Superintendencia de Pensiones oficia a cinco AFP por contenido de cartas enviadas a afiliados tras aprobación de retiro de fondos
En tanto, el regulador comunicó a AFP Habitat el inicio de un proceso sancionatorio en su contra a raíz del correo enviado a sus afiliados.
Hoy la Superintendencia de Pensiones (SP) ofició a AFP Capital, Cuprum, Habitat, Planvital y Provida sobre la obligación de ajustarse estrictamente al marco normativo en cuanto a las comunicaciones que transmitan a sus afiliados. Esto tras analizar el contenido de las cartas enviadas por éstas, luego de que el pasado 8 de julio la Cámara de Diputados aprobara la idea de legislar del proyecto que permitiría retirar un 10% de los fondos de pensiones.
La Superintendencia afirmó que es obligación de las compañías “cumplir estrictamente con lo señalado en la normativa sobre información a sus afiliados, atendiendo al giro único de su actividad” y recalcó que el incumplimiento de tales obligaciones arriesga el inicio de un proceso sancionatorio.
El regulador subrayó su deber de resguardar que la información entregada por las administradoras a sus afiliados y al público en general “se ajuste en todo momento a la verdad y que no induzca a equívocos o a confusiones, ya sea en cuanto a la realidad institucional o patrimonial, o a los fines y fundamentos del sistema, como expresamente lo exige el artículo 26 del D.L. 3.500 de 1980”.
Asimismo, la Superintendencia comunicó en específico a AFP Habitat que, tras analizar el contenido de la comunicación difundida a sus afiliados, determinó iniciar un proceso sancionatorio en su contra.
“Al respecto, a través de oficios anteriores, esta Superintendencia le hizo presente a esa AFP que toda publicidad, promoción, auspicio o entrega de información que las administradoras efectúen por cualquier medio a sus afiliados, empleadores o público en general, queda sometida a las normas del Compendio de Normas del Sistema de Pensiones, que regulan la materia, la que no debe desviar la atención de los trabajadores de lo que es relevante respecto de sus fondos previsionales; esto es: la rentabilidad, el costo y el servicio que prestan. Asimismo, se hizo énfasis en el cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 26, del D.L. N° 3.500”, precisa el oficio a AFP Habitat.
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