¿De cuánto es la multa por no presentarse como vocal de mesa en las elecciones?

elecciones vocal de mesa referencial
¿De cuánto es la multa por no presentarse como vocal de mesa en las elecciones? Foto referencial de archivo Aton Chile.

El periodo de excusas para este proceso se extiende entre el 7 y el 9 de octubre. Posteriormente, se llamará a las personas designadas como reemplazantes.


Desde este sábado se encuentran disponibles los datos electorales en la web consulta.servel.cl, que indican si una persona resultó llamada vocal de mesa para las próximas elecciones.

El proceso se desarrollará durante los días 26 y 27 de octubre, donde se votarán los cargos de Gobernadores Regionales, Consejeros Regionales, Alcaldes y Concejales.

¿Cuál es la multa por no presentarse como vocal de mesa?

Ausentarse de la labor de vocal de mesa expone a la persona a recibir una multa de entre $133.122 y $532.488.

La infracción electoral corresponde en una sanción que va de 2 a 8 UTM a beneficio municipal.

¿Es feriado por las elecciones?

Respecto a las jornadas de votaciones, solo el día domingo, 27 de octubre, es categorizado como feriado.

Dicho festivo corresponde a una jornada irrenunciable de segunda categoría, donde no todos los comercios pueden atender al público.

Sin embargo, sí podrán abrir los supermercados, grandes tiendas y locales que funcionan fuera de malls, strip center y centros comerciales, además de establecimientos que sean atendidos por su propio dueño.

¿Cómo excusarse de ser vocal de mesa?

El periodo de excusas para vocales de mesa estará disponible entre el lunes 7 y el miércoles 9 de octubre, en el que las personas designadas que no estén en condiciones de asistir deberán plantear su situación a la junta electoral.

De acuerdo al Servel, las situaciones válidas por las que es posible apelar corresponden a las siguientes:

  • Estar ausente del país o radicado en alguna localidad distante más de 300 kilómetros o con la que no haya comunicaciones expeditas, hecho que calificará la Junta Electoral respectiva.
  • Tener que desempeñar en los mismos días y horas de funcionamiento de las Mesas, otras funciones que encomiende la Ley N° 18.700.
  • Tener más de 70 años de edad.
  • Estar física o mentalmente imposibilitado de ejercer la función, circunstancia que deberá ser acreditada con certificado médico.
  • Cumplir labores en establecimientos hospitalarios en los mismos días en que funcionen las Mesas Receptoras de Sufragios, lo que deberá acreditarse mediante certificado del director del respectivo establecimiento de salud.
  • Tratarse de personas gestantes durante todo el período de embarazo, acreditado mediante documento extendido por el establecimiento de salud donde se realice el control o un certificado médico. También se considerará al padre o madre de un hijo o hija menor de dos años al día en que funcionen las mesas receptoras, acreditado con el correspondiente certificado de nacimiento.
  • Quienes se desempeñen como cuidadoras o cuidadores de adultos mayores o personas con necesidades especiales, con dependencia o discapacidades, y las que se desempeñen en los establecimientos de larga estadía para adultos mayores (Eleam). La calidad de persona cuidadora podrá ser acreditada mediante la presentación de la credencial de persona cuidadora o el documento que acredite la inscripción como tal en el registro del Ministerio de Desarrollo Social

Tras dicho proceso, la nómina definitiva de personas llamadas a cumplir como vocal de mesa se publicará el sábado 12 de octubre.

¿Cuánto pagan por ser vocal de mesa?

Desde el Servel se confirma que el bono por ejercer como vocal de mesa en las elecciones de octubre será de $28.432 por día.

Por lo tanto, una persona llamada a cumplir con la labor podrá recibir un total cercano a $60.000 por su trabajo de ambas jornadas.

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