Corte de Apelaciones ratifica fallo contra Banco Ripley por prácticas antisindicales

Banco Ripley

La empresa decidió no recurrir a la Suprema. El fallo obliga a ofrecer la extensión de beneficios del instrumento colectivo y no un plan mejor.


La Corte de Apelaciones de Santiago ratificó el fallo del Segundo Juzgado del Trabajo en contra Banco Ripley por práctica antisindical, al negarse a extender beneficios del contrato colectivo pactado con el sindicato, a parte de los trabajadores no afiliados, pese al acuerdo establecido entre las partes.

El 20 de julio de 2017 Banco Ripley y el Sindicato Nacional de Trabajadores de Empresa Banco Ripley suscribieron un convenio colectivo de trabajo, producto de un proceso de negociación colectiva no reglada.

Al término de la negociación, la empresa propuso al sindicato suscribir un pacto de extensión de beneficios del convenio colectivo, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 322 del Código del Trabajo (este artículo es nuevo y se comenzó a implementar con la reforma laboral de abril de 2017). Pese a ello, la empresa en vez de extender los beneficios a agentes y supervisores les ofreció un paquete de beneficios paralelo al instrumento colectivo, denominado "plan de compensación individual" (PCI), por lo que se llevó a cabo la demanda del sindicato. Este plan contenía mejores beneficios que los pactados en la negociación colectiva.

En este contexto, el tribunal laboral ya había señalado que "encontrándose obligada la denunciada a ofrecer la extensión de beneficios a todos los trabajadores de la empresa que no pertenecieran al sindicato, mediante un instrumento colectivo, deliberadamente y sin una razón que justifique aquella conducta excluye a un sector de trabajadores, que corresponden a los agentes de sucursales y supervisores".

El presidente del sindicato del Banco Ripley, Dennis Castro, señaló que "la sentencia la recibimos con serenidad, ya que se encontraba plenamente acreditado que el banco no ofreció la extensión de beneficios a agentes y supervisores, y en cambio les había ofrecido un paquete de beneficios paralelo al instrumento colectivo sin pago de cuota sindical, por lo que teníamos confianza en que la Corte ratificara el fallo de primera instancia. Incluso el tribunal había constatado que un testigo del banco 'faltó derechamente a la verdad'".

Y agregó que "esperamos que se realice la oferta de extensión y que Banco Ripley deje de ofrecer beneficios paralelos e incompatibles con el convenio colectivo".

Si bien PULSO insistió para tener una respuesta de la empresa, eso no ocurrió. Sin embargo, ayer se cumplía el plazo de apelación de la empresa en la Corte Suprema, lo que no sucedió, por lo que Banco Ripley desistió continuar el juicio y acatar lo sentenciado. Es así como la firma deberá ofrecer la extensión de beneficios del convenio colectivo. A esto se suma el pago de las costas judiciales por $1.000.000.

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