Admisión 2023: hasta cuándo se puede ejercer el derecho a retracto para matrículas en universidades
Conoce los detalles para cambiar la inscripción de una institución de la Educación Superior.
El derecho a retracto en la inscripción de una matrícula universitaria, es una facultad que tienen los estudiantes de Educación Superior para ejercer dentro de un plazo máximo, desde conocidos los resultados de postulación.
Una atribución a la que pueden optar ciertos alumnos que se matriculen en otra institución y deseen desistir de la primera opción tomada.
Situación que da la oportunidad de cambiar de casa de estudio, cumpliendo los requisitos requeridos.
Este trámite se encuentra disponible durante la semana, concretamente hasta el viernes 27 de enero.
¿Qué es el derecho a retracto?
Según la Superintendencia de Educación Superior, implica que los estudiantes que se matricularon en primer año de una carrera o programa de pregrado, tienen la facultad de desistir del contrato con la casa de estudios, dentro de un plazo de 10 días corridos desde la primera publicación de resultados (17 de enero del 2023), a las postulaciones de las universidades pertenecientes al Consejo de Rectores.
Requisitos para hacer el retracto
Según el Ministerio de Educación, para poder realizar el cambio, se necesitan cumplir dos características que son:
- El estudiante debe estar matriculado en otra institución de Educación Superior, ya sea una universidad, instituto profesional o centro de formación técnica.
- Debe realizarlo dentro de un plazo de 10 días desde que se publiquen los resultados de las postulaciones a las universidades adscritas al Sistema de Acceso a la Admisión 2023, para realizar su retracto en la matrícula.
Deberes de la Institución de Educación Superior ante el retracto
Según la información otorgada por la Superintendencia de Educación, el establecimiento deberá:
- Devolver el pago de la matrícula y la documentación que respalda el pago del año, en un plazo de 10 días corridos desde que el alumno ejerció el derecho a retracto.
- La casa de estudios podrá retener el 1% del arancel anual de la carrera, por concepto de costos de administración.
- La universidad no podrá cobrar por servicios de los cuales el estudiante desistió.
Cabe mencionar que, mientras esté vigente el plazo de retracto, los establecimientos de estudio no pueden negociar los documentos que han recibido, en respaldo del período educacional respectivo.
¿Cómo ejercer el derecho a retracto?
- Lo primero es presentar el comprobante de la segunda matrícula, ante la institución con la que originalmente se pactó.
- Acompañar lo anterior con una carta donde se manifiesta que se quiere ejercer el derecho a retracto indicando la fecha. Descarga carta tipo aquí.
- Solicitar a la institución que timbre o firme una copia de la carta, de manera que quede constancia de la fecha en la que se hizo efectivo el derecho.
Se debe tener en consideración que, si luego de transcurridos 10 días corridos de este trámite, no se ha recibido la devolución del dinero, es una infracción.
Si la respuesta es negativa, se puede presentar el reclamo ante la Superintendencia de Educación Superior en www.sesuperior.cl; o también a través del Sernac.
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