Mall y agrícola de Maipú se enfrentan con Cathy Barriga en la Corte Suprema
Midmall –ligado a Grupo Araucana, que controla el proyecto, integrado por las familias Levy, De Mizrahi, Ergas y Yáñez– junto a Agrícola Los Nogales acusan unas serie de irregularidades en decreto firmado por alcaldesa de Maipú.
Conocida por sus controversias con la Contraloría General de la República y sesiones conflictivas con los concejales, hoy la alcaldesa de Maipú, Cathy Barriga Guerra se encuentra enfrentada con el mundo privado. Ante la Corte Suprema, Midmall junto a Agrícola Los Nogales se juegan la última chance para revertir un polémico decreto de la jefa comunal que modificó el uso de suelo de sus terrenos colindantes.
Si bien el conflicto se ha mantenido soterrado, las diferencias entre ambas partes se han hecho públicas tras una reunión solicitada por Midmall al diputado Mario Desbordes, de RN. La preocupación fue tal que incluso los abogados del centro comercial calificaron como "ilegal" la modificación de la alcaldesa al Plano Regulador de la Comuna de Maipú.
La disputa se remonta al año 2012, cuando la autoridad estableció un perímetro de 800 metros alrededor de la planta que mantiene operativa Enap en Maipú. Dicho radio de seguridad, denominado BLEVE, establecía que los terrenos aledaños podían ser utilizados únicamente para terminales y plantas de combustibles, y equipamiento de clase salud (cementerios y áreas verdes), dada la peligrosidad de la instalación gasífera.
Esa condición fue modificada por la jefa comunal, quien en agosto de 2017 -mediante el decreto Nº 2358-, estableció que dichos terrenos contiguos a los tanques de gas propano y butano sólo podrían ser utilizados para el almacenaje, manipulación y distribución de combustibles. Este cambio que habría afectado gravemente a la agrícola y al centro comercial. Por lo cual, ambas compañías presentaron reclamos de ilegalidad ante la Corte de Apelaciones de Santiago, los cuales fueron rechazados.
Concretamente el decreto alcaldicio en cuestión afecta a Midmall en el desarrollo futuro de una parte de un proyecto que pretende llevar a cabo y que se encuentra justamente dentro del radio de exclusividad de riesgo. Esto a pesar que cuenta con un permiso de edificación aprobado por el municipio y vigente desde 2014. Agrícola Los Nogales, en tanto, intentó vender parte del terreno, pero la transacción fracasó luego que el comprador conociera la limitación que marca el decreto de la alcaldesa.
En los escritos, las dos compañías alegaron falta de competencias de la alcaldesa en la modificación cuestionada. Advirtieron que la edil no sometió el ajuste al concejo municipal y acusaron falta de atribuciones, puesto que dicho cambio contraviene una normativa superior (Plan Regulador Metropolitano). Asimismo reclamaron que la autoridad comunal debió someter la modificación a una Evaluación Ambiental Estratégica (EAE), debido a la complejidad del ajuste.
Por último, ambas empresas, representadas por el estudio Zúñiga, Prado, Bier y Aylwin, acusaron que existiría una expropiación regulatoria. Es decir, la exclusividad del uso de suelo del terreno para combustibles inhibe toda actividad proyectada por los presuntos afectados, ya sea esta comercial, agrícola, salud, vivienda, entre otras.
Ambos reclamantes solicitaron la revocación del cuestionado decreto alcaldicio y a fin de obtener los usos de suelo que habrían perdido. Tanto Midmall como Agrícola Los Nogales tenían permitido dentro del aro de exclusión construir viviendas, recintos de deportes, recinto de culto, comercio, científico, culto, educacional, seguridad, servicios y social.
Por su parte, Enap sostuvo que no es parte del conflicto judicial. Igualmente sostuvo que opera normalmente en la zona desde hace más de cuatro décadas, "siendo nuestra planta en Maipú un punto estratégico para el suministro de combustibles de la Región Metropolitana".
"Como parte del polo industrial de Maipú, participamos en una Mesa de Trabajo junto a otras compañías e industrias con el objetivo de abordar, de manera conjunta, soluciones que permitan una convivencia armónica entre la actividad económica y los habitantes de esta comuna, con respeto por las personas y el medio ambiente", recalcó.
Municipio responde
"La Corte de Apelaciones de Santiago, en fallo unánime de fecha 24 de septiembre de 2018 rechazó en su totalidad el reclamo de ilegalidad interpuesto por Mid Mall S.A. en contra de la Municipalidad de Maipú, condenándolo ademas al pago de las costas de la causa, en especial por encontrarse acreditado que el Municipio actuó con apego a la Constitución y la legalidad vigente", sostuvo la Municipalidad de Maipú al ser consultada por La Tercera PM.
Ante el tribunal, el municipio calificó como erróneos los cuestionamientos que lanzó Midmall. En efecto, a fin de respaldar el cuestionado decreto, el municipio aseguró que fueron evacuados dos informes técnicos, uno por Quantum Risk Management Consulting y otro por Enap Refinerías, que permiten dar por cumplida la exigencia referida a la existencia previa de un estudio fundado de riesgos. Ambos estudios datan de hace nueve años.
"La sociedad demandante estaba en conocimiento de la modificación al Plan Regulador Comunal de Maipú, antes de adquirir los inmuebles afectados, y aun así concurrió voluntariamente a la compra de éstos", respondió el municipio.
Para la municipalidad, la ampliación de esta actividad catalogada como peligrosa en predios cuyo uso solo permitía la actividad de clase molesta e inofensiva, no significa una ilegalidad. Tal como se explica, la Modificación N° 2 no incurre en tal situación, puesto que existen ejemplos de ello como la ampliación que COPEC está actualmente desarrollando en terrenos de su propiedad ubicados en la misma comuna.
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