La cuestionada inscripción minera del director nacional de Sernageomin
En 2018, Alfonso Domeyko Letelier (42), entonces director nacional (s), inscribió una "manifestación minera". Pese a tener una prohibición legal para hacerlo, el trámite le permitía explorar y luego explotar 200 hectáreas en Melipilla.
El escrito ingresó a las 13.47 horas del viernes 16 de noviembre de 2018. Bajo el número 323, el documento presentado en el Primer Juzgado de Letras de Melipilla, ubicado en calle Correa 490 de esa comuna, oficializó el interés del abogado Alfonso Domeyko Letelier (42) y su representante -y hermano- Juan Sebastián Domeyko (40) por inscribir la manifestación minera de un terreno de 200 hectáreas, denominado Tantehue.
La presentación daba pie para solicitar la exploración y posterior explotación de minerales concesibles desde el terreno, incluyendo elementos metálicos, no metálicas y fósiles. Tras ello, el proceso contemplaba el envío de información desde el tribunal al Servicio Nacional de Minería y Geología (Sernageomin) para su "revisión técnica", según detalla la Guía de Constitución de Concesiones mineras de exploración y explotación, que elaboró el organismo técnico.
El trámite judicial, que podía ser uno más de los que ingresan a tribunales, en realidad era la expresión de un evidente conflicto de interés: el abogado Alfonso Domeyko Letelier, el peticionario de esa manifestación minera, es el actual director del Sernageomin, cargo que a fines de 2018 también ocupaba como subrogante.
Domeyko, tataranieto de Ignacio Domeyko, matemático y físico que fue rector de la U. de Chile y uno de los precursores de la minería en el país, asumió el cargo el 31 de mayo de 2019 tras ser elegido por Alta Dirección Pública. Pero su relación con el Sernageomin data de abril de 2018, cuando ingresó como jefe del Departamento Jurídico. El cargo le permitió ser nombrado director nacional subrogante, entre octubre de 2018 y marzo de 2019; es decir, en el mismo periodo en que oficializó su interés por las 200 hectáreas de Tantehue.
Mediante un mandato judicial especial, de fecha 14 de noviembre de 2018, Domeyko estampó su firma y huella dactilar para que su hermano y abogado, "venda, ceda y transfiera la concesión minera de exploración Tantehue", terreno que fue inscrito en el Registro de Descubrimientos en 2017. Sin embargo, la orden nunca se ejecutó e, incluso, dos días después, el 16 de noviembre, su abogado presentó una nueva "manifestación minera", pese a que Alfonso Domeyko tenía el cargo de director nacional (s) del Sernageomin, según el sitio web del organismo.
Prohibiciones y sumario
El artículo 22 del Código de Minería menciona a quiénes pueden hacer "manifestaciones o pedimentos y adquirir concesiones mineras en trámite o constituidas, o cuotas en ellas, o acciones en sociedades".
Así, los ministros de las Cortes de Apelaciones, los jueces de tribunales de letras e, incluso, los conservadores de minas y aquellos empleados que allí trabajan, tienen prohibición expresa de realizar estos trámites. Y también, según la ley, tienen prohibida esta actividad "los funcionarios del Estado o de sus organismos o empresas que, en razón de sus cargos, tengan intervención en la constitución de concesiones mineras o acceso a información de carácter geológico o minero, o relativa a descubrimientos mineros, hasta un año después de haber dejado el cargo".
La situación de Alfonso Domeyko llevó a que, el 19 de febrero y el 27 de abril de 2019, el estudio jurídico del abogado Carlos Claussen -experto en materia contractual, minera y medioambiental- lo denunciara por infringir el Código de Minería. Ambas acciones legales fueron presentadas en el Primer Juzgado de Letras de Melipilla. Y ambas fueron retiradas el pasado 13 de mayo, luego de que Domeyko pidiera al tribunal anular todo lo obrado.
¿La razón? Según un escrito presentado por el jefe de Sernageomin, su hermano "se extralimitó en el ejercicio de las facultades que le fueran conferidas por el mandato judicial de autos, motivo por el cual la manifestación (minera) de autos carece de la voluntad de Alfonso Domeyko Letelier", dice el texto.
Consultado por La Tercera, Alfonso Domeyko aseguró que en 2017, previo a ingresar al servicio, "constituí una concesión de exploración. Al ingresar al Sernageomin, poco tiempo después di la instrucción vía mandato especial, por notario público, para liquidar diversos asuntos, entre los cuales está lo que usted me consulta, la concesión de exploración (minera). La idea era liquidar esa concesión, sacarla de mi patrimonio". Agregó que en marzo de 2018 conoció "que el encargo profesional que hice a través del mandato (judicial) no se ejecutó. Debido a ello, puse en conocimiento, aportando todos los antecedentes de respaldo, solicitando al juez respectivo que se declarara la nulidad de dicha solicitud de concesión realizada a finales de 2018".
Según el Sernageomin, en la Declaración de Patrimonio e Intereses de Domeyko figuró hasta 2018 la inscripción del terreno minero. No obstante, desde el servicio público dijeron no contar con el documento actualizado a 2019.
Pese a que la vulneración del artículo 22 del Código Minero está sancionado con la "inhabilitación especial temporal en su grado medio para el cargo que desempeñen", Domeyko, en su calidad de director subrogante, desestimó enviar los antecedentes para iniciar un sumario administrativo, a fin de que un tercero analizara su propio caso.
Sobre este punto, la autoridad manifestó que su decisión de no abrir un proceso administrativo para exponer los antecedentes de su caso surgió de una reunión "informal" con abogados del servicio que dirige. "Llegamos a la conclusión de que si no había ilícito, si había sido realizado por un tercero excediéndose de las facultades de un mandato expreso (…) se determinó no iniciar una investigación". Añadió que "no es que me haya saltado un procedimiento, no hay un procedimiento para ese análisis", aseguró.
Aun cuando las denuncias a la justicia civil están terminadas, este caso, según fuentes judiciales, podría dar origen a un análisis de los antecedentes por parte del Ministerio Público para confirmar o descartar la existencia de eventuales irregularidades cometidas por un funcionario público en el ejercicio de sus funciones.
Mientras este proceso podría analizarse en instancias distintas al área administrativa, el director de Sernageomin continuará ejerciendo sus facultades para revisar nuevos proyectos de exploración y explotación, y fiscalizar el cumplimiento de las normativas mineras en materia de seguridad y propiedad, como ordena la ley.
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