Corte Suprema falla a favor de Cardoen y rebaja su medida cautelar a arresto domiciliario nocturno
La Segunda Sala del máximo tribunal, por cuatro votos contra uno, revocó la resolución decretada por el ministro Carlos Aránguiz a inicios de agosto. Así, el empresario colchagüino podrá salir de su casa durante el día y deberá permanecer en su fundo de Santa Cruz desde las 22:00 horas hasta las seis de la mañana del día siguiente.
Es el primer triunfo que obtiene el empresario Carlos Cardoen en tribunales desde que Estados Unidos (EE.UU.) comenzó el proceso de extradición en su contra. Hoy la Corte Suprema revocó la resolución decretada por el ministro Carlos Aránguiz el 2 de agosto, en la cual rechazó la solicitud que hizo la defensa de Cardoen de cambiar la medida cautelar de arresto domiciliario total por la libertad provisional.
El fallo de la Segunda Sala del máximo tribunal fue notificado hoy a ambas partes. En el veredicto —que contó con los votos favorables de los supremos Hugo Dolmestch, Carlos Künsemüller, Manuel Valderrama y Jorge Dahm; y el voto en contra del magistrado Lamberto Cisternas— se acogió la argumentación realizada por la abogada del empresario colchagüino, Joanna Heskia. A pesar de que Heskia buscaba conseguir la libertad, los supremos accedieron a la solicitud de rebaja de la medida cautelar decretando así arraigo nacional y arresto domiciliario nocturno.
De esta forma, Cardoen deberá estar en su Fundo El Boldal ubicado en Santa Cruz todos los días entre las 22:00 horas y las 6:00 de la mañana del día siguiente.
El fallo establece que "teniendo presente que el objetivo perseguido por el estado requirente —a la luz del tratado de extradición suscrito con nuestro país— es precisamente el de garantizar que en caso de accederse a su solicitud, el requerido sea puesto a disposición de los tribunales de justicia de los Estados Unidos de Norteamérica, evitando la eventualidad de una fuga, las medidas cautelares de arresto domiciliario nocturno y de arraigo nacional resultan ser en el actual estado del procedimiento, idóneas, racionales y proporcionales, en cuanto las mismas permiten conciliar adecuadamente la necesidad de cautela propia del pedido de extradición con el respeto por las garantías fundamentales del requerido".
Esta es la primera vez que la Suprema falla a favor de Cardoen. Anteriormente en julio, la Segunda Sala en un fallo unánime había rechazado una solicitud muy similar realizada por la defensa del empresario argumentando que no existían nuevos antecedentes en la causa como para cambiar la cautelar resuelta por Aránguiz en abril, quien está oficiando como juez de extradición.
Cardoen está en medio de un juicio de extradición por parte de EE.UU por hechos ocurridos en 1989 que apuntan a una eventual exportación de circonio para fabricar bombas de racimo que eran vendidas a Irak. Pese a que EE.UU. imputa ocho cargos que a su juicio corresponden a delitos asociados al tráfico de armas, los abogados del empresario afirman que se trata de ilícitos "comunes, de mediana gravedad" y que solo tienen relación con infracciones en la exportación de bienes.
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