Oposición prepara el terreno para el debate previsional con proyecto que elimina las AFP

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Foto : Andrés Pérez

Los abogados creen que el sistema de pensiones no debería quedar establecido en la Constitución a futuro, pero estiman que la actual iniciativa opositora probablemente no es inconstitucional.


La oposición ideó una nueva estrategia cuando se declaró inadmisible el proyecto de la diputada Camila Vallejo (PC) que buscaba nacionalizar las AFP. En concreto, senadores de oposición liderados por Alejandro Navarro (PRO) ingresaron un proyecto de reforma constitucional que le quita al Ejecutivo la exclusividad para proponer cambios en materia de seguridad social, y que busca eliminar el decreto 3.500 que crea las AFP, para así nacionalizar los fondos de pensiones.

Hasta ahora la estrategia ha surtido efecto: es el único proyecto previsional presentado por parlamentarios que ha logrado iniciar su tramitación, ya que al ser una reforma constitucional, no es inadmisible. Así, se han estado realizando audiencias en la Comisión de Constitución del Senado, donde incluso acudió la ministra del Trabajo, María José Zaldívar.

Algunas AFP miran con preocupación el alto respaldo que tiene este tipo de iniciativas en el Congreso, considerando que hay un precedente que marcó la votación de admisibilidad del proyecto de Vallejo, donde los que estuvieron a favor fueron mayoría: recibió 68 votos a favor, 67 en contra y 11 abstenciones.

De todas maneras, una reforma constitucional requeriría muchos más votos, ya que se necesita entre dos tercios y tres quintos, por lo que ven que no se aprobaría. Lo que sí les preocupa, es el precedente que se estaría generando para el debate de una eventual nueva Constitución.

Constitucionalistas

Los abogados constitucionalistas tienen distintas opiniones respecto a esta iniciativa. Sergio Verdugo, profesor de la UDD, cree que “el proyecto pretende eludir las normas constitucionales sobre la iniciativa exclusiva del Presidente de la República al establecer un nuevo sistema de pensiones en la propia Constitución. Así, modifica de manera simultánea el procedimiento legislativo y el sistema de pensiones”.

Agrega que más allá de que sea “una técnica legislativa inconveniente”, en caso de ser aprobado, haría que el sistema sea “excesivamente rígido”, ya que se necesitarían muchos votos para hacer cambios.

Por su parte, Javier Couso, académico UDP y de la Universidad de Utrecht (Holanda), dice que es muy difícil ver a nivel mundial que una Constitución regule el sistema de pensiones. “Las constituciones no son para eso (...) Es raro, es inapropiado, pero no se podría decir que es inconstitucional”, detalla. Lo que sí destaca del proyecto, es que se plantea que el Congreso también pueda hacer cambios en seguridad social, y que no sea de exclusiva responsabilidad del Presidente.

El abogado piensa que lo único que es de dudosa constitucionalidad en este proyecto, es que se plantea que los fondos que hoy tienen los afiliados, pasarían a un órgano estatal, para lo cual se “emitirá un certificado denominado bono de reconocimiento nocional previsional solidario”. De este modo, cree es debatible si afecta o no el derecho de propiedad, dependiendo de si ese bono tiene el valor exacto de mercado que hoy tienen los trabajadores en su cuenta individual.

José Manuel Díaz de Valdés, académico de la UC y la UDD, apunta a lo mismo: “Hay un tema que es debatible, que es la posible expropiación de los fondos, porque si bien el proyecto dice que los fondos siguen siendo de propiedad de los trabajadores, cambia completamente el sistema de administración, y es tanto el cambio, que no queda claro si es una expropiación. De todas maneras, me parece poco probable que el TC lo declare como inconstitucional”, aclara.

Para la discusión de una nueva Constitución, Díaz de Valdés cree habrá que revisar las iniciativas exclusivas presidenciales, porque hoy hay muchas que no deberían ser consideradas como tal, “pero creo que el sistema de pensiones sí debería mantener esta figura, en la medida que mantengamos un sistema presidencial de gobierno”.

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