Es una mujer libre: Corte sobresee definitivamente a Javiera Blanco en caso por desvío de gastos reservados
Por 2 votos contra 1, el tribunal de alzada capitalino declaró la prescripción de las conductas que se le atribuyen a la ex subsecretaria de Carabineros, en medio de una investigación en la que estaba formalizada por malversación de caudales públicos. Ahora sólo queda un recurso de queja para impugnar la resolución que impide que se le siga indagando por los sobres con dinero en efectivo que recibía -según algunos policías- y que provenían de fondos de gastos reservados.
Los hechos están absolutamente prescritos. Así de tajante es el fallo de la Corte de Apelaciones de Santiago que acogió la solicitud de la defensa de la ex ministra de Justicia Javiera Blanco que solicitó sobreseerla definitivamente en la investigación que el Ministerio Público lleva adelante por los presuntos desvíos de gastos reservados desde las arcas de Carabineros. La resolución fue reñida, de dos votos contra uno. La mayoría de los jueces determinó que la Fiscalía no puede perseguir estas conductas, debido a que comenzaron a investigarse cuando ya se había cumplido el plazo de prescripción que sostiene la ley.
La fiscal Centro Norte Patricia Cerda había formalizado a Blanco por el delito de malversación de caudales públicos que fueron consumados entre el 1 de enero de 2007 y el 11 de marzo de 2011, periodo en que la abogada ocupó el cargo de subsecretaria de Carabineros durante el primer gobierno de Michelle Bachelet.
Una de las principales pruebas del Ministerio Público fue la declaración del coronel (R) de Carabineros, Enrico Navarrete, quien sostuvo que “el dinero de gastos reservados que se enviaban desde la Dirección de Finanzas a manos de la subsecretaria Javiera Blanco llegaban mensualmente. Yo veía el momento en que el capitán Ángelo Estay se los entregaba en las manos a la subsecretaria Javiera Blanco”. En marzo del 2020, el CDE interpuso una querella contra la exministra de Justicia, atribuyéndole la malversación de $ 47, 5 millones. De hecho poco antes, Blanco tuvo que renunciar a ser consejera de ese organismo a propósito de su vinculación a esta causa en que se indaga corrupción.
Con todo, su defensa -encabezada por la abogada Paula Vial- reclamó ante la justicia que al momento de iniciarse esta indagatoria los hechos ya estaban prescritos. Cabe recordar que el caso “gastos reservados” ligado a Carabineros, es una arista que se destapó tras el denominado “mega fraude” institucional. Esto, ya que uno de los implicados, el general (R) Flavio Echeverría, detalló que junto a las maniobras de desfalco, se sacaban dineros desde el ítem previsto para pagar actividades de inteligencia, y que se repartían sobres con dinero en efectivo a distintos altos oficiales y también a autoridades civiles como era el caso de Blanco.
La sexta sala de la Corte de Santiago sostuvo en su fallo que “sin perjuicio de lo reprochable de la acción desarrollada por la encartada Mónica Javiera Blanco Suárez, quien a la época de los delitos ejercía el cargo de subsecretaria de Carabineros, no es menos cierto, que resulta ser un hecho objetivo, que los ilícitos habrían sido cometidos en un período comprendido entre los meses de enero de 2007 a marzo de 2010, y que, en cada caso, tenían asignada la pena de presidio menor en su grado medio y multa de seis a diez unidades tributarias mensuales”.
Como entonces lo imputado eran simples delitos y el plazo de prescripción para perseguirlos es de cinco años, ya se había extinguido la responsabilidad penal al momento de darse inicio la investigación. “Tomando en cuenta el último de los delitos, cometido en el mes de marzo de 2010, el plazo de prescripción venció en el año 2015; es decir, al momento de interponerse la querella criminal por parte del CDE el 2 de marzo de 2021, la que fue admitida a tramitación el 4 de ese mismo mes y año, la acción para perseguir la responsabilidad penal de la imputada señora Mónica Javiera Blanco Suarez se hallaba extinguida por haber transcurrido, con creces, el término de prescripción para ejercer la acción penal, lo que conduce inexorablemente a acoger la pretensión de sobreseimiento definitivo de su defensa”, se lee en la resolución.
Ahora el Ministerio Público y el CDE sólo tendrían un recurso de queja ante la Corte Suprema para impugnar la decisión del ministro Antonio Ulloa y la ministra (S) Ana María Osorio. El fallo contó con el voto en contra del abogado integrante Cristián Lepin.
Comenta
Por favor, inicia sesión en La Tercera para acceder a los comentarios.