Víctor Torres detalla razones para fijar tope del 7,4% al alza de precio de planes de isapres

"Por una parte este indicador no es el alza que van a tener necesariamente todas las isapres. Eso lo vamos a saber en la verificación. Estas alzas tampoco van a llevar a que los precios sean mayores a los que ya pagaban las personas en noviembre de 2023", detalló el superintendente de Salud.


Este martes se conoció que la Superintendencia de Salud fijó un tope de 7,4% al alza de precio de planes de isapres. Durante esta jornada, Víctor Torres, explicó las razones que llevaron a establecer este techo.

“Recién dentro de los próximos días vamos a saber cuánto puede alzar cada una de las isapres. Eso nos parece importante poder considerarlo. Aquí opera una especie de doble tope. Hace unos años no había ningún tope. Luego se crea el ICSA como un primer tope, y luego individualmente a partir de lo que establece la Corte Suprema se genera este tope individual por cada una de las isapres”, indicó el Superintendente.

Y agregó que “cuál es la diferencia de este año, respecto de otros años. A partir de lo que estableció la ley de reajuste, se adelantó el proceso. La ley de reajuste estableció un adelantamiento de este proceso para que publicáramos el índice en febrero y empezara a ejecutarse en marzo. Por qué ocurre esta situación. El año pasado uno de los tres grandes grupos de sentencias de la corte que dice relación con el GES, empezó a operar en diciembre. El cálculo promedio de la disminución de ingresos era del orden del 12%. La Comisión de Salud sugiere pedir más plazo, cuestión que la corte dice no ha lugar”.

Torres aclaró por qué se llegó a tomar esta decisión de adelantar el alza del ICSA este año.

“El mismo Parlamento nos pide que se pueda realizar alguna medida, para evitar que esta disminución de ingresos afectara la continuidad de las atenciones de las personas. Los cálculos nuestros indicaban que entre febrero y marzo de este año, si se mantenía esta cantidad de merma de ingresos podría empezar a caer la primera isapre en incumplimiento de indicadores en febrero o marzo. Esa razón fue la que llevó a que se tomaran algunos elementos que se estaban discutiendo en la ley corta de isapres, y que habían sido sugeridos por la comisión de expertos para poder adelantarlos y tomar alguna medida paliativa. Cuáles son estos elementos: el adelantamiento del ICSA y en segundo lugar que pudiera eliminarse el factor de contención de este ICSA que es el factor del Fonasa”, explicó.

Por otro lado, dijo que el proceso para establecer el tope se hizo con total transparencia.

“de allí que este indicador tiene un valor mayor. No es el mayor que hemos tenido en las tres veces que se ha aplicado. Recordemos que el primer fue de 7,6% este es de 7,4%. Sin embargo tampoco es comparable con el del año pasado, porque tiene un elemento distinto que es el factor de Fonasa. Si lo quisiéramos comparar este 7,4% sin el factor de Fonasa, el año pasado no habría sido 2,6% habría sido 4,3%. O al revés, habríamos tenido este año un 4,8% y ese si podríamos haberlo comparado con un 2,6%. Por una parte este indicador no es el alza que van a tener necesariamente todas las isapres. Eso lo vamos a saber en la verificación. Estas alzas tampoco van a llevar a que los precios sean mayores a los que ya pagaban las personas en noviembre de 2023. Por qué, por lo que explicaba recién. La disminución promedio del sistema es un 12%. Respecto a la transparencia, quiero ser enfático en que el proceso ha sido un proceso transparente”, detalló.

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Víctor Torres detalla razones para fijar tope del 7,4% al alza de precio de planes de isapres

Además, indicó que “este año ha habido un alza importante en el índice de costos de prestaciones 10,7 puntos porcentuales, y 3,3 a la baja el gasto de las licencias médicas. El cálculo final da 7,4%. No es que el superintendente se haya levantado y haya dicho arbitrariamente. Hay un elemento claro y objetivo que está sustentado en la ley, y que ha sido calculado de manera muy responsable por nuestros equipos técnicos. Hemos actuado con mucha responsabilidad. La situación es compleja. Hay un equilibrio difícil de poder conseguir”, sostuvo.

En cuanto a posibles judicializaciones por parte de afiliados ante eventuales alzas excesivas, el superintendente señaló que “la gente siempre tiene el derecho a poder reclamar tanto en la superintendencia como en la corte. Lo importante es que las medidas que se tomen eliminen el elemento de arbitrariedad (...), los aumentos de precios, en este caso, están autorizados por la ley. La ley permite que las isapres suban (los precios), no la superintendencia. Lo que hace la superintendencia es poner un techo al alza, este es el máximo (7,4%) de todos y después individualmente, esto es lo que puede alzar (montos variados, pero que no superen el techo establecido).

Y agregó que “claramente si hay un alza que la gente considere excesiva, puede judicializarse. El punto es cual es el resultado de esa judicialización, si eliminamos el elemento de arbitrariedad, obviamente que el resultado debiera ser que no sufran efectos esas respectivas demandas”.

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