Sindicatos, indemnización a comerciantes y recursos de protección: Tres "otros" flancos que se abren por la crisis de Essal

Imagen-_aim8146
El Presidente Piñera visita la planta de Essal, en Osorno. Foto: Presidencia

El presidente de la Cámara de Comercio de Osorno anticipó que exigirán a Essal compensaciones monetarias por los perjuicios sufridos tras la interrupción del suministro de agua. Mientras hoy se lleva a cabo la primera reunión entre los sindicatos y la gerencia. La cita sería clave para el devenir de la próxima negociación colectiva.


Por medio de un oficio, ayer la Empresa de Servicios Sanitarios de Los Lagos (Essal) –filial de Aguas Andinas– contestó el requerimiento de información que le efectuó la Comisión para el Mercado Financiero (CMF) sobre los efectos financieros que generará a la compañía la crisis en Osorno.

En el escrito firmado por el gerente general de Essal, Gustavo Gómez, la compañía detalló que está en pleno proceso de elaborar un análisis acabado del impacto económico que le producirá el evento, pero anticipó al regulador del mercado de valores que sólo por concepto de indemnizaciones bajo la Ley de Protección de los Derechos de los consumidores "se estiman en $2.500.000.000 y los efectos en menor facturación estimados en $250.000.000".

Las demandas de indemnización de perjuicios que eventualmente podrían asomar en el horizonte de la compañía, en caso de fracasar la instancia de mediación abierta por el Servicio Nacional del Consumidor, no son los únicos flancos abiertos que deja la crisis sanitaria. Algunos de los conflictos incluso podrían demorar años de resolución. Y un ejemplo claro de ello son las acciones judiciales que presentaron los afectados por el desborde del Río Mapocho del año 2016 y que a la fecha aún se ventilan en tribunales.

1. Nueva negociación colectiva

Durante la tarde de hoy, la gerencia de Essal tendrá que darse un espacio en su tiempo para recibir en Puerto Montt a la plana directiva de los tres sindicatos de la compañía que emplea a un total de 1.000 personas. Se trata de la primera reunión entre los ejecutivos y los trabajadores a pocos días de reestablecerse el agua en la ciudad de Osorno por la contaminación con hidrocarburos de la planta Caipulli.

En la cita, los trabajadores -que acudirán acompañados de su abogado Mauricio Barría- buscan conocer cómo se compensarán los descansos por las horas extraordinarias trabajadas que fueron trasladados de sus lugares de trabajo para cubrir la emergencia. Pero también buscan conocer la posición de la compañía frente a la nueva negociación colectiva que les corresponde legalmente iniciar en los próximos meses.

Si bien los planes de los sindicatos que reúnen a un total de 320 trabajadores apuntaban a comenzar la discusión a mediados de agosto, la crisis sanitaria adelantó los plazos y deberá adaptarse al escenario que se abra a futuro. Ello porque, en paralelo, la compañía enfrenta investigaciones tanto en la arista penal con el Ministerio Público, cuyo único imputado es el trabajador que se encontraba en la planta, como también por parte de la Superintendencia de Servicios Sanitarios (SISS).

2. Comercio de Osorno cifra en US$ 11 millones las pérdidas

El 6 de agosto, en Osorno, se llevará a cabo la segunda reunión de la mesa de mediación colectiva que lleva adelante el Sernac junto a gremios y afectados de la crisis. Los afectados serán representados por Juan Horacio Carrasco y Mario Uribe, presidentes de la Cámara de Comercio de Osorno y Cámara de Comercio del Barrio Lynch, respectivamente. A ellos se sumará también un represente de la Cámara Nacional de Comercio (CNC).

En conversación con La Tercera PM, Carrasco afirma detalló que el gremio no está dispuesto a dejar fuera una compensación monetaria y que su entidad cifra en US$11 millones las pérdidas totales del comercio osornino, número que buscan subsanar. Además, asegura que no están dispuestos a aceptar sólo una reparación del no pago de la cuenta del agua por más de tres meses a modo de compensación.

"Los US$11 millones son referenciales. Aquí hay que hacer un trabajo o estudio individual de cada uno de los afectados y determinar el daño emergente, como también el lucro cesante. En función de eso, nosotros estaríamos solicitando las indemnizaciones correspondientes", sostuvo el presidente del gremio. "Hubo una baja en las ventas, porque hubo locales que no pudieron abrir, pero la demanda tiene que ir caso a caso para determinar qué fue lo que perdió cada empresa. Esa prueba y evidencia hay que construirla", dijo Carrasco.

¿Qué viene ahora? Los afectados deberán llenar un formulario que determinará las pérdidas inicialmente. Pero "mientras no haya acciones legales y civiles en contra de Essal, lo que se determinó es que se rellene un formulario para cuantificar el daño".

3. Nueve recursos de protección en Valdivia

En paralelo, Essal y la Superintendencia de Servicios Sanitarios deberán rendir cuentas ante la Corte de Apelaciones de Valdivia, donde nueve recursos de protección se tramitan por personas naturales que acusan una serie de vulneraciones a los derechos consagrados por la Constitución Política del país.

Los requerimientos fueron acogidos a tramitación, y si bien aún no existe un pronunciamiento del tribunal de alzada, la SISS solicitó un plazo adicional de 10 días adicionales a contar de hoy para contestar el requerimiento.

María Alicia Von Pottstock, abogada Jefa del Área judicial de la SISS, explicó que el aumento del plazo se debe a que actualmente el servicio "se encuentra elaborando un Informe de Investigación Especial, instruido por resolución administrativa, SISS N° 2552-2019, el cual será fundamental para evacuar el informe requerido".

El primero de los recursos de protección fue presentado por el diputado Javier Hernández Hernández (UDI), quien acusó que por los efectos generados por la emergencia provocada por Essal "constituyen una grave perturbación y amenaza a nuestro derecho a vivir y desarrollar condiciones de vida en un medio ambiente libre de afectación ambiental".

"La empresa no ha dado cumplimiento a las obligaciones de producir y distribuir agua potable; y realizar las demás prestaciones relacionadas con dichas actividades, en la forma y condiciones establecidas en el Decreto con Fuerza de Ley No 382 del Ministerio de Obras Publicas de 1988, Ley General de Servicios Sanitarios, y demás normas que le son aplicables. Es obligación de la empresa proporcionar agua de buena calidad, apta para el consumo humano", remató.

Comenta

Los comentarios en esta sección son exclusivos para suscriptores. Suscríbete aquí.