Ideario institucional
En esta semana el Tribunal Constitucional (TC) ha entregado la redacción final y publicación del fallo sobre el proyecto de ley de despenalización del aborto en tres causales específicas. Junto con desarrollar las razones por las cuales aprobó la constitucionalidad del proyecto de aborto, hizo cambios significativos en relación a lo planteado en la objeción de conciencia. Así, junto con ratificar la objeción personal, la amplió a todos quienes participen en la realización de un procedimiento quirúrgico de aborto; es decir profesionales, técnicos y personal de servicio. Esta es una buena noticia, ya que elimina la discriminación hacia el personal no profesional.
Además, el fallo indica que la objeción de conciencia podrá ser planteada de manera legítima por instituciones, sujetos jurídicos o asociaciones privadas. Es decir, se valida el ideario institucional, que incluye los principios y valores que definen la misión e identidad propia, que caracterizan a una colectividad u organización. Esto se apoya en la Constitución, la que protege la libertad de asociación y la adecuada autonomía de los cuerpos intermedios, tales como universidades, hospitales y centros de salud. Así, en nuestro estado democrático y pluralista, se garantiza el derecho de las instituciones intermedias legítimamente constituidas, de conducirse de acuerdo a sus principios y valores explicitados en sus estatutos y misión con plena independencia del poder político.
De esta manera, como hemos dicho anteriormente, ratificamos que en nuestras dependencias de la Red de Salud UC Christus no se realizarán abortos, por lo que las pacientes se derivarán a centros públicos y privados, mediante convenios previamente establecidos, de acuerdo a la previsión de las pacientes. Por supuesto, esto no se aplica si la paciente está en riesgo vital, en cuyo caso no se puede aplicar la objeción de conciencia personal ni la objeción institucional, ya que la vida de la madre es lo primero a cuidar y proteger.
Hemos planteado además, que lo que realmente es una prioridad, es fortalecer una real ley de acompañamiento de la madre y del hijo, para proporcionar el apoyo de salud integral que ambos pacientes requieren en una situación de vulnerabilidad en el embarazo. Este programa Acompañares está en vigencia en nuestra institución, centrado en un apoyo integral e interdisciplinario, y se ha presentado a las autoridades del ministerio para su implementación a nivel del país. Es un programa que entrega apoyo, consuelo y atención médica de calidad. El acompañamiento es la respuesta de una sociedad que protege la vida, entrega apoyo y dignidad a la madre y su hijo.
El compromiso irrenunciable de la UC, de sus hospitales y centros de salud con la vida de la madre y del hijo que está por nacer, es por fidelidad a su misión, identidad e ideario institucional. El fallo del TC reconoce la importancia de las instituciones con ideario, las que le dan diversidad y pluralidad a nuestro país, lo que significa una gran riqueza. Por esto, reiteramos que en nuestras dependencias de salud, la vida, el primer derecho humano, se va a respetar desde la fecundación hasta la muerte natural.
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