Interconexión bursátil se toma el directorio de la Bolsa de Comercio de Santiago

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Se realizó una presentación informativa explicando cuál es el origen de la iniciativa y algunos directores reiteraron que sería una especie de expropiación. De todos modos, una eventual tarificación tranquiliza a algunos miembros.


La interconexión obligatoria de las bolsas se tomó la reunión de directorio de la Bolsa de Comercio de Santiago (BCS).

Durante el encuentro, que partió cerca de las 11 horas y se extendió hasta poco después de las 14 horas de ayer, se abordó la aprobación de la indicación que faculta a la Comisión para el Mercado Financiero (CMF) a forzar la interconexión de las bolsas de comercio, en este caso, de la BCS y de la Bolsa Electrónica (BEC), en el marco del proyecto de ley sobre los agentes de los mercados, votado la semana pasada en la Comisión de Hacienda del Senado.

Así, se hizo una presentación informativa en la cual se indicó que esta iniciativa venía siendo promovida por la extinta Bolsa de Valparaíso y por la BEC desde hace varios años y que existe un fallo normativo del Tribunal de Defensa de la Libre Competencia (TDLC) que recomendó obligar la interconexión bursátil, en 2016. También se expuso que el senador Eugenio Tuma (PPD) había ingresado una indicación que promovía esta idea, pero que no prosperó, y que fueron finalmente las indicaciones ingresadas por el actual Gobierno las que recogieron el tema, entre las que se encontraba la relativa a la interconexión.

Tras ello, algunos directores emitieron sus opiniones al respecto, donde algunos reiteraron que consideran esta idea una especie de expropiación y que la Bolsa Electrónica terminará sacando provecho de las inversiones y la infraestructura de la BCS.

La "tarificación". A pesar de la obligación de interconectar las plazas bursátiles, al interior del directorio existe cierta tranquilidad en la medida de que se establece la posibilidad de imponer tarifas, por lo que no necesariamente la vinculación entre ambas plazas será una "expropiación".

De hecho, en el título VII de la Ley 18.045, se agrega al final del inciso primero del artículo 44, el literal I), el cual obliga a las bolsas de valores a redactar "normas que establezcan las estructuras tarifarias de interconexión, u otras condiciones aplicables a sus participantes o a terceras bolsas".

Sin embargo, el texto que reemplaza al inciso segundo del artículo 44, establece que "la Comisión, al momento de evaluar la aprobación de las normas de las bolsas que establezcan las estructuras tarifarias de interconexión, u otras condiciones aplicables a sus participantes o a terceras bolsas, deberá propender siempre a la búsqueda de un mercado equitativo, competitivo, ordenado y transparente".

A su vez, añade que "en caso que considere que una o más condiciones establecidas en el reglamento de una bolsa de valores sean discriminatorias o afecten la libre competencia, rechazará, mediante resolución fundada, la solicitud de aprobación de dicha reglamentación".

Con todo, en el directorio aún no se ha tomado una decisión, pues se desconoce el reglamento definitivo mediante el cual se obligará a las bolsas del país a interconectarse.

Pero a la espera de ello, al menos ayer se analizaron eventuales vías de acción.

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