Pareja de ministra Vivanco solicita al fiscal Valencia no entregar cuestionados chats a la Comisión de Ética de la Corte Suprema

Gonzalo Migueles asegura que el requerimiento de la comisión para que el Ministerio Público entregue antecedentes "se hace sobrepasando las facultades", respecto a "información secreta" y que se refiere a "personas ajenas al Poder Judicial".


En un escrito de ocho páginas, la pareja de la ministra Ángela Vivanco, Gonzalo Migueles, solicitó al fiscal nacional, Ángel Valencia, que el Ministerio Público no acepte la solicitud de la Comisión de Ética de la Corte Suprema de acceder a los chats en los que tanto él como el fiscal regional de Aysén, Carlos Palma aparecen en la investigación en contra del abogado Luis Hermosilla.

La solicitud de Migueles surge luego de que esta semana el máximo tribunal reactivará el funcionamiento de la instancia ética, la cual analizará las últimas polémicas en la que ministros de la Suprema han sido mencionados en conversaciones por presunto tráfico de influencias en los nombramientos judiciales.

En primer término, la solicitud formal enviada por Migueles, representado por el abogado Jorge Villalobos, sostiene que este no puede ser vinculado a la comisión debido a que no es miembro del Poder Judicial, por lo tanto, no está afecto a la actuación de esta.

A juicio de la pareja de la ministra Vivanco, la solicitud a que el Ministerio Público entregue las conversaciones al Poder Judicial para que se revise en la Comisión de Ética, “constituye una clara vulneración a la normativa que reglamenta este órgano creado al efecto, pues atendido el carácter de excepcional que reviste esta comisión creada al efecto, la extralimitación en sus facultades orgánicas constituye un claro abuso a la normativa judicial y constitucional, que impide que se le pueda concebir como un interviniente o tercero de los que pueden tener acceso a los antecedentes de una investigación penal llevada por el Ministerio Público”.

“Significaría ir más allá de lo regulado”

Además de eso, afirma que la comisión y sus facultades “no pueden ser objeto de una interpretación extensiva, sino que, muy por el contrario, deben ceñirse en lo literal y restrictivo a lo que la normativa que regula su creación y funcionamiento disponga al efecto”.

Más adelante reitera que Migueles no forma parte del Poder Judicial, y por ende no está afecto al actuar de la comisión, por lo que profundizar “en la ejecución de una conducta significaría ir más allá de lo regulado en la normativa orgánica. Así pues, y desde este punto de vista, es posible dar cuenta de que la solicitud postulada por parte del organismo se advierte como una conducta eminentemente trasgresora de su propia directriz de funcionamiento”.

También señala que tratándose de conversaciones privadas y personales, “se encuentran asistidas por tales garantías protectoras y su arbitraria revisión y análisis por parte de la comisión, quien actúa por fuera de su marco orgánico, representan una transgresión a los derechos fundamentales de mi representado”.

El ordenamiento jurídico a juicio del abogado que envió el escrito a Valencia, “posee necesariamente ciertas limitaciones, las cuales no solo dicen relación con el procedimiento penal, sino que adicionalmente, según lo dispone el Código Procesal Penal, da cuenta de la legitimidad activa para ejecutar las propias medidas investigativas, medidas que se encuentran reservadas en favor del Ministerio Público y los tribunales con competencia en lo penal”.

¿Una solicitud ilegítima?

La solicitud realizada por la Comisión de Ética al fiscal Valencia “excede con creces las atribuciones que la regulación que le otorga su existencia le confiere a la misma”, por lo cual aquello “constituyen una directa transgresión” al acta del 2007 que creó la comisión, así como también a la propia Constitución.

En esa línea, cita que los únicos organismos que el cuerpo legal permite requerir información son el Ministerio Público y los tribunales de competencia penal, para lo que tienen restricciones. “La comisión no cumple con ninguna de las dos calidades y, en consecuencia, su actuar pretende la atribución de facultades que no le son conferidas por ley”, sostiene el requerimiento.

Por lo mismo, señala que la información solicitada por la comisión “configura un acto antijurídico, reviste además de una gran dificultad, pues tal información es secreta, toda vez que ha sido obtenida y cautelada en el marco de un procedimiento penal”. Todo lo que podría configurar, a su juicio, en un delito, además de un “atentado en contra de las normas legales y constitucionales”.

“La solicitud de la comisión se hace sobrepasando las facultades que el acta citada, respecto de información que es secreta y que además se refiere a terceros ajenos al poder judicial, mi representado y el Sr. Palma”, agrega.

El documento enviado por Migueles a Valencia concluye reiterando que el fiscal nacional niegue la entrega de los antecedentes a la Comisión de Ética de la Corte Suprema, específicamente a aquellos que involucran a la pareja de la ministra del mismo tribunal.

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