Corte Suprema rechaza recurso de amparo de Álvaro Jalaff y confirma su prisión preventiva en Capitán Yáber

Tras conocerse la decisión, el abogado querellante, Jorge Gálvez, valoró la resolución y aseguró que se trata de un fallo sólido que confirma la prisión preventiva de Jalaff.
La Segunda Sala de la Corte Suprema rechazó este jueves el recurso de amparo presentado por la defensa de Álvaro Jalaff, empresario y exsocio de Grupo Patio, confirmando que deberá permanecer en prisión preventiva en Capitán Yáber. La defensa, encabezada por el abogado Hugo Rivera, argumentó que su detención vulneraba su derecho constitucional a la libertad personal. Sin embargo, el máximo tribunal determinó que la privación de libertad es proporcional y necesaria para garantizar el éxito de la investigación y la seguridad de la sociedad.
Los delitos imputados
El empresario está involucrado en el Caso Audios-Factop, donde enfrenta acusaciones por delitos económicos. La Fiscalía Metropolitana Oriente acusa a Álvaro Jalaff de delitos tributarios vinculados a la emisión de facturas falsas para evadir impuestos, además de infringir la Ley de Mercado de Valores al proporcionar información falsa para concretar fraudes financieros. También se le imputa lavado de activos, al participar en la ocultación y blanqueo de dinero de origen ilícito. Finalmente, se le atribuye soborno, al haber pagado a funcionarios públicos para obtener beneficios indebidos.
La fiscalía sostiene que estos delitos no solo generaron un perjuicio económico significativo, sino que también afectaron la transparencia del sistema financiero y tributario del país.
Fundamentos de la decisión
La Corte Suprema ratificó que la prisión preventiva es una medida excepcional, pero que en este caso se justifica plenamente. En su fallo, recordó que el artículo 19 N° 7 de la Constitución establece que la libertad personal es un derecho, pero que esta puede ser restringida cuando sea necesario para la seguridad del ofendido o de la sociedad.
“La libertad del imputado procederá a menos que la detención o prisión preventiva sea considerada por el juez como necesaria para las investigaciones o para la seguridad del ofendido o de la sociedad”, establece.
Además, la sentencia subraya que la medida cautelar cumple con los principios establecidos en la reforma procesal penal. La prisión preventiva solo debe aplicarse cuando las demás medidas cautelares resulten insuficientes. En este caso, el tribunal concluyó que liberar a Jalaff podría representar un riesgo para la investigación, ya que su rol en los delitos imputados es clave y su liberación podría facilitar la obstaculización del proceso judicial.
Los jueces que fallaron en contra de Jalaff
La decisión fue adoptada por la Segunda Sala de la Corte Suprema, compuesta por los ministros Manuel Antonio Valderrama R., Leopoldo Andrés Llanos S., María Gajardo H., y las abogadas integrantes Pía Verena Tavolari G. y Andrea Paola Ruiz R..
El ministro Leopoldo Llanos emitió una prevención, señalando que la argumentación de la resolución que impuso la prisión preventiva no desarrolló con suficiente claridad los parámetros exigidos por la ley. No obstante, concluyó que, considerando el contexto general del caso y los hechos imputados, correspondía confirmar la medida cautelar y rechazar el amparo.
La Corte Suprema resolvió que la prisión preventiva de Álvaro Jalaff se ajusta plenamente a derecho y cumple con las exigencias de proporcionalidad y fundamentación. La sentencia confirma que existen antecedentes suficientes para justificar la medida y que su liberación pondría en riesgo la investigación. Con esta decisión, el empresario deberá seguir en prisión preventiva en Capitán Yáber mientras avanza el proceso penal en su contra.
Tras conocerse la decisión, el abogado querellante Jorge Gálvez valoró la resolución y aseguró que se trata de un fallo sólido que confirma la prisión preventiva de Jalaff.
“Como querellante estamos muy satisfechos con lo resuelto por la Excelentísima Corte Suprema en cuanto estima que la resolución de la Ilustrísima Corte de Apelaciones de Santiago que decretó la prisión preventiva de Álvaro Jalaff está perfectamente fundamentada”, afirmó Gálvez a Pulso.
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