del sistema: generadoras pequeñas y medianas. El ministro de Energía justifica el enfoque en una nueva y urgente política social que, dada la estrechez fiscal, requiere ser financiada con nuevos ingresos para no afectar otras prioridades como salud o seguridad.
El enfoque “autocontenido” también está presente en el nuevo mecanismo de financiamiento propuesto para la educación superior. En este modelo, el Estado financia los estudios de quienes no tengan gratuidad y los egresados deben luego devolver un porcentaje de su sueldo durante un período fijo. Aquí, por diseño “autocontenido”, los egresados con mayores ingresos terminarán pagando más de lo que el Estado invirtió en su educación, subsidiando así a aquellos con ingresos menores que no alcanzan a cubrir el monto total. En otras palabras, enfrentan un sobrepago obligatorio sin una contraprestación directa: un impuesto. Un “autocontenido” impuesto específico a los graduados.
Algunos argumentarán que el “financiamiento autocontenido” no es un concepto nuevo y que, de hecho, se utiliza en el ámbito de la seguridad social. Pero lo nuevo y riesgoso es precisamente expandirlo a áreas que nada tienen que ver con esta, abriendo la puerta a un uso ilimitado. Si hoy justificamos el “financiamiento autocontenido” para subsidiar y hacer política social en las tarifas eléctricas o en el financiamiento de la educación superior, ¿qué impide que mañana extendamos el criterio a medicamentos, alimentos, y un largo etcétera?
Al ser un eufemismo que camufla un impuesto, el “financiamiento autocontenido” también plantea problemas tributarios. El primero es la distorsión de precios y de eficiencia propia de todo impuesto específico sin una externalidad negativa que lo justifique. Por otra parte, ante la premura de una urgencia específica a financiar (el subsidio eléctrico, por ejemplo), el financiamiento autocontenido elude tener un debate pausado y en la profundidad que una política tributaria seria exige.
También hay problemas desde la perspectiva fiscal. Al crear un financiamiento extrapresupuestario, la “autocontención” desliga a los gobiernos del deber de priorizar. Después de todo, gobernar es priorizar. Si cada iniciativa contara con su propio “financiamiento autocontenido”, este principio se diluye: todo se vuelve prioritario y, en consecuencia, nada lo es realmente. Si los subsidios eléctricos o el financiamiento de la educación superior fueran tan prioritarios, lo razonable es financiarlos reduciendo gastos en áreas que se estimen menos esenciales.
Finalmente, hay un problema de constitucionalidad, como ha sido destacado, entre otros, por el constitucionalista Patricio Zapata. Nuestro ordenamiento establece el sano principio de no afectación de los impuestos. Es decir, prohíbe que estos se destinen a usos específicos. Como la “autocontención” esconde un impuesto con un uso específico, se vulneraría este principio constitucional.
Es un dato que las finanzas públicas están estresadas. Y que siempre habrá infinidad de necesidades. Pero nada de esto puede ser excusa para atajos como el del “financiamiento autocontenido”. La restricción presupuestaria siempre obliga priorizar. Y, si se requiere más financiamiento vía impuestos, a abrir un debate tributario transparente y en su mérito. El financiamiento autocontenido no es más que un eufemismo para camuflar un impuesto y evitar ese debate. Un eufemismo que es mala política pública y que abre un peligroso camino que debe ser evitado.
Universidad Adolfo Ibáñez y Horizontal. Exministro de Hacienda
Comenta
Los comentarios en esta sección son exclusivos para suscriptores. Suscríbete aquí.