Reforma Tributaria: Hacienda espera recaudar US$406 millones provenientes de sectores de mayores recursos
El ministro Felipe Larraín ingresó la indicaciones comprometidas con la DC. El Ejecutivo busca acelerar la discusión, ya que a su juicio se cumple con lo acordado en el protocolo. Entre las nuevas medidas destacan la limitación que se le pondrá al uso del market maker y normas antielusión. Se cobrará IVA a los servicios digitales.
El protocolo de acuerdo entre el gobierno y la DC fue el primer paso para destrabar la discusión por la reforma tributaria.
Diez días después de ese hito, el gobierno concretó el ingreso de las indicaciones comprometidas que aborda las materias fijadas en ese acuerdo y presentó, además, un nuevo informe financiero donde detalla la recaudación que entregarán las nuevas medidas compensatorias.
En concreto, el documento señala que el conjunto de medidas que se introducen tiene como objetivo compensar la menor recaudación que provoca volver a un sistema 100% integrado, particularmente para los contribuyentes de impuesto de Global Complementario (personas) que se encuentran en los tramos de tasas más altas. También se suman otras medidas que tienen impacto en los ingresos fiscales, y las demás, que tienen impacto en los gastos fiscales.
Así, en total, los ingresos netos comprometidos solo por las medidas compensatorias ascienden a US$406 millones en régimen.
El ministro de Hacienda, Felipe Larraín, señaló que lo anterior "refuerza el sentido del efecto neutro en recaudación de esta iniciativa". Y acotó que "el régimen propuesto mantiene la simplicidad y digitalización como principios rectores del sistema tributario".
Los tributaristas afirmaron que en el papel se cumple con que la compensación que se pedía provenga de los sectores de mayores ingresos. Y destacaron que se cautele el mal uso del sistema reintegrado, fortaleciendo al Servicio de Impuestos Internos y aplicando una norma especial para los retiros desproporcionados.
Ahora, considerando otras medidas como el IVA a las plataformas digitales, el ajuste en modificación al Crédito especial para empresas constructoras entre otras, la recaudación total llega a US$429 millones. Si bien en el neto se mantiene la recaudación estimada en el primer informe financiero, el gobierno de alguna manera reconoce que sus cálculos iniciales relacionados con la boleta electrónica estaban sobreestimados, pero también está el efecto de que ahora se cuantificaron los gastos necesarios para producir la renta. Esto, porque hubo un ajuste de US$249,5 millones en relación al informe original. Por ello, Hacienda tuvo que salir a buscar otros gravámenes para compensar y así "cuadrar la caja fiscal". También se destaca la modificación que el Ejecutivo realizó a la Depreciación Acelerada, con el propósito de hacerla más atractiva en su uso, y con ello, potenciar la inversión.
Medidas compensatorias
En el informe financiero se detallaron las medidas compensatorias, entre las cuales sobresale la limitación que se le pondrá al uso del market maker (que busca dar liquidez a acciones), con el cual esperan recaudar unos US$50 millones en régimen. También se aplicarán cambios a la norma anti elusión, enfocados en fiscalizar los retiros desproporcionados. Con esta medida se espera lograr una recaudación de US$134,98 millones, el mayor monto de las propuestas compensatorias. "Para efectos de evitar usos indebidos, se incorpora al artículo 14 letra A) LIR, una norma que aplicará un impuesto único de 35% (equivalente a la tasa más alta de global complementario) a los retiros desproporcionados a la participación en el capital, que no tengan una razonabilidad económica o comercial", precisa el documento de Hacienda.
En esa misma línea, se limitará las operaciones afectas a tasa reducida de 4% en caso de estructuras "back to back".
Dentro de esta lista se incluye el aporte de 1% de los proyectos de inversión a las regiones. Así, la propuesta establece que los proyectos que impliquen una inversión sobre US$10 millones en activo fijo y que deban pasar por el Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA) deberán efectuar una contribución regional de 1% del valor del proyecto. Afectará únicamente a nuevos proyectos de inversión, el 1% se aplicará sobre el valor de los activos que exceda de US$ 10 millones y se devengará una vez que el proyecto haya sido aprobado por el SEIA.
Cláusula Pymes. Se reemplaza el 14 ter por el Régimen denominado "cláusula especial para las Pymes". Esta contempla un aumento del tope promedio de ingresos que pueden recibir las sociedades sujetas a este régimen especial, elevándolo desde 50.000 UF actuales, hasta 75.000 UF. Adicionalmente, mantiene la tasa reducida de 25% de impuesto de primera categoría, el acceso automático y la eliminación de restricciones por tipo de empresa o socios.
Como régimen de tributación propone optar declarar por renta efectiva según contabilidad simplificada. Para ello, el SII durante la Operación Renta pondrá a su disposición "la información digital para que la Pyme realice su declaración y el pago de los impuestos anuales"; deberá tributar anualmente, no aplicará corrección monetaria, tendrá depreciación instantánea, entre otras normas. Algunos expertos tributarios estiman, en una primera mirada, que se está cumpliendo el protocolo de acuerdo con la DC. En ese sentido, destacaron que las pymes quedan en bastante mejor pie que en el proyecto original, porque se amplía su universo y se hace más gradual el tránsito a ser una empresa grande.
Los principales cambios que se presentaron al proyecto tributario
Limitar el uso de market makers
Se establece que el uso de contratos con el servicio de market maker habilitará para el uso del beneficio tributario, en la medida que dicho contrato tenga una duración previa de un año a la fecha de la venta. Esta medida generará mayor recaudación de US$50 millones en régimen.
Limitación de "back to back"
Se mantendrán sujetos a las normas vigentes los créditos otorgados antes de la publicación de la ley siempre que no se modifiquen sustancialmente, en consecuencia, se aplicará sólo respecto de interesesque deriven de nuevos créditos. De esta manera, operaciones que actualmente se acogen a una tasa reducida del 4%, comenzarán a pagar una tasa de 10%, 15% o 35%,dependiendo de si se trata de un país que cuente con un convenio tributario con Chile referido a la materia, o no.
Norma especial antielusión por retiros desproporcionados
Para efectos de evitar usos indebidos, se incorpora al artículo 14 letra A) LIR, una norma que aplicará un impuesto único de 35% (equivalente a la tasa más alta de global complementario) a los retiros desproporcionados a la participación en el capital, que no tengan una razonabilidad económica o comercial. En relación a las utilidades retenidas en la empresa que se acogieron al impuesto único y sustitutivo del FUT (ISFUT), de acuerdo al régimen transitorio incorporado por la reforma tributaria del año 2014, que permitía pagar un impuesto sobre el FUT acumulado y luego retirar libremente dichas utilidades, también se incorpora un impuesto único de 25% (asimilable a la tasa general más alta del impuesto de donaciones),
Aporte de 1% de los proyectos de inversión a las regiones
Los proyectos que impliquen una inversión sobre US$10 millones en activo fijo y que deban pasar por el Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA) deberán efectuar una contribución regional de 1% del valor de la iniciativa. Afectará únicamente a nuevos proyectos de inversión.
Beneficios para adultos mayores
Se aumenta el tope de avalúos por inmueble que permite acceder al beneficio, incrementándolo desde $89 millones a $128 millones, y respecto del tope global de inmuebles se aumenta desde $100 millones a $171 millones. Además, se incorpora un mecanismo adicional que limita el monto máximo de contribuciones a un 50% de su valor. Favorece a adultos mayores de menores recursos y de clase media.
IVA a los servicios digitales
En el proyecto de ley original se establecía un impuesto específico, indirecto y sustitutivo de cualquier otro impuesto, de 10%, que gravaba los servicios digitales. Ahora, se crea un registro simplificado para el cumplimiento de las obligaciones de pago de IVA (de 19%) por las plataformas extranjeras.
Fortalecimiento tecnológico del SIi
Se dará inicio a un proceso de fortalecimiento tecnológico y transformación digital del Servicio de Impuestos Internos.
Eliminación de Diferencia entre la Depreciación Acelerada y Normal (DDAN) para la determinación de la TEF
Se elimina del factor que determina el crédito de impuesto de primera categoría aplicable a las distribuciones de las utilidades relacionadas con la diferencia entre la depreciación normal y la acelerada (DDAN) en el artículo 14 letra A) de la LIR.
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