De qué hablamos cuando hablamos del Silala

A_UNO_679806-820x385

Luego del triunfo de Chile en la demanda marítima que había interpuesto Bolivia en la Corte Internacional de Justicia, los ojos se trasladaron hacia la demanda interpuesta por Chile en 2016 por las aguas del río Silala.

A través de la demanda, Chile busca despejar que el Silala es un río internacional que nace en Bolivia y llega a nuestro país por efecto de la ley de gravedad. Y no es sólo un manantial como asegura la administración de Evo Morales.

El río Silala es un afluente del río Inacaliri, que tributa al río San Pedro y a través del río Loa llega al mar. En Chile, pertenece a la Segunda Región y se ubica al interior de la comuna de Calama.

Tiene sus nacientes en Bolivia, en torno a los 22°03´ latitud sur y 68°07´ longitud oeste, a una altura superior a 4.350 metros, en un anfiteatro de altas montañas que superan los 5.000 metros (volcán Apagado y cerro Inacaliri).

El Silala cruza a Chile a través de una quebrada con una pendiente de entre 4 y 5% que se ha formado durante por lo menos 8.400 años. Cuando entra a Chile su caudal en la frontera es de 170 litros por segundo en promedio, y allí  interactúa con varias otras fuentes de aguas subterráneas y gana un caudal adicional de 124 litros por segundo en promedio.

En sus medidas, tiene un metro de ancho, aproximadamente, una cuenca de 95,5 kilómetros cuadrados y un largo total de 10 kilómetros. De ellos, unos 4km están en territorio boliviano y 6km kilómetros están en territorio chileno.

Para la región de Antofagasta, la cuenca hidrográfica del río Loa -donde está el Silala-, es clave. Por más de un siglo, las aguas del Silala han sido usadas para distintos propósitos, incluyendo el suministro de agua potable para Antofagasta y los pueblos de Sierra Gorda y Baquedano. También para uso industrial.

Silala-WEB-900X600.jpg

El caso

A diferencia del caso anterior, esta vez es Chile el que recurre a la instancia internacional, el 6 de junio de 2016, en que solicita a la CIJ que juzgue y declare que este río Silala es un curso de agua internacional, cuyo uso se rige por el derecho internacional consuetudinario, que Chile tiene derecho al uso equitativo y razonable de las aguas del río Silala, que bajo el estándar de utilización equitativa y razonable, Chile tiene derecho al uso que actualmente hace de las aguas del río Silala.

Chile plantea que Bolivia tiene la obligación de tomar todas las medidas apropiadas para prevenir y controlar la contaminación y otras formas de daño a Chile que resulten de sus actividades en el río Silala", así como de "cooperar y proporcionar a Chile una notificación oportuna de medidas planificadas que pudiesen tener un efecto negativo sobre el río Silala, de intercambiar datos e información y de realizar, cuando proceda, una evaluación de impacto ambiental, para permitir que Chile pueda evaluar los posibles efectos de tales medidas planificadas, obligaciones que Bolivia ha incumplido, al decir de la posición chilena.

Con esta demanda, Chile sostiene que resguarda sus derechos de uso sobre las aguas del río Silala, toda vez que Bolivia desconoce el carácter transfronterizo del curso de agua y sostiene que es dueña del 100% de sus aguas.

La demanda chilena se realizó en respuesta a la aseveración por parte de Bolivia de que Chile estaba robando las aguas del Silala, y por el riesgo que veía Chile de que Bolivia intentara cortar el curso natural del río hacia Chile. De hecho, Bolivia amenazó con demandar a Chile por supuesto uso indebido de las aguas del Silala, anuncio realizado por ese país el 23 de marzo de 2016.

Según ha señalado Chile, por 100 años Bolivia reconoció el carácter internacional del río, cuestión que queda en evidencia en el Mapa del Tratado de Paz y Amistad de 1904, donde Chile y Bolivia establecieron su límite internacional definitivo.

En el marco de dicho tratado -sostiene Chile- ambos países aprobaron un mapa que da cuenta del trazado del límite internacional. En el mismo mapa aparece representado el "Río Silala" cruzando el límite entre Bolivia y Chile, entre el punto 15 (Cerro Silala) y el punto 16 (cerro Inacaliri). Pero luego, advirtió el gobierno, en 1999 Bolivia cambió oficialmente de postura sin mayor fundamento, asegurando que el Silala era una vertiente cuyas aguas están ubicadas exclusivamente en territorio boliviano y que eran artificialmente desviadas hacia Chile.

Desde 2000, Chile propuso trabajar con Bolivia sobre los recursos hídricos compartidos y en particular sobre el río Silala, llevándose a cabo reuniones y trabajos en terreno. Luego, en 2004, Bolivia y Chile crearon un Grupo de trabajo por el Silala. Dos años después se incluyó el tema en la agenda bilateral.

Chile estuvo dispuesto a continuar ese diálogo, pero en 2010 Bolivia planteó el pago de una compensación por el uso "histórico" que ha realizado Chile e insistió en que era propietaria del 100% del mismo.  El 23 de marzo del 2016, durante su discurso por el "Día del Mar", el Presidente de Bolivia, Evo Morales, anunció el "estudio" de una demanda en contra de Chile por el uso de las aguas del río Silala. El 26 de marzo del 2016, el Presidente Morales agregó que demandaría a Chile ante la Corte Internacional de Justicia, pero Chile se adelantó y presentó su demanda el 6 de junio de 2016, dando inicio al caso.

Etapas

De conformidad con el cronograma establecido por la Corte, Chile presentó su memoria el 3 de julio de 2017. Bolivia tenía plazo hasta el 3 de julio de 2018 para presentar su contramemoria, pero el 14 de mayo de 2018, el Estado Plurinacional de Bolivia presentó ante la Corte Internacional de Justicia de La Haya una solicitud para aplazar la entrega de su contramemoria. Por ello, la Corte le consulta su opinión a Chile, y el 16 de mayo pasado, la Cancillería responde que accede a la solicitud.

Finalmente, el 31 de agosto pasado, Bolivia presentó ante la Corte Internacional de Justicia su contramemoria. Junto a esto, el Presidente Evo Morales anunció la presentación por parte de Bolivia de una contrademanda.

Tras la presentación por parte de Bolivia, el Presidente de la Corte citará a los Agentes de ambos Estados a una reunión, para conocer sus posiciones con respecto a una eventual segunda ronda de presentaciones escritas (Réplica y Dúplica). Luego, la Corte convocará a una audiencia en el Palacio de la Paz en La Haya, para recibir las alegaciones orales de las partes, la que podría tener lugar durante el año 2020.

Comenta

Los comentarios en esta sección son exclusivos para suscriptores. Suscríbete aquí.