Argentina habilita a sus Fuerzas Armadas a contribuir al control de fronteras y actuar contra amenazas terroristas
El decreto del gobierno de Javier Milei ya fue publicado en el Boletín Oficial del país trasandino. Esto es lo que dice el documento.
Este viernes 20 de diciembre, el Gobierno de Argentina derogó un decreto firmado en 2006 por el entonces mandatario Néstor Kirchner.
Aquel documento limitaba el accionar de las Fuerzas Armadas únicamente a las agresiones de origen externo que provengan de las fuerzas de un estado extranjero, según rescata el periódico trasandino Clarín.
Sin embargo, con la reciente medida de la actual administración, podrán actuar ante amenazas que sean consideradas como terrorismo.
Junto con ello, podrán contribuir al control de las fronteras.
Lo anterior fue establecido en el Decreto 1112/2024, publicado este viernes en el Boletín Oficial.
El documento lleva las firmas del presidente Javier Milei, Guillermo Francos (su jefe de gabinete) y Luis Petri (ministro de Defensa).
Por qué Argentina habilitó a sus Fuerzas Armadas a contribuir al control de fronteras y actuar contra amenazas terroristas
En el artículo 19 del escrito oficial se anula el Decreto 727, correspondiente al 12 de junio de 2006.
Según rescata el citado periódico trasandino, el gobierno expuso en los considerandos que la limitación anterior “se originó en un sesgo ideológico contrario a la defensa de los intereses vitales de la República Argentina”.
Desde la administración Milei también afirmaron que “si bien la ley de Defensa Nacional faculta a las Fuerzas Armadas a actuar de manera disuasiva, no define el concepto de amenaza”.
En este sentido, sostuvieron que “en el ámbito internacional existen bandas u organizaciones no estatales transnacionales con suficiente capacidad para agredir al Estado argentino, entre las cuales se pueden identificar a organizaciones terroristas y otras organizaciones paramilitares”.
Agregaron que “para el accionar eficaz y eficiente contra las citadas amenazas y agresiones, las Fuerzas Armadas deberán estar en capacidad de vigilar y controlar en forma permanente e integral los espacios terrestres, marítimos, fluviales, aeroespacial y ciberespacial y el espectro electromagnético, tanto en período de paz como en tiempo de conflicto armado o guerra”.
De la misma manera, afirmaron: “Es preciso revisar el concepto de empleo y los criterios a adoptar para el despliegue y las operaciones de las Fuerzas Armadas en todo lo relacionado con la vigilancia y control de los espacios; en particular para desplazar elementos a zonas de seguridad de fronteras y para el control efectivo en respuesta al uso del espacio aéreo como medio para actividades terroristas”.
Qué dice la nueva reglamentación de Argentina sobre las facultades de sus Fuerzas Armadas
La nueva reglamentación argentina posiciona a sus Fuerzas Armadas como “el componente esencial del Sistema de Defensa Nacional”, se lee en el documento.
“Su accionar, en forma disuasiva ante amenazas, o efectiva contra agresiones, será dispuesto en función del origen externo de dichas amenazas o agresiones, con independencia del lugar de ocurrencia”.
Y precisan: “Se considerarán amenazas todas las acciones o los mensajes explícitos que llevan a cabo eventuales oponentes que, teniendo la capacidad, muestran la intención o dan indicios de la probable concreción de perjuicios en contra de los intereses vitales de la Nación argentina”.
“Se considerarán agresiones la ejecución y consumación de un conflicto armado o guerra, que provengan de Fuerzas Armadas u organismos paraestatales extranjeros, de organizaciones terroristas u otras organizaciones transnacionales, o cualquier forma de agresión externa que sea incompatible con la Carta de las Naciones Unidas, que afecten los intereses vitales de la Nación argentina”.
Bajo esta línea, el último párrafo del primer artículo establece: “Su misión principal es actuar en los conflictos originados por amenazas y agresiones de origen externo que se desarrollen o incidan en los espacios terrestres, marítimos, fluviales, lacustres, aeroespacial, ciberespacial y en el espectro electromagnético, sin perjuicio de las misiones establecidas en la Ley de Seguridad Interior Nº 24.059 y en la Ley de Reestructuración de las Fuerzas Armadas Nº 24.948″.
Qué dice la nueva norma de Argentina sobre las Fuerzas Armadas y el control de las fronteras
El decreto dice en la sección de “Organización Territorial y Movilización” que “la Defensa Nacional coadyuva al sistema de vigilancia y control de fronteras” y que “para ello, en tiempos de paz, las Fuerzas Armadas podrán complementar el accionar de las Fuerzas de Seguridad en las zonas de seguridad de fronteras, definidas en el Decreto N° 253/18″.
Se agrega que “en esos despliegues podrán llevar a cabo actividades de adiestramiento operacional, brindar apoyo logístico al sistema de seguridad interior, realizar acciones de apoyo a la comunidad y prestar asistencia ante catástrofes naturales o emergencias”.
Puedes leer el documento completo haciendo click en este enlace.
Comenta
Los comentarios en esta sección son exclusivos para suscriptores. Suscríbete aquí.