Hacienda apuesta a recaudar unos US$700 millones por repatriación de capitales este año
Si bien esa es la proyección de ingresos, los expertos tributarios dudan que se pueda lograr la recaudación estimada, debido al poco plazo que quedó fijado en la ley aprobada, el que en la práctica sería de un mes.
El proyecto de antievasión aprobado recientemente en el Congreso tomó protagonismo en la discusión presupuestaria 2025 que comenzó el martes. Es que los ingresos que espera contar el Ministerio de Hacienda tienen implicancias no solo para el próximo año, sino que este 2024 cobran un importante rol para lo que resta de este año.
De acuerdo a la proyección de ingresos estructurales que generará esta ley, Hacienda espera contar con $661.579 millones, unos US$713 millones (con dólar a $928 proyectado por Hacienda para 2024). De ese total, $644.077 millones (US$694 millones) ingresarían por la nueva ventana para repatriar capitales que se incluyó en la ley.
Estos mayores ingresos, Hacienda los tiene considerados para lograr cumplir las metas fiscales previstas para este año. En la actualización de las finanzas públicas, se proyectó que el déficit fiscal efectivo será de 2,0% del PIB, mientras que el estructural en -2,3% del PIB alejándose de la meta prevista para este año de -1,9%. Pese a ello, el ministro Marcel enfatizó que se seguirán haciendo los “esfuerzos necesarios” para cumplir esa meta de -1,9%.
¿Cómo se llegará a cumplir? Eso fue una de las preguntas que el senador Ricardo Lagos Weber (PPD) lanzó el martes. Y el ministro respondió: “Habrá ajustes por el lado del gasto, pero también tendremos ingresos adicionales, porque hay una serie de medidas que están incorporadas en la ley de cumplimiento de obligaciones tributarias que generarán ingresos en el corto plazo”. Una de esas según el mismo ministro mencionó la repatriación de capitales.
El ministro Marcel reforzó el mensaje de responsabilidad fiscal: “Dado que nuestro compromiso es cumplir con la meta estructural del año, entonces, lo que hemos hecho es ajustar el gasto para que esa meta se pueda cumplir. Y, por lo tanto, eso hace que el nivel de gasto del 2024 sea algo menor con el que vamos a cerrar el año. Pero eso es porque justamente estamos tratando de cumplir con la meta fiscal, no solo el 2024, sino que también el 2025″, comentó a Tele13 radio.
Las dudas de los expertos
Si bien esa es la proyección, los expertos tributarios dudan que se pueda lograr la recaudación estimada, debido al poco plazo que quedó fijado en la ley aprobada.
¿Qué dice el texto? “Este beneficio estará disponible desde el mes siguiente a su publicación y hasta el 30 de noviembre de 2024″. Es decir, si la ley se publica esta semana, el proceso podrá comenzar a principios de noviembre dejando solo un mes para poder regularizar los capitales.
A este procedimiento se pueden acoger los contribuyentes domiciliados, residentes, establecidos o constituidos en Chile, que hayan adquirido con anterioridad al 01 de enero de 2023 bienes y rentas ubicados en el extranjero, no declarados oportunamente ni gravados con impuestos en Chile.
Se aplicará un impuesto único de tasa 12%, sobre el valor de los bienes o rentas regularizadas, sustitutivo de los demás impuestos que puedan estar afectados, sin derecho a crédito contra otros impuestos.
Loreto Pelegrí, socia tributaria de PwC prevé que “no tendrá el efecto deseado originalmente dado que tiene un plazo para poder realizar la declaración hasta el 30 de noviembre de este año, por lo que si la ley se publica en octubre sólo quedaría el mes de noviembre, ya que el artículo menciona su vigencia a contar del 1 día mes siguiente a la publicación de la Ley”. Además, menciona que “debemos tener en cuenta que se exigen documentos traducidos, legalizados y apostillados por lo que el tiempo es insuficiente, salvo para aquellas personas que se hayan anticipado y haya comenzado la recopilación de los antecedentes mucho antes”.
Víctor Fenner, socio adjunto de Impuestos de EY Chile acota que “sin duda inhibirá a muchos de tomar la alternativa, ya que, si bien la norma regula de manera razonablemente comprehensiva el proceso, muchos querrán esperar a que el SII emita las instrucciones respectivas para evitar cualquier riesgo, lo cual puede ser demasiado cerca del plazo y efectuar el inventario que exige la norma, hacer los análisis, lo que toma tiempo”.
Pablo Mahú, socio de Serrano Abogados, plantea que “es una solución interesante y oportuna para abordar el tema de la recaudación fiscal, ya que genera incentivos claros para que los contribuyentes declaren bienes y rentas que no siempre se visibilizan”. Asimismo, añade que “el plazo acotado sin duda impactará la toma de decisiones de los contribuyentes, quienes tendrán que actuar rápidamente, ya que el margen de tiempo no permite mucha dilación en cuanto a evaluar si aprovechar o no esta oportunidad”.
Javiera Campos, directora de Tributación Internacional de CCL Auditores Consultores, también ve el plazo como un problema. “Limitará el universo de contribuyentes que, incluso estando interesados, puedan lograr realizar el análisis respectivo y recopilar la información requerida para hacer la presentación, considerando que muchas veces se trata de inversiones de antigua data o que están diversificadas, lo que se complejiza aún más cuando se trata de inversiones de origen familiar que en los hechos impactan a más de un contribuyente”.
Asimismo, Alberto Cuevas, socio de Consultoría Tributaria en KPMG, plantea que si el gobierno quiere recaudar lo proyectado al menos debería ampliar el plazo a diciembre, e incluso enero del 2025.
Ignacio Gepp, socio de Puente Sur, explica que “el igual que en oportunidades anteriores, es una medida que fue y sigue siendo poco seria. Si cada vez que un gobierno está falto de recursos se abre un proceso de amnistía fiscal, significa que de extraordinario éstos no tienen nada, y es una real ofensa a los contribuyentes que si cumplen. ¿Con qué cara se habla de responsabilidad tributaria, cumplimiento, o de la pelea contra la informalidad, o tanta amenaza de querellas tributarias? Estas ventanas matan el discurso”.
En el gobierno afirman que “cualquier ampliación se vería después, dependiendo de cuándo se publique la ley”. En todo caso, cualquier cambio de plazos debe ser por ley.
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