Fiscalía insiste en desafuero de Ossandón ante la Suprema y defensa alista recurso al TC para bloquear apelación
En el escrito, de 13 páginas, realizado por los fiscales Manuel Guerra y Felipe Sepúlveda, apuntan a que la Corte de Apelaciones de San Miguel excedió “con creces el estándar de antecedentes preliminares del desafuero”, ya que este no es el tribunal competente para resolver el fondo del asunto, es decir, si el senador es o no culpable del delito de tráfico de influencias que acusa el Ministerio Público. La defensa del senador, Samuel Donoso, dijo que "no cabe el recurso de apelación ante la Corte Suprema en este procedimiento" y que ocuparán las vías que les da la ley para impedirlo.
Cuatro son las razones centrales que hoy entregó la Fiscalía Metropolitana Oriente a la Corte Suprema para intentar revertir el rechazo -por nueve votos contra cinco- de la Corte de Apelaciones al pedir el desafuero del senador Manuel José Ossandón.
El parlamentario es acusado por el Ministerio Público de tráfico de influencias, al presuntamente haber intervenido en la Municipalidad de Pirque a favor de la Sociedad Explotadora de Áridos Cavilú SpA, la empresa en que su hijo Nicolás era el administrador, en el marco de un millonario negocio de extracción de áridos en el río Maipo. La investigación surgió a raíz de una denuncia presentada el 9 de noviembre de 2018 por el alcalde de Pirque, y primo del senador, Cristián Balmaceda, quien lo acusó de intervenir en el concejo municipal de su comuna en octubre de 2017 y también ante él, para tratar de destrabar un convenio en la municipalidad para favorecer a Cavilú, sin transparentar que ahí trabajaba su hijo.
El escrito de 13 páginas realizado por los fiscales Manuel Guerra y Felipe Sepúlveda plantea que la Corte de Apelaciones de San Miguel al desestimar su petición excedió “con creces el estándar de antecedentes preliminares del desafuero”, ya que este no es el tribunal competente para resolver el fondo del asunto, es decir, analizar la prueba de cargo contra el parlamentario. De acuerdo al Ministerio Público, debe ser el tribunal oral el encargado de analizar el fondo.
Con esta acción, creen en la fiscalía, los ministros de corte terminaron “inhabilitándose, eventualmente, en forma completa para conocer posteriormente de recursos que tuvieran que ver con el fondo del asunto, transformándose en una valoración propia de un juicio oral”. Asimismo, sostienen que lo que hizo la corte al realizar una ponderación en detalle fue una acción arbitraria y en desmedro de los ciudadanos no aforados, “quienes no cuentan con el privilegio de tal magnitud a la hora de ser encausados”.
Razonamientos improcedentes
Como segundo punto, señalan que la corte hizo “razonamientos improcedentes y errados de cómo en su concepto no se configuran los requisitos del tipo penal, desechando algunos hechos de la acusación, porque en su concepto no pueden darse por probados, haciendo una valoración de la probanza que no corresponde”. De esta forma, la fiscalía cuestiona el análisis del tipo penal de tráfico de influencias que hizo el tribunal de alzada: “Sin perjuicio de que la sentencia no señala de forma clara cuál es el concepto de ejercer influencias que hace suyo para efectos de analizar la adecuación típica de las conductas, no es menos cierto que sus citas aluden a ejercer influencia ‘con abuso del cargo’, lo que es improcedente, ya que tal elemento no solamente no está contemplado en la redacción de la norma en cuestión, sino que, además, dicha referencia a la conducta abusiva del sujeto activo fue eliminada durante la tramitación legislativa de la norma”.
A esto se suma, dicen los fiscales, que los ministros no consideraron “todos los medios de prueba que sirven para acreditar lo que pasó en estas reuniones sin testigos entre Ossandón y Balmaceda, como los mensaje de WhatsApp”.
Además, como tercer punto, indican que el tribunal de alzada “incurre en un error patente al confundir la calidad de empleado público del sujeto activo (senador) con el prevalimiento, que es la forma en cómo se ejerce la influencia”.
Y como cuarto punto, para el Ministerio Público “es equivocado lo que se sostiene en el sentido de que la influencia desplegada por Ossandón no está orientada a una operación con sentido económico, ya que el rechazo de la solicitud de prórroga de plazo tuvo devastadores efectos económicos para los dueños de Cavilú SpA, como el propio Nicolás Ossandón Lira (hijo del senador), ya que se produjo la caducidad de la concesión de la que era titular la empresa”.
Para la fiscalía, “lamentablemente se ha arribado a una conclusión impropia de este antejuicio, ponderando parcialmente algunos de los numerosos medios de prueba que se tienen para acreditar estos hechos”.
Según fuentes del caso, el abogado de Ossandón, Samuel Donoso, está preparando un requerimiento ante el Tribunal Constitucional (TC). Esto, porque hay quienes sostienen que solo es apelable ante la Corte Suprema la resolución que concede el desafuero, no la que la rechaza. Esta estrategia ha sido ocupada por otros parlamentarios a los que el Ministerio Público les ha solicitado el desafuero y ha resultado desestimado en primera instancia. Hay fallos en ambos sentidos, algunos que le han dado razón a la defensa y otros que no. Es una discusión aún abierta y una ley abierta a interpretaciones.
La decisión va en contra de lo planteado hace dos años por el propio Ossandón, quien a través de un comunicado aseguró que renunciaría a su fuero para demostrar su inocencia. “La gente sabe lo que he hecho en política y jamás me voy a prestar para ensuciar mis manos en nada ilegal o que falte a la ética. Esa es mi norma de vida y por eso renuncio a mi fuero para que me investiguen a fondo, de cabeza a los pies, y también para que el Ministerio Público inicie una indagación a fondo de lo que ocurre en el municipio y donde aportaré todos los antecedentes que poseo para que se sepa la verdad”, dijo el 18 de noviembre de 2018.
Consultado por la ofensiva del Ministerio Público ante el máximo tribunal, el defensor del senador sostuvo que “estimamos que no cabe el recurso de apelación ante la Corte Suprema en este procedimiento, en contra de la resolución que rechaza el desafuero y, en consecuencia, vamos a estudiar las vías procesales para que sea desechado el recurso de apelación”.
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