Trabajo a distancia: el nuevo marco legal

Teletrabajo

El proyecto de ley de trabajo a distancia que perfecciona y amplía las posibilidades del Código para ejercer funciones en un lugar distinto a la empresa, se encuentra en discusión en la Comisión de Trabajo del Senado para ser aprobado, esperamos, a más tardar en abril.

Si bien hoy existen en la legislación dos posibilidades para trabajar a distancia -el contrato de teletrabajo y los pactos de adaptabilidad para trabajadores con responsabilidades familiares- ellas tienen limitaciones. El teletrabajo sólo es posible cuando las funciones se realizan por medios informáticos o de telecomunicaciones y para trabajadores excluidos de la limitación de jornada máxima de 45 horas semanales. Los pactos de adaptabilidad (que permiten condiciones espaciales más amplias para trabajar desde la casa u otro lugar acordado se esté sujeto o no a jornada y en todo tipo de trabajos) están restringidos a empresas con 30% o más de afiliación sindical, excluyendo la posibilidad de ser acordados en organizaciones con una sindicalización menor.

El proyecto de ley en discusión -en el cual tuvimos la oportunidad de aportar en su redacción y que intentaremos fortalecer con una indicación- crea un nuevo marco que mejora lo existente para abrir la puerta a personas excluidas del trabajo formal -especialmente mujeres- y para evitar la deserción laboral por razones familiares o de transporte, sea por distancia, discapacidad, salud o edad.

Así, nuestro país contará con una regulación para que todo tipo de funciones -en la medida que la naturaleza de las mismas lo permita- puedan ser ejercidas de forma total o parcial en un lugar distinto a la empresa. Las persona podrán a su vez, distribuir libremente la jornada en los horarios que mejor se adapten a sus necesidades. Y si no se está sujeto a jornada, se garantiza el derecho a desconexión para la vida personal y familiar.

Todo, con garantía a los derechos individuales y colectivos de nuestro código entre otras medidas de seguridad y resguardo, como el que la remuneración no se vea afectada si se acuerda la modalidad de trabajo a distancia con posterioridad al inicio de la relación laboral.

Es sin duda un buen proyecto que comprende la adaptabilidad laboral -espacial en este caso- como el principio por el cual las condiciones laborales se adecúan de mejor manera a las necesidades de las personas.

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