“Motivado por ideología”: Invocan Ley Zamudio y juez condena a sujeto que amenazó de muerte a alcalde Carter

Rodolfo-Carter
Las amenazas que recibió Carter fueron en el contexto del estallido social.

En un inédito fallo, el 14º Juzgado de Garantía de Santiago condenó a un sujeto por amenazas de muerte en contra del alcalde de la Florida, Rodolfo Carter. Esto, según el tribunal, en razón de su pensamiento ideológicos. El sujeto ya había realizado amenazas previas, a través de redes sociales, e incluso almacenaba fotografías de un muñeco con la cara de la autoridad comunal. La sentencia marca un precedente para aquellas autoridades víctimas de hostigamiento, ya que se determinó como agravante la "incitación al odio".


“Carter cu..., te vamos a matar, matemos a este cu...”. La noche del 6 de diciembre de 2019 no fue una jornada tranquila para el alcalde de La Florida, Rodolfo Carter, y su familia. Durante manifestaciones en el contexto del estallido social, un grupo de personas burló la seguridad del condominio donde vive la autoridad comunal y llegó hasta el frontis de su casa. Por este hecho, la semana pasada -tras dos años de juicio- el 14º Juzgado de Garantía de Santiago condenó a un sujeto, quien, motivado por razones ideológicas, ejerció amenazas de muerte contra la autoridad. En un fallo además considerado inédito se invocó la Ley Zamudio, ya que el acto fue discriminatorio a causa de la preferencia política del jefe comunal.

El Ministerio Público ya había logrado identificar, a través de imágenes, a dos sujetos que esa noche participaron en la manifestación y quienes habrían realizado las amenazas contra el alcalde. Sin embargo, el tribunal sólo condenó a Pablo Andrés Casanova de la Barra a la pena de 61 días de presidio menor en su grado mínimo como autor del delito de amenazas. El otro sujeto fue absuelto debido a que las pruebas no eran suficientes para su vinculación con los hechos, según estableció la justicia.

Junto con la condena, el 14º Juzgado de Garantía reconoce como agravante las motivaciones ideológicas. Así, en la sentencia se establece que se demostró “más allá de toda duda razonable que el móvil del injusto tiene su génesis en la ideología y el cargo eminentemente político de elección popular de la víctima, al detentar la calidad de Alcalde de la Ilustre Municipalidad de la Florida, por lo que se ha de tener en especial consideración que la acción ejecutada por el incriminado ha sido en función del cargo que detenta el ofendido y que representa a una ideología política”.

Para el abogado Luis Masferrer, quien representó de Carter, el fallo no criminaliza la protesta, ya que durante el desarrollo del juicio “se sostuvo con total claridad que se reconoce el derecho a disentir de la autoridad de turno, el derecho a pensar distinto, el derecho a querer la alternancia en el poder; pero siempre por las vías legales y nunca a través de la violencia política”.

“El fallo viene en reconocer que la motivación para actuar por parte del acusado fue el hecho que Rodolfo Carter detenta el cargo de Alcalde y la diferencia ideológica que con él tiene. La agravante se incorporó el año 2012, en la llamada Ley Antidiscriminación o “ley Zamudio” y sanciona a todo aquel que comete el delito motivado por ideología política, opinión política, su orientación sexual, identidad de género, religión o creencia de la víctima, entre otras conductas discriminatorias”, agrega.

Un maniquí del alcalde

La noche del 6 de diciembre de 2019, el grupo de personas -cerca de 30- burló la seguridad del condominio donde vive Carter, luego de que un vecino abriera el portón para salir. En ese momento, las personas llegaron hasta la residencia de la máxima autoridad comunal, lo que se había coordinado previamente a través de redes sociales, según logró acreditar la fiscalía.

En el inmueble, aparte del alcalde, también estaba el hermano y diputado Álvaro Carter. Una vez fuera de la casa, según se acreditó durante el juicio, Pablo Casanova comenzó a gritar “te voy a matar conche..., voy a violar a tu mamá y voy a quemar tu casa”; “vamos a matar a los Carter”.

Pero esta no era la primera vez que Casanova se vinculaba al alcalde. Una vez que se incautó el teléfono se pudo identificar una serie de fotografías que tenía en su equipo de un maniquí con el rostro del alcalde, muñeco que posteriormente fue colgado de una pasarela en la comuna. En una de las fotografías decía “muerto por vender La Florida”.

Maniquí Carter
Las imágenes fueron encontradas en el celular del condenado.

El sujeto, quien se reconoce como activista medioambiental de la comuna, previamente había realizado una serie de publicaciones en redes sociales. Una de ellas, fue el 19 de octubre del mismo año, cuando hizo un llamado a “romper tranques, a liberar ríos, a dinamitar túneles de Alto Maipo y quemar instalaciones de Strabag, a quemar forestales, a desarmar las salmoneras, a cortar ruta a las mineras, es ahora Chile a recuperar todo”.

Maniquí Carter
Fotografía encontrada en el teléfono de Casanova.

El 16 de noviembre, volvió a publicar en Facebook señalando que todos los políticos “son cómplices de esta y todas las muertes de este movimiento, no habrá paz hasta que haya justicia conche... y no vamos a parar hasta verlos a todos en cana o muertos”. Días más tarde agregó “incitando al odio, incitando a la violencia. Lo están pidiendo a gritos, vamos a hacerles casos y los vamos a matar a todos”.

“Es un precedente muy importante”

El alcalde Rodolfo Carter, consultado por La Tercera PM, describe este juicio como un proceso largo, lento y reconociendo que el acceso a la justicia se da solamente para quien puede pagar un abogado. A pesar del tiempo que ha transcurrido, la autoridad comunal asegura estar conforme con la condena.

“Fue una cosa muy traumática y fueron dos años largos en donde yo en algún minuto pensé que esto iba a terminar en lo que pasa siempre en la justicia con la mayoría de los chilenos, nada. Para mi sorpresa hubo una sentencia que, si bien la condena es menor, son 61 días, sí sienta un precedente muy importante, es que una persona puede ser condenada por amenazas con una agravante de incitación al odio, formula esas amenazas en virtud de las ideas de la persona que es víctima”, explica.

Junto con eso, sostiene que durante muchos años en Chile “nos hemos acostumbrado a que es gratis amenazar a alguien porque piensa distinto”. Además, afirma que “si bien es cierto la condena concreta es menor, yo nunca tuve interés tampoco en que esa persona terminara presa, pero sí que se estableciera el hecho concreto, aquí hay un delito, hay un delincuente, no se puede seguir validando este tipo de hechos violentos”.

Finalmente, Carter asegura que esta sentencia “era fundamental porque se estaba sentado en Chile la costumbre de violar la libertad de las personas que ejercieran cargos públicos, un día ir a gritar a la casa de una persona como por ejemplo de la Ministra de Salud, este fin de semana, se está volviendo cada vez más común, limita las libertades, y además por la vía de las amenazas coarta la libertad de decisión de la persona que ejerce el cargo”.

Comenta

Los comentarios en esta sección son exclusivos para suscriptores. Suscríbete aquí.