“Riesgo de profundización de los efectos de fallas”: Coordinador reitera a Energía recomendación para eliminar autodespacho a PMGD

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“Riesgo de profundización de los efectos de fallas”: Coordinador reitera a Energía recomendación para eliminar autodespacho a PMGD.

Este jueves el operador del sistema volvió a insistir en una propuesta de modificación normativa que ya había realizado en agosto de 2023, alertando de que la alta participación de las pequeñas y medianas centrales suponía riesgos para la seguridad del Sistema Eléctrico Nacional (SEN).


El Coordinador Eléctrico Nacional vuelve a la carga. Este jueves, Juan Carlos Olmedo, presidente del consejo directivo del organismo independiente que opera el Sistema Eléctrico Nacional (SEN), envió una nueva carta al Ministro de Energía, Diego Pardow, en la que insiste con una propuesta de modificación normativa planteada en agosto de 2023, y que fue publicada este miércoles publicó Pulso.

La carta, de tres páginas, fue enviada con copia a los presidente de las comisiones de Minería y Energía del Senado y la Cámara de Diputados, y remarca que la propuesta está “destinada a mejorar la eficiencia, competencia y seguridad de servicio en el mercado eléctrico, en relación con los Pequeños Medios de Generación Distribuida (PMGD) y su impacto la operación del SEN”.

Todo, en relación con la falta de visibilidad del Coordinador de las centrales PMGD, que si bien individualmente no superan los 9 MW en capacidad instalada, ya superan los 3.000 MW.

De hecho, la misiva actualiza su participación en el SEN: “La capacidad instalada de los PMGD a marzo de 2025 es de aproximadamente 3.400 MW, con más de 700 plantas, y se espera que alcance 4.000 MW a fines del año 2025, lo que representaría aproximadamente el 30% de la demanda del SEN en horario diurno, respecto de los cuales el Centro de Despacho y Control del Coordinador Eléctrico Nacional no tiene la visibilidad, necesaria para la adecuada coordinación de la operación”, dice la carta.

En esa línea, subraya la necesidad de modificar la manera en que las centrales del segmento son operadas, y alude al posible “efecto PMGD” en fallas del sistema eléctrico.

Comision de Mineria y Energia del Senado 05/03/2025

“El alto nivel de participación que alcanzan estas centrales en la generación de energía, unido a la falta de visualización en tiempo real de su generación, ocasiona riesgos para la seguridad del SEN y un aumento en los costos sistémicos por pagos laterales, ya que se introduce una mayor incertidumbre en el seguimiento del abastecimiento de la demanda del sistema eléctrico, agudizando la gestión de las desviaciones de generación, un aumento en la necesidad de reservas y riesgo de profundización de los efectos de fallas”, indica.

En consecuencia, propone cinco medidas normativas “que tiendan a mejorar el funcionamiento del Sistema Eléctrico Nacional, su seguridad, la equidad entre las empresas coordinadas, la eficiencia del mercado de corto plazo y la libre competencia entre sus agentes”.

Estas incluyen incorporar en la norma técnica de conexión y operación de PMGD exigencias para que dichas centrales “estén obligados a efectuar la entrega en tiempo real de todas las señales operacionales necesarias para su monitoreo y comunicación en tiempo real”, y hacer extensivas al segmento las normas de seguridad y calidad de servicio, disponiendo de “los enlaces para la lectura remota de protecciones, registros locales de perturbaciones, o interrogación de equipamiento de monitoreo sistémico”.

Sin embargo, la más relevante busca que sumar a los PMGD “en los recortes por sobreoferta de generación”, también conocidos como vertimientos, lo que “serán gestionados por las Empresas Distribuidoras conforme a las instrucciones operativas que imparta el Coordinador”, detalla la misiva.

“Para ello, se deberá eliminar el régimen de autodespacho de los PMGD, disponiendo que sus inyecciones sean coordinadas a través de la Empresa Distribuidora, en conformidad con la programación de la operación elaborada por el Coordinador”, subraya la carta.

Cabe recordar que la norma de autodespacho permite que los propietarios de cada central PMGD decidan en forma autónoma el nivel de generación de sus unidades. Según la carta firmada por Olmedo, eso implica que la participación del segmento PMGD al abastecer la demanda en horario diurno “fluctúa entre 20% y 30% del SEN”.

“Se destaca la necesidad de efectuar a la brevedad la implementación de estos cambios normativos a ser exigidos a los PMGD, lo cual constituye un factor relevante para preservar la seguridad de servicio del SEN”, enfatiza la carta.

DIEGO PARDOW

Consultado por Pulso, desde el Ministerio de Energía señalaron que darán respuesta por escrito a la misiva del Coordinador a través de los canales oficiales.

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