Estos contribuyentes recibirán su devolución de impuestos de forma anticipada el 29 de abril, si la solicitaron por transferencia electrónica.
28 abr 2020 03:48 PM
Estos contribuyentes recibirán su devolución de impuestos de forma anticipada el 29 de abril, si la solicitaron por transferencia electrónica.
Otra de las alternativas que se propone es que se postergue para el próximo año el cobro. Para analizar el tema, el gobierno formó una mesa técnica de trabajo.
Para quienes al 17 de abril no habían realizado su declaración, se considerará la cuenta bancaria registrada el año 2019.
Corresponden a personas y pymes que declararon renta hasta el 10 de abril y que recibirán su devolución el 21 de este mes.
El beneficio rige para personas naturales con propiedades con un avalúo fiscal inferior a los $133 millones a marzo de 2020, y para empresas con ventas inferiores a 350.000 UF al año.
Así los trabajadores independientes y empresas mipymes podrán obtener su devolución el 21 de abril.
Este año, se anticiparán las primeras devoluciones de impuestos para trabajadores independientes y Mipymes al 21 de abril si declaran hasta el 10 abril.
"Los funcionarios que estuvieron en contacto estrecho iniciarán un periodo de cuarentena preventiva, hasta tener los resultados", informó el Servicio de Impuestos Internos.
Los diputados Issa Kort (UDI) y Paulina Núñez (RN) solicitaron que se investigue el presunto fraude.
Checho Hirane se mostró "muy contento" con el fallo y con cerrar un proceso judicial que tomó más de una década en resolverse finalmente en tribunales. "En su momento me dijeron: Mira paga esto y se arregla todo. Dije: no, no voy a pagar, porque soy inocente y finalmente demostré hasta en la Suprema mi inocencia. Estoy muy contento porque la credibilidad es muy importante", comentó.
La idea es orientar al contribuyente frente a situaciones que podrían requerir fiscalización, en el marco del cumplimiento de la Norma General Antielusión. Con estos casos adicionales, el catálogo suma 60 esquemas.
Los trabajadores sostienen que dichos antecedentes son muy importantes para por ejemplo, el debate respecto de las exenciones.
Se cobrará un sobretasa de 0,075% a viviendas de más de $400 millones de avalúo fiscal, es decir el doble en valor comercial.
La idea original en materia de impuesto a las viviendas era aplicar el tributo a aquellas viviendas que partían desde los $ 200 millones. Pero ahora esa marca se elevó.
El organismo estableció que la declaración de IVA correspondiente al mes de septiembre podrá realizarse hasta el 10 de noviembre, sin ningún tipo de recargo.