Tras estrategia judicial de Colmena: Super de Salud dice que solo se pueden lograr certezas en tablas de factores por la vía legislativa

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FOTO: LEONARDO RUBILAR CHANDIA/AGENCIAUNO

El superintendente de Salud acudió a una sesión de la Comisión de Salud del Senado para hablar de las demandas que anunció Colmena contra sus afiliados, pero que más tarde la isapre suspendió. Ahí el regulador reveló que la aseguradora les había notificado el asunto el día antes de que se hiciera público que interpondrían estas demandas.


La demanda que anunció isapre Colmena contra los afiliados que han judicializado para dejar sin efecto la tabla de factores escaló hasta el Congreso. En concreto, este martes los senadores de la Comisión de Salud citaron a una sesión donde se puso esta materia en el primer lugar de la tabla, para lo cual invitaron al superintendente de Salud, Víctor Torres, y al presidente de la Asociación de Isapres, Gonzalo Simón.

Este último no llegó y se excusó mediante una misiva donde señaló que el gremio representa a seis isapres, por lo que no se puede referir a medidas que un asociado adopte de manera independiente. El senador Francisco Chahuán, presidente de dicha Comisión, no escondió su molestia: “Es una lástima que se haya excusado la Asociación de Isapres (...) Esa es la peor manera de poder enfrentar y comenzar esta conversación: ausentes del debate”, señaló el senador.

Así las cosas, sobre este punto de la tabla solo se refirió el superintendente de Salud, donde reveló más detalles de la polémica. En esa línea, la autoridad dijo que el 9 de julio se enteraron que Colmena decidió empezar a interponer demandas contra afiliados, tras la entrevista que dio el gerente general de la isapre, Felipe Galleguillos.

Pero Torres agregó: “Para ser también correctos respecto del relato de los hechos, el día anterior nosotros habíamos sido notificados formalmente (por la isapre), que fue un día viernes, por lo tanto, nosotros supimos después de la notificación formal, y nos enteramos por los medios”.

El superintendente recordó que solicitaron a la isapre, mediante un oficio, que les informen “aquellas materias relevantes de clarificar, porque cuando uno hace un anuncio de esta envergadura, nunca antes había existido tampoco, al menos que recordáramos, una acción de las isapres en contra de sus afiliados... Parecía relevante que la isapre nos pudiera entregar algunos datos”.

Torres comentó que recibieron una primera respuesta de Colmena el 14 de julio, donde se les informó que con esa fecha el directorio aceptó la renuncia del gerente general de la isapre.

Y luego Colmena respondió el oficio en cuestión, donde, “en resumen, finalmente nos dicen que ellos no continuarían, o por lo menos, suspenderían demandas (...) que ellos estarían suspendiendo en virtud de los requerimientos públicos efectuados por la autoridad ante la presentación de estas demandas por parte de Colmena, la notificación y tramitación de dichas demandas, hasta poder analizar esta situación con las autoridades competentes. Eso es lo que dice la parte final del oficio”, comentó el superintendente.

Explicó que hay que diferenciar las demandas que interpuso Colmena por la judicialización por las tablas de factores, de la judicialización más masiva que hay en la industria de isapres por alza de planes.

El superintendente partió recordando que en el año 2010 el Tribunal Constitucional (TC) se refiere al concepto de tabla de factores y su aplicación, y en su sentencia deroga los numerales 1, 2, 3 y 4 del articulo 199 del DFL 1 de 2005, “pero mantiene el resto de los artículos. El artículo 1, 2, 3 y 4 permitía construir las distintas tablas de factores de riesgo, para decirlo en simple, sin embargo, mantiene el resto de los articulados, por lo tanto, lo que ocurre en el DFL 1 en términos concretos, es que sigue existiendo la tabla de factores de riesgo, pero sin estos numerales, y de hecho, hay varias materias u otros artículos que hablan precisamente de cómo estos riesgos deben ser aplicados”.

Torres también señaló que la ley 21.350, de 2021, “reconoce la existencia de factores (...) por lo tanto, entendemos que esto sigue siendo parte de la legislación”. Por eso mismo el regulador señaló a los senadores que, cuando los tribunales han solicitado la opinión de la Superintendencia, les han dicho a las cortes del país que “las disposiciones legales relativas a la existencia de tabla de factores no han sido derogadas. Es más, diversas disposiciones legales y otras reglamentarias dictadas por este organismo y vinculantes para las isapres, así lo demuestran”.

Al respecto, Torres comentó que “hay una acción que tiene carácter general, que es lo que dictamina la Superintendencia a través de su circular, pero otra cosa es que los tribunales de manera particular puedan hacer una evaluación caso a caso y tengan un criterio que es distinto. Frente a esa situación, evidentemente cabe la pregunta de si es suficiente una normativa de carácter administrativa, como una circular, o si uno pudiera avanzar hacia una modificación desde el punto de vista legal”.

Y continuó diciendo: “Si usted me pregunta, presidente, yo creo que obviamente, habiendo reforma de por medio no implica que haya un cambio inmediato, y eso significa que tiene que existir claridad, tanto para los usuarios como también para el sistema, respecto de si van a existir o no tablas de factores y en qué condiciones éstas pudieran existir. Ahora, yo creo que el marco legal ha dejado claras varias cosas, que yo creo que es importante considerar a la hora de poder establecer eventualmente un cambio legislativo, uno de ellos, es que el mismo TC ha establecido que no pueden existir discriminaciones no justificadas, o discriminaciones por sexo, edad, etcétera. Y una serie de otros elementos que hay que considerar, también está prohibido que si entra una carga, esta carga tenga un factor que es superior al cotizante principal que está pagando el plan”.

Así las cosas, el superintendente detalló que “hay una serie de elementos que hoy son parte de la construcción que se ha hecho, posterior al fallo del TC, donde ha intervenido de manera administrativa la Superintendencia, todo esto ha ocurrido incluso antes de que yo fuera superintendente, así que estoy haciendo un planteamiento institucional de cómo ha actuado la Superintendencia, y en ese sentido, he tratado de ordenar, pero no ha sido suficiente para que los tribunales puedan aplicar, en las potestades que evidentemente tienen, un criterio distinto de interpretación de lo que ocurre en el marco normativo, legislativo”.

Finalizó señalando que, “por esa razón, creo que la única certeza mayor que pudiera darse ya no está en las manos de la Superintendencia, sino mas bien en la vía legislativa”. El senado Chahuán respondió: “Estamos disponibles para poder tramitar los proyectos que están en cuestión”.

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