Pamela Figueroa asume como la primera mujer presidenta de Servel

Pamela Figueroa

La politóloga y docente de la USACH asumirá el cargo hasta 2029.


Después de cuatro años en la dirección, Andrés Tagle, deja su cargo como presidente del Consejo Directivo del Servicio Electoral (Servel), para entregárselo a Pamela Figueroa.

Según indicaron desde la entidad: “Por primera vez en su historia, el Servicio Electoral de Chile es liderado por una mujer. Pamela Figueroa, politóloga y docente, asume la presidencia del Consejo Directivo de Servel, marcando un hito en la institucionalidad electoral del país”.

Pamela Figueroa es politóloga y docente de la Universidad de Santiago de Chile (USACH). Además, cuenta con doctorado en Estudios Americanos, Universidad Santiago de Chile, Instituto de Estudios Avanzados (IDEA), 2019. Maestría Artes Estudios Latinoamericanos Universidad Georgetown, Escuela Relaciones Internacionales, 2001. Magíster Ciencia Política, Universidad Católica Chile, Instituto Ciencia Política, 1996.

Desde 2014 hasta 2018 trabajó como Jefa de la División de Estudios del Ministerio de la Secretaría General de la Presidencia, asesorando las reformas políticas y agenda de probidad, y en la Coordinación del Proceso Constituyente.

Por otro lado, el 18 de enero de 2022 lanzó un libro con su compañera de docencia, Lucía Dammert, titulado: “Cómo funciona nuestra democracia”.

Cómo se elige al presidente del Consejo Directivo del Servel?

Según establece el artículo 63 de la Ley 18.556 Orgánica Constitucional sobre Sistema de Inscripciones Electorales y Servicio Electoral, la dirección superior del Servicio está en manos de su Consejo Directivo, compuesto por cinco consejeros designados por el Presidente de la República, previo acuerdo del Senado adoptado por los dos tercios de sus miembros en ejercicio.

La representación del Consejo Directivo en eventos protocolares nacionales e internacionales, así como las gestiones que se desarrollen ante cualquier entidad extranjera, corresponde al Presidente del Consejo, o a quien, en subsidio, determine el Consejo.

Los consejeros duran 10 años en sus cargos, no podrán ser designados para un nuevo período y se renovarán por parcialidades cada dos años, es decir, no se renovarán todos al mismo tiempo.

Por su parte, el presidente del Consejo debe cumplir cuatro años en el cargo y puede ser reelegido por una sola vez.

Sobre cómo se elige al presidente del Consejo, la ley establece que los consejeros elegirán de entre ellos un presidente por mayoría de votos.

“En caso de ausencia o impedimento temporal, el presidente será subrogado por el consejero que en el acto se elija. Si no se lograre mayoría, en ambos casos, se procederá por sorteo”, se indica en el artículo.

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