SII extiende plazo para declaración de IVA y anuncia otras medidas de apoyo ante dificultades por masivas protestas
El organismo estableció que la declaración de IVA correspondiente al mes de septiembre podrá realizarse hasta el 10 de noviembre, sin ningún tipo de recargo.
El ministro de Hacienda, Ignacio Briones, y el director del Servicio de Impuestos Internos (SII), Fernando Barraza, informaron este miércoles que con el objeto de apoyar a las personas, micro, pequeños y medianos contribuyentes, que están enfrentando dificultades asociadas a la situación que vive el país, el organismo está implementando una serie de medidas que apuntan a facilitar la operación de estas empresas, además de flexibilizar las instrucciones relacionadas con la normativa tributaria vigente en materia de pérdidas de existencias o inutilización de documentación contable.
Entre las medidas destaca que la declaración de IVA correspondiente al mes de septiembre podrá realizarse hasta el 10 de noviembre, sin ningún tipo de recargo.
"Esta medida, destinada para personas, micro, pequeñas y medianas empresas, extiende en 10 días adicionales el plazo ya entregado por el SII, y busca aliviar a los contribuyentes que han visto afectados sus ingresos por la situación que vive el país", detalló el director del SII.
Flexibilización
Briones destacó que el SII flexibilizó las instrucciones relacionadas con la normativa tributaria vigente, para los contribuyentes. De esta manera:
Se amplía a cinco meses el plazo para dar aviso al SII en el caso pérdidas de existencias por faltantes de inventario.
Se considerarán hasta cinco meses para informar la pérdida o inutilización de su documentación contable o tributaria, sin aplicación de multas.
Los contribuyentes que hayan sufrido daños en bienes inmuebles, podrán solicitar la rebaja de su avalúo en caso de destrucción o daño grave de las edificaciones existentes en su propiedad, o bien de la disminución de su valor.
Medidas administrativas
Además Barraza dijo que se implementarán medidas de tipo administrativo, que consideran, por ejemplo, que se priorizarán las solicitudes de devoluciones de IVA formuladas por contribuyentes con cambio de sujeto, lo que permitirá contar con flujo de caja en un plazo máximo de 5 días, para que sea autorizada la devolución.
Se eliminarán los recargos por presentación fuera de plazo de solicitudes y trámites masivos, como inicio de actividades, actualización o modificación de información y términos de giro, entre otros.
Esta medida busca apoyar a todos los contribuyentes que se han visto imposibilitados de cumplir con estas obligaciones.
También se postergará el plazo para la entrada en vigencia de la obligatoriedad de la emisión de facturas de exportación electrónicas para el 17 de enero de 2020. Esta iniciativa les permitirá seguir operando con sus actuales sistemas hasta esa fecha.
Dada la situación excepcional que vive el país, en forma extraordinaria, el SII autorizará la emisión de facturas electrónicas a contribuyentes de bajo riesgo de incumplimiento y con situaciones pendientes. Esta medida busca evitar que deban acercarse en lo inmediato a las oficinas del Servicio y permite continuar facturando, manteniendo la operación de sus negocios, precisó el organismo.
Adicionalmente se reprogramarán en forma automática todas las citaciones en oficinas del SII. Así, los contribuyentes que no hayan podido asistir en este periodo serán contactados para comunicarles la nueva fecha, sin que quede registro de la inasistencia.
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