“Abuso grave”: fiscal Chong pide a la Suprema que anule sobreseimiento de exministra Blanco y sancione a jueces que la exculparon

Javiera-Blanco

Tanto el Ministerio Público como el Consejo de Defensa del Estado (CDE) recurrieron de queja en contra de la resolución de los ministros de la Corte de Apelaciones de Santiago en que sostuvieron que los hechos por los que se indagaba a la exministra, en la causa por desvío de gastos reservados de Carabineros, estaban prescritos. Como advierten en sus respectivos recursos los jueces del tribunal de alzada habrían "excedido" ampliamente sus atribuciones al dar por finalizada la persecución penal en contra de la abogada.


El Ministerio Público arremetió en contra de la resolución con que la sexta sala de Corte de Apelaciones de Santiago sobreseyó de forma definitiva a la exministra de Justicia Javiera Blanco, en la causa por los presuntos desvíos de gastos reservados asignados a Carabineros. A través de la presentación de un recurso de queja ante la Corte Suprema -vía extraordinaria que pocas veces es ocupada por la Fiscalía- la jefa de Alta Complejidad Centro Norte, Ximena Chong, aseguró que los dos ministros que acogieron la solicitud de la defensa incurrieron en “graves faltas o abusos”.

Por medio de un documento de 34 páginas al que accedió La Tercera PM, la persecutora a cargo de la indagatoria pide a la sala penal del máximo tribunal que revoque lo resuelto por el ministro Antonio Ulloa y la ministra suplente Ana María Osorio, el pasado 16 de junio y, en definitiva, permita que se siga indagando a la otrora secretaria de Estado por su presunta responsabilidad en el delito de malversación de caudales públicos. Esto en base a que habría sido una de las autoridades que recibió sobres con dinero en efectivo desde los altos mandos de la institución que hoy también están en la mira de la justicia.

Sostiene la fiscal, entre otros argumentos, que los citados jueces excedieron sus atribuciones al fundamentar su determinación y declarar prescritos los delitos, por cuanto en la revisión y resolución de la petición de la defensa de Blanco -a cargo de la abogada Paula Vial- habrían entrado al fondo de los hechos por los cuales se persigue a la exautoridad, sin que formalmente éstos se les expusieran en su totalidad.

“Para arribar a la decisión, (la Corte) lo hace merced a aseveraciones que implican una valoración de medios de prueba, lo que es privativo del tribunal que conoce del fondo de la causa, del tribunal de Juicio Oral en lo Penal (...) En efecto, es importante desde ya hacer presente que el razonamiento que exhibe la decisión impugnada, supone un conocimiento cabal de los antecedentes de la investigación aún abierta y con plazo vigente, que al día de hoy son acopiados en 88 Tomos, cuyo contenido probatorio que no fue objeto de debate ni de conocimiento, entendiendo además agotada una investigación, a la que insistimos, no han tenido acceso en forma directa”, se lee en el documento.

El Consejo de Defensa del Estado (CDE), organismo que integró durante un tiempo la abogada, pero al que renunció al verse involucrada en esta causa penal, también recurrió en contra del fallo que la exculpó y pidió a la Suprema revertirlo para que la Fiscalía siga adelante con el caso.

En el marco de la causa, cabe destacar, la extitular de Justicia fue formalizada por el delito de malversación de caudales públicos que se habrían consumado entre enero de 2007 y febrero de 2010, periodo en que la abogada ocupaba el cargo de subsecretaria de Carabineros, durante el primer gobierno de Michelle Bachelet. Se le atribuye, como dan cuenta los antecedentes contenidos en la carpeta, el haberse apropiado de $ 42.138.000, actuando “en concierto” con los generales también encausados.

Una decisión “infundada”

En su presentación, la fiscal Chong también alega que los ministros en cuestión habrían hecho un análisis superficial del delito que supuestamente cometió Blanco, dando por desestimado erradamente, según la persecutora, la eventual malversación de caudales públicos. “Toman una decisión tan importante como el sobreseimiento definitivo basados solamente en su percepción del debate de los intervinientes, lo que constituye una falta o abuso grave que debe corregirse”, advierte.

Añade, en ese sentido, que los magistrados señalaron que no se ha acreditado el que haya actuado coordinadamente con los generales de Carabineros indagados, lo que -recalca la fiscal- “nuevamente constituye una falta o abuso y a todas luces excede el examen del sobreseimiento definitivo en este estadio procesal y que, reiteramos, es propio de la valoración de las pruebas que hace el tribunal de fondo una vez que se ha rendido ella en el juicio”.

“Nótese como los ministros recurridos, refieren a la inexistencia (respecto de una investigación en curso y abierta), de antecedentes que permitan, a esos mismos sentenciadores arribar a la convicción de que Blanco Suárez era parte de un plan delictivo. ¿Corresponden esas reflexiones en esta sede de apelación de un sobreseimiento definitivo reclamado en fase inicial? Claramente, no”, reflexiona la persecutora en medio de su recurso.

Para la representante del Ministerio Público, los magistrados estuvieron lejos de fundar el sobreseimiento en el análisis, valoración y ponderación de los antecedentes reunidos durante la investigación. Para ella, como deja en claro en la reclamación, “se ha tratado de una decisión infundada, o insuficientemente fundada, desde que sólo acoge aquellos argumentos vertidos en el debate o en la querella del Consejo de Defensa del Estado, dejando de lado todos los demás testimonios, documentos y antecedentes recopilados y que permiten sustentar los cargos en contra de la imputada mencionada”.

En el recurso de queja del CDE, en tanto, la abogada procuradora fiscal de Santiago, Ruth Israel, coincide con que la resolución no está debidamente fundada, que los ministros hicieron una ponderación de las pruebas que no es propia de su rol en esta etapa y que entendieron una causa abierta como cerrada. Asegura, asimismo, que en su análisis los jueces “desnaturalizan los argumentos para reforzar su propia interpretación de que la imputada Blanco Suárez no podría tener a su cargo los caudales públicos que provienen de gastos reservados”.

Israel agrega, en el mismo sentido, que la resolución del tribunal de alzada “dota a la imputada de una suerte de protección que la exceptúa y distingue de los coimputados, socavando la institución del sobreseimiento definitivo (...) bajo un supuesto análisis de los antecedentes, cuestión claramente improcedente”. Se desprende del escrito, entonces, que los recurridos hicieron una suerte de juicio anticipado donde no permitieron la actuación de intervinientes.

No deja pasar la abogada que se dicta la prescripción de los delitos “sin contar con los antecedentes mínimos pertinentes como acontece con el reporte de migración o Certificado de Viajes de la imputada a fin de certificar el o los períodos de ausencias”.

“No hay errores”

En medio de la presentación de los recursos, la defensa de la exministra pidió tener presente su postura, solicitando al máximo tribunal desestimar ambas quejas.

Como se sostiene en el documento ingresado por Paula Vial, porque “como bien resalta el fallo de la Corte, estamos en primer lugar, frente a una imposibilidad jurídica de configuración del delito, y en segundo lugar, ante una imposibilidad de configuración de responsabilidad penal por aplicación de las reglas de la prescripción”.

“En ese marco, ni otros 6 años de investigación desprolija ni otras diligencias de investigación podrían alterar la situación, volviendo imperativa la declaración del sobreseimiento definitivo de la causa respecto de mi representada”, agrega.

En el caso de que la Suprema decida no entrar al conocimiento de los recursos de queja ingresados, tanto el Ministerio Público como el CDE les piden en subsidio que puedan actuar de oficio y, por esa vía, “corrijan las faltas o abusos en que han incurrido el ministro Antonio Ulloa y la ministra Suplente Ana María Osorio”.

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