Reforma a Ley de Bancos, y ahora qué

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Sería una buena decisión acelerar el proceso de integración entre los reguladores, pues así se disminuyen los procesos de incertidumbre en un sector clave a la hora de otorgar financiamiento para las inversiones.


Luego de varios intentos por parte de más de un gobierno, el Congreso aprobó la primera reforma a la Ley General de Bancos en 30 años. Después de un año y tres meses de tramitación, la iniciativa quedó lista para ser promulgada como Ley por el Ejecutivo.

Pero con este hito ahora comienza una nueva etapa que es más importante incluso que la reforma misma. Ahora falta el detalle normativo y determinar los nuevos requerimientos de capital, así como también el establecimiento de ponderadores. Los ponderadores, divididos en tres grandes grupos (riesgo operacional, riesgo de mercado y riesgo de crédito), deben ser fijados por la Comisión para el Mercado Financiero (CMF). De hecho, el segundo aspecto relevante es la fusión entre la Superintendencia de Bancos y la CMF. La ley define que la integración de la SBIF a la CMF tiene un año de plazo máximo, y producido eso, hay 18 meses para establecer la normativa.

Este proceso es clave, pues de la fijación de ponderadores dependerá el capital adicional que requiera la banca, siendo uno de los más afectados BancoEstado, lo que también podría tener implicancias en los distintos modelos de negocios de la industria bancaria.

Es por ello que sería una buena decisión acelerar el proceso de integración entre los reguladores, pues así se disminuyen los procesos de incertidumbre en un sector clave a la hora de otorgar financiamiento para las inversiones. Acortar los plazos permitirá conocer antes los requerimientos de capital, permitiendo la toma de decisiones con información.

Dicho lo anterior, no se trata de acelerar por acelerar el proceso de fusión, sino que esta se debe hacer con el debido cuidado para que en el proceso de integración -que naturalmente tiene fricciones- se minimicen los potenciales inconvenientes administrativos.

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