La histórica condena del “Diablo” por lavado de activos con el dinero que obtuvo por un secuestro en Huechuraba

Imágenes de contexto en relación al delito de secuestro
Imagen referencial.

Usó a su pareja de testaferro para adquirir vehículos pagando en efectivo.


El Segundo Tribunal Oral en lo Penal de Santiago condenó a Abraham Isaac Herrera Muñoz, conocido por sus alias de “Diablo” y “Chico Nike”, a una pena de cumplimiento efectivo de 5 años y un día de presidio, por su responsabilidad como autor de un delito consumado de lavado de activos.

Su nombre figuró en páginas policiales por un bullado secuestro ocurrido en Huechuraba hace una década, en tiempos en que la frecuencia de ese tipo de delitos en Chile era menor que en la actualidad.

Por ese caso, en el mismo tribunal fue condenado el 10 de mayo de 2019, a la pena de siete años de presidio mayor en su grado mínimo.

Dicha sentencia tuvo por acreditado que el “Diablo” junto a otros sujetos exigieron la entrega de dinero para la liberación de la víctima. Los familiares de la persona secuestrada pagaron 37 millones de pesos entre dinero en efectivo y joyas. Una vez obtenido el botín, abandonaron a la víctima en la vía pública, la madrugada del 27 de mayo de 2015.

El lavado de activos

Herrera tenía una pareja que murió en abril de 2017, Constanza González Arriaza, con la que tenía un hijo en común y compartía un departamento en Huechuraba.

De acuerdo a la indagatoria de la Fiscalía Centro Norte, el sujeto usó a su pareja, que no tenía fuente de ingreso conocida, como testaferro para adquirir vehículos a su nombre con recursos obtenidos en el secuestro, con el propósito de ocultar o disimular el origen ilícito del dinero.

A una semana del secuestro, González adquirió un automóvil Kia año 2014, pagando más de10 millones de pesos, en efectivo en una automotora y lo vendió el 21 de septiembre de 2015. Dos semanas después, la mujer compró un Peugeot deportivo, descapotable, del año por cerca de 20 millones. Y en julio del año siguiente, la pareja de hizo de un station wagon Ford, modelo Edge, año 2010, por el que pagaron $7.000.000 en efectivo. El vehículo quedó inscrito a nombre de Constanza González Arriaza y fue vendido al mes siguiente por el mismo precio.

Chico Nike

“Ha quedado acreditado conforme al estándar legal, que el acusado ocultó y disimuló el origen ilícito de determinados bienes, en esta caso, el botín obtenido en el delito de secuestro por el que fue condenado, a sabiendas de que provenían de dicho ilícito precedente, mediante el uso de un testaferro que adquirió bienes, específicamente vehículos motorizados con el dinero espurio, ingresándolo al sistema económico forma”, dice el fallo del TOP.

Condena histórica

La fiscal Carolina Suazo Schwenke, persecutora de Delitos de Alta Complejidad de la Fiscalía Metropolitana Centro Norte destacó que se trata de la primera condena por lavado de activos con delito base o precedente de secuestro.

“Esto tiene evidentemente importancia porque genera un precedente frente a otras investigaciones por secuestro. Resulta muy importante, no solamente para los casos que se cometen en contexto de criminalidad organizada, sino también en general, cuando se cometen delitos de este tipo, en que se obtienen altas ganancias, realizar un seguimiento de la ruta del dinero. Ese seguimiento evidentemente es lento y es necesario hacer un análisis con la colaboración de los bancos o entidades financieras”, explicó la fiscal.

La persecutora recordó que el “Diablo” fue responsable de un secuestro extorsivo en el que “la víctima fue torturada gravemente, sufrió lesiones por ello, recibió un trato completamente vejatorio en términos de la forma en que se llevó a cabo el secuestro, el tiempo que estuvo finalmente privado de libertad, las amenazas que sufría, la forma en que se realizaron también los llamados extorsivos”.

“El imputado estuvo casi tres años prófugo, no fue detenido con el resto de los coimputados, sino que estuvo prófugo mucho tiempo. Y luego ocurrió lo que sucede habitualmente en las investigaciones por lavado activo es que requieren más tiempo generalmente que la investigación por delitos base, porque para investigar lavado de activos hay dos opciones, o investigarlo en conjunto con delito base o precedente o hacerlo de forma posterior. Y es esta última opción la que es más viable en términos prácticos porque se requiere hacer todo un estudio de lo que pasó después de que se obtuvieron esos ingresos ilícitos”, precisó la fiscal, al dar cuenta del tiempo transcurrido para lograr esta segunda condena,

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