La columna de José Tomás Morel: “Desequilibrio de cargas regulatorias en el sector eléctrico”
"Lamentamos que recién ahora, ante un proyecto de ley que iba a afectar a un segmento de la generación como los PMGD, hayan surgido cuestionamientos a que los recursos para financiar las tarifas de los clientes regulados pudiesen venir del mismo sector eléctrico".
El proyecto de ley que amplía el subsidio eléctrico a clientes residenciales pasó a segundo trámite en el Senado, sin la aprobación en la Cámara de Diputados de un cargo transitorio a los generadores denominados Pequeños Medios de Generación Distribuida (PMGD). Dos razones parecen haber pesado en esta decisión: el bajo número de postulantes al beneficio no ameritaba mayor financiamiento y se afectaba a un segmento de la generación renovable.
Estimamos adecuada la decisión de la Cámara y esperamos que el cargo a los PMGD no se reponga en el Senado, pero creemos necesario corregir el precio regulado que reciben esos generadores, financiado en gran medida por los clientes libres, quienes desde hace años enfrentan costos eléctricos mayores que en otros países.
Lamentamos que recién ahora, ante un proyecto de ley que iba a afectar a un segmento de la generación como los PMGD, hayan surgido cuestionamientos a que los recursos para financiar las tarifas de los clientes regulados pudiesen venir del mismo sector eléctrico. En el 2022 se aprobó la Ley 21.472 de estabilización de tarifas, que creó un cargo para clientes de mayor consumo, sobre todo clientes libres y, entre estos, muy especialmente los mineros. Con esta ley, durante 10 años los clientes libres deben pagar US$ 140 millones anuales para financiar un congelamiento tarifario de los clientes regulados y a nadie, excepto a los pagadores, le ha parecido grave la aplicación del “principio de autocontención”. Este principio es tan improcedente hoy como lo fue en la ley del 2022, porque significa crear tributos en forma oculta e irregular.
Algo positivo de la discusión del cargo a PMGD es la evidencia reconocida por el gobierno, sobre la distorsión en que se ha convertido el precio regulado que reciben esos generadores. En vez de un mecanismo de estabilización como el que consagra la ley, por reglamento se creó un precio que en la práctica está subsidiando a los PMGD con traspasos de entre US$ 400 millones y US$ 500 millones anuales.
Este subsidio a los PMGD no es un simple problema entre el Estado que fijó ciertas reglas y las empresas beneficiarias que alegan la necesidad de mantener esas reglas. El subsidio a PMGD es financiado por otros generadores y principalmente por los clientes libres. Desde el año 2027 también recaerá en los clientes regulados. Es decir, se trata de una norma reglamentaria que en la práctica se distanció de un mandato legal de estabilización de precios y se convirtió en un subsidio pagado por otros generadores y por clientes, quienes tienen todo el derecho a alegar un daño patrimonial injustificado.
Que se haya rechazado en la Cámara la creación de un cargo a los PMGD y que varios están proponiendo no reponerlo en el Senado, no significa que deba olvidarse la distorsión del precio regulado de los PMGD. La solución está en manos del gobierno a través de un cambio reglamentario, pero un impulso del Congreso sería bienvenido.
En suma, la comparación entre el tratamiento regulatorio a clientes libres y a PMGD es llamativa. Mientras los primeros han sido obligados a aportar US$ 1.400 millones en 10 años para financiar a los clientes regulados y además a soportar gran parte de los US$ 400 a US$ 500 millones anuales traspasados a los PMGD, estos últimos no solo son los beneficiarios de dicho traspaso, sino que además se están librando de aportar recursos para los clientes regulados. ¿No habrá llegado el momento de recuperar el equilibrio en las cargas regulatorias del sector eléctrico?
*El autor de la columna es gerente de estudios del Consejo Minero
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