Cómo excusarse, de cuánto es la multa por no votar y más: preguntas y respuestas para las elecciones de este fin de semana

Primarias Municipales 2024
Foto: Jonnathan Oyarzun/Aton Chile.

Aquí una guía de preguntas y respuestas que podrían surgir durante las dos jornadas electorales.


Este sábado 26 y mañana domingo 27 de octubre se desarrollarán en todo el país las elecciones municipales y regionales. El voto será obligatorio, por lo que se espera una alta participación en los comicios.

Las Fuerzas Armadas (FF.AA.) ya se encuentran custodiando los locales de votación, los que recibirán a los electores desde las 8.00 de la mañana ambos días. A esa hora comenzará el funcionamiento de las mesas receptoras de sufragios.

El horario de cierre en ambas jornadas será a las 18.00 horas, sin embargo, éste podría extenderse en virtud de la concurrencia de sufragistas al local de votación.

En total el Servel tiene registrado a 18.036 candidatos a nivel nacional, cuyos nombres aparecerán en las cuatro papeletas que se entregarán por elector.

¿Qué se vota?

En estas elecciones se debe elegir a los próximos alcaldes, concejales, gobernadores y consejeros regionales.

¿Cuántas papeletas recibirá cada elector?

En total serán cuatro cédulas electorales que se le entregarán a los votantes, las que tendrán distintos colores y tamaños. Las papeletas de gobernadores y alcaldes son las más pequeñas, mientras que las de consejeros y concejales tienen más nombres, por lo que son más grandes.

Los colores de los facsímiles serán los siguientes:

  • Cédula electoral de gobernadores: Es de color naranja
  • Cédula electoral de alcaldes: Es de color celeste
  • Cédula electoral de consejeros regionales: Es de color verde
  • Cédula electoral de concejales: Es de color blanco

Un dato no menor es que en ese mismo orden serán escrutadas las cédulas al cerrar las mesas el domingo.

¿Hay que acudir ambos días a votar?

No. En este proceso electoral cada votante recibirá cuatro papeletas, algunas cuentan con más de cien candidatos, por lo que se estima que cada elector tardará cerca de cinco minutos en la cámara secreta. Además, el voto es obligatorio, por lo que se espera que mucha gente acuda a votar.

En virtud de esas razones, el Servel propuso que las elecciones se realizasen en dos días, dentro de los cuales el elector podrá elegir qué día acudir a votar y así agilizar el proceso y evitar aglomeraciones.

¿Qué documentos se necesitan para votar?

Como lo establece la Ley, los electores habilitados para sufragar lo pueden hacer con su cédula de identidad (carnet) o su pasaporte.

¿El carnet puede estar vencido?

Sí. El elector puede acudir a votar con su cédula de identidad o pasaporte vencido desde hace un año al momento de votar.

El ministro de Justicia, Jaime Gajardo, explicó hace unos días que “por mandato legal, estos documentos pueden estar vencidos hasta un año antes de la elección. ¿Qué significa esto? Que las personas, por ejemplo, que tengan un documento que diga que el vencimiento es el 27 de octubre del año 2023, es un documento que les va a permitir ir a sufragar el día 26 y 27″´.

¿Se debe votar con lápiz pasta o grafito?

De acuerdo con lo informado por el Servicio Electoral (Servel), se debe usar lápiz pasta azul para emitir el sufragio.

¿Cómo se dobla el voto?

Si bien, habrá papeletas con más candidatos que otras, por lo que algunas serán de mayor tamaño, todas se doblan de la misma forma.

Para doblar correctamente cada voto, se deben seguir los siguientes pasos:

  • Paso 1: doblar el voto de izquierda a derecha
  • Paso 2: doblar de abajo hacia arriba, siguiendo las líneas marcadas
  • Paso 3: doblar la colilla y pegar el sticker

¿Habrá Ley Seca?

La Ley seca es la regulación de la venta de bebidas alcohólicas en el día que se desarrollan elecciones. Tras los cambios tramitados en el Congreso en torno a los procesos electorales, para estos comicios no habrá ley seca.

La Ley tampoco regirá en los procesos electorales futuros. De esa forma, ya no habrá prohibición de vender bebidas alcohólicas en los horarios previos o posteriores a las votaciones.

¿Cuál es la multa por no votar?

Considerando que es obligatorio votar en estas elecciones, quienes no ejerzan su sufragio se arriesgan a multas, las que pueden llegar hasta las 0,5 Unidades Tributarias Mensuales (UTM), monto equivalente a $33.280 aproximadamente.

¿Cuál es la multa para los vocales de mesa que no acudan a sus funciones?

Aquellos ciudadanos que fueron seleccionados como vocales de mesa en el segundo llamado y no se presenten en los colegios correspondientes, arriesgan multas que van entre los $133.122 y los $532.488.

¿Cómo se puede excusar por no votar?

De acuerdo a lo establecido, existen ciertas excusas válidas que las personas que no acudan a votar pueden presentar y así evitar ser multadas.

Las excusas aceptadas son las siguientes:

  • Encontrarse enfermo y que esta condición impida su traslado al local de votación
  • Estar ausente del país o a una distancia de más de 200 kilómetros del local de votación
  • Otras situaciones que constituyan un impedimento grave, acreditado ante el juez de policía local.

¿Hay que excusarse los dos días por no poder ir a votar en las elecciones?

El presidente del consejo directivo del Servel, Andrés Tagle, aclaró hace unos días que basta con que el elector se disculpe un día.

“Ese ejercicio de que tenía que ir los dos días es absurdo. Nadie va a ir a disculparse por no votar a 200 kilómetros cuando es más fácil que vaya a votar y ese trámite quizá es más lento en Carabineros que lo que puede ser en el local de votación”, afirmó Tagle.

¿Qué excusa se presenta en Comisaría de Carabineros?

Durante el sábado 26 y domingo 27 Carabineros estará recibiendo solo excusas de aquellas personas que no puedan ejercer su voto por estar a una distancia de más de 200 kilómetros de su local de votación.

Para obtener el justificativo, la persona debe acudir a la web de Comisaría Virtual, ingresar su Clave Única y llenar un formulario que entregará un código alfanumérico, con el que luego se debe concurrir hasta un cuartel policial para completar el trámite.

Es importante que se guarde el comprobante de constancia para cuando sea citado ante el Juez de Policía Local.

¿Dónde presentar las excusas por no votar?

Las excusas por no ejercer el voto deben ser presentadas ante el Juez de Policía Local. Para ello, el elector deberá esperar ser citado por el Juzgado de Policía Local y presentar la documentación correspondiente a su justificación, la que será sopesada por el Juez según su criterio.

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