A tres años del caso Quintero, la SMA cita a declarar a ejecutivos de Enap por descarga de crudo iraní
En su oficio la autoridad ambiental citó a declarar a Edmundo Piraino Suez, Gerente ENAP Refinería Aconcagua; Carlos Lizana Guerrero, jefe del Área Terrestre del Terminal Marítimo Quintero ENAP Refinerías y Juan Pablo Rhodes Valenzuela, jefe del Terminal Marítimo Quintero, entre otros. Además, la autoridad anunció que solicitará copia de la carpeta investigativa que lleva adelante la fiscal Ana María Aldana. Mientras, el abogado que representa a funcionarios de la petrolera estatal, Cristián Muga solicitó no instrumentalizar el proceso penal.
“Informar detalladamente sobre el proceso al que fue sometido el crudo Iranian Heavy, con detalle diario sobre la situación del crudo desde que éste fue descargado en el Terminal Marítimo hasta que fue enviado y procesado en su totalidad en la Refinería Aconcagua”.
Esta es parte de una resolución que recientemente emitió la Superintendencia del Medio Ambiente en la que se producía sobre la presentación de descargos que efectuó Enap por el proceso sancionatorio que sigue en su contra a raíz de los episodios de contaminación en la bahía de Quintero Puchuncaví, ocurridos en agosto de 2018.
En su oficio la autoridad ambiental citó a declarar a Edmundo Piraino Suez, Gerente ENAP Refinería Aconcagua; Carlos Lizana Guerrero, jefe del Área Terrestre del Terminal Marítimo Quintero ENAP Refinerías y Juan Pablo Rhodes Valenzuela, jefe del Terminal Marítimo Quintero, entre otros. A ellos se suman: Rodrigo Gamboa, Pedro Ponce, Felipe Font, Alvaro Lever y Rolando Pérez, ejecutivo de Baker Hughes, empresa que se encargó de aplicar el seceustrante en el proceso de almacenaje del petróleo iraní.
“Cítese a declarar a las siguientes personas, en relación a la operación de recepción de crudo Iranian Heavy con altas concentraciones de ácido sulfhídrico e inyección de secuestrante con altas concentraciones de formaldehido, realizada en el Terminal Marítimo de Quintero el año 2018, así como su relación con la emergencia ambiental ocurrida a partir del 21 de agosto de 2018 y sus posibles efectos sobre la población de Quintero y Puchuncaví”, consignó la resolución fechada el 2 de junio de 2021 a la que tuvo acceso La Tercera PM.
En el mismo documento la autoridad ambiental también anunció que oficiará a la Fiscalía Regional del Bíobío para acceder a copia del expediente penal del caso que generó alarma en la población luego que se registraran a fines de agosto una serie de intoxicaciones de personas, acusando náuseas, mareos y dolor de cabeza. Entre agosto y octubre de 2018, 1.553 niños, niñas y adolescentes fueron atendidos por síntomas de intoxicación a lo largo de ocho centros médicos de la Quinta Región, según acredita un informe publicado por la Defensoría de la Niñez.
Por lo pronto, en un plazo de ocho días hábiles, Enap deberá explicar de manera detallada cada movimiento de descarga y almacenaje del petróleo iraní. “Para cada día, se deberá señalar en que estanque(s) se encontraba la totalidad del crudo IH y en qué volúmenes, así como los volúmenes y localización de las aguas drenadas de los respectivos estanques. Se deberá incluir el detalle del crudo enviado”, acotó la SMA.
Además, Enap debe entregar las bases de datos utilizadas para determinar la tasa de emisión en los informes que abordan las emisiones y las dispersión del ácido sulfhídrico y la simulación de dispersión de formaldehído por el drenaje de aguas desde los estanques de crudo del terminal Quintero. El ácido sulfhídrico (H₂S) y el formaldehído (CH2O) son dos compuestos químicos altamente tóxicos y muy inflamables. En particular el primero posee un olor es el de materia orgánica en descomposición y los huevos podridos.
Para Enap la resolución de la SMA era esperable en el marco de un proceso sancionatorio, donde la empresa ha cuestionado la efectividad de los cargos y de los supuestos efectos que se le atribuyen a dichas infracciones. Por medio de una declaración escrita señaló: “la citación a ejecutivos de ENAP y de otras empresas e instituciones es una más de las diligencias del procedimiento. La compañía continuará ejerciendo sus derechos para demostrar que las supuestas infracciones que nos imputa la SMA, no son efectivas”.
Tiempo y oportunidad
A través de esta nueva resolución, la autoridad ambiental ahonda en la tesis que originalmente levantó la anterior administración de la SMA que encabezó el abogado Cristián Franz, quien renunció a su cargo en medio de una fuerte polémica con la ministra de Medio Ambiente, Carolina Schmidt, quien le dio un ultimátum de 48 horas para que diera a conocer los resultados de su investigación.
Se trata de una investigación compleja que le ha tomado casi tres años a la SMA, considerando que el estándar probatorio es muy alto. En efecto, actualmente está vigente una causa judicial pendiente en el Tribunal Ambiental de Santiago para revisar la reformulación de los cargos imputados a la empresa estatal. Según trascendió es una indagatoria rigurosa que viene a esclarecer con profundidad los hechos.
Flavia Liberona, directora Ejecutiva de la Fundación Terram cuestionó el plazo que ha tomado la Superintendencia del Medio Ambiente en resolver el caso. “Evidentemente el tiempo que toman estos procesos son extremadamente largos, sobretodo el ecaso de Puchuncaví Quintero que fue una situación super dramática. Fue una situación en la que existen antecedens de uan zona altamente contaminada, donde nosotros creemos que la autoridad ambiental y la ministra del Medio Ambiente fue bastante negligente en las acciones que tomó. El trabajo de la superintendencia ha sido lento y el informe de la Contraloría que salió hace unas semanas señala este lento actuar de las autoridades en materia de fiscalización. Esto corrobora no más este hecho”.
Sin embargo, la investigación contra Enap no es el caso que más tiempo le ha tomado a la SMA. El 17 de enero de 2018, la SMA finalizó el procedimiento sancionatorio y dictó sanción contra Compañía Minera Nevada SpA, titular de las RCA´s del proyecto Pascua Lama. La entidad tomó cinco años en resolver el proceso iniciado en 2013.
“No corresponde instrumentalizar el proceso penal”
En paralelo sigue avanzando la investigación de la fiscal Ana Maria Aldana por los episodios de contaminación enQuintero, Puchuncaví y Talcahuano. La magistrada a fines de abril explicó ante el Juzgado de garantía de Talcahuano, que requería de otros seis meses para completar la indagatoria. En su presentación la persecutora sostuvo que persisten diligencias pendientes por lo que aún no se ha podido establecer si aumentará o no el número de imputados.
El tribunal acogió la solicitud de la fiscal y extendió en seis meses el plazo de investigación. En octubre deberá definir si pide el sobreseimiento temporal; hace uso de la facultad de no perseverar o derechamente acusa.
El abogado Remberto Valdés, que representa a 1.400 víctimas, explicó que “la fiscal para pedir el aumento de plazo solicitó en una audiencia pública un mayor plazo, porque tenía que tomar unas declaraciones presenciales y con la pandemia se han dificultado. Anunció además que vendrían tres nuevos formalizados vinculados a Enap. Por lo tanto esta causa avanzaría dentro de muy poco con tres formalizados mas de la plana ejecutiva de la Empresa Nacional del Petróleo. Lo que para nosotros como querellantes es tremendamente importante”.
Frente a la posibilidad de que aumente el número de formalizados, el abogado defensor de los ejecutivos de Enap, Cristián Muga sostuvo: “Hemos prestado toda la colaboración que nos ha sido requerida en este caso. Cualquier decisión de formalización de nuevos ejecutivos o trabajadores sería sorpresiva y no se ajustaría al mérito ni a los antecedentes que existen en la carpeta de investigación”.
“Los querellantes representan intereses privados que no están recogidos en la formalización. No corresponde instrumentalizar el proceso penal para obtenerlos”, remató.
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