Tribunales que aumentan en más 300% el ingreso de causas: estudio revela el impacto del voto obligatorio y las multas en juzgados de policía local
El informe elaborado por el Observatorio Judicial plantea que el incremento de más de un millón de causas que surgen a raíz de la reposición del voto obligatorio tendría consecuencias en los juzgados de policía local. Lo anterior, porque incluso habría tribunales locales que requerirían aumentar en hasta seis veces sus capacidades para hacer frente al incremento por las multas para quienes no hayan sufragado en la elección de consejeros constitucionales.
La elección de consejeros constitucionales, realizada el 7 de mayo, fue la segunda votación que se realizó bajo la modalidad de voto obligatorio. Pero la reposición de la obligatoriedad a sufragar no sólo tuvo un cambio en la cantidad de personas que marcan una opción, sino también en los juzgados de policía local (JPL), los que deben tramitar las multas de aquellos que no se presentan el día de las elecciones, ni tampoco se excusan.
Un informe del Observatorio Judicial analizó el impacto del ingreso de estas causas en los tribunales locales que dependen administrativamente de las municipalidades -los mismo que ven, por ejemplo, las infracciones de tránsito-, pero disciplinariamente del Poder Judicial.
El estudio revela cifras sobre las consecuencias en el funcionamiento de los juzgados comunales a la hora de tener que aplicar las infracciones que van desde las 0,5 a 3 UTM. Y es que, según detalla el centro de estudios en la Región Metropolitana (RM), estas instituciones serán las encargadas de revisar más un millón de causas extras a las que ya analizan regularmente, lo que generaría que algunos tribunales aumenten en más de 300% los ingresos de requerimientos.
El análisis se basó en cifras del 2021 sobre el número total de las causas que los juzgados de policía local revisan, lo que arrojó que durante ese año los tribunales locales de la capital vieron 6.390.483 casos. Considerando dicha cifra, se contempla un aumento del 16% en promedio de los requerimientos que verán los JPL, ya que se abrirán 1.012.720 de causas por las personas que no votaron en la RM.
Juan Francisco Cruz, investigador del Observatorio Judicial y autor del informe, explica que es muy probable que esa “enorme afluencia de nuevas causas impacte en la eficiencia y trabajo del día a día de los JPL. Para hacerse una idea del impacto, el año 2022 ingresaron unas 891.000 causas en todos los juzgados civiles del país, ahora sólo en los JPL de la Región Metropolitana ingresaron un millón de causas por infracción al voto obligatorio”.
El impacto en el sistema
Pero el impacto de las causas que deben revisar los JPL a raíz de las multas que se cursan por no votar no ocurre de la misma manera en todos los lugares. El informe del Observatorio Judicial destaca que en comunas como San Miguel, donde se revisaron 376.940 causas el 2021, el incremento de 25.543 casos de aquellas personas que no votaron sólo implicaría un incremento de 7% en el volumen de causas.
Algo que no ocurre en otras zonas, como es el caso de Lo Prado, comuna en la que número de causas que ingresan aumentará un 332% respecto a lo que el tribunal local revisa todos los años. A esta la siguen comunas como Cerro Navia, con un incremento de 310%, La Pintana (304%), El Bosque (252%), San Ramón (217%), Puente Alto (196%), entre otras (ver infografía).
A juicio de Cruz, el aumento en la cantidad de ingresos a los juzgados de policía local se traduce, probablemente, en que “aumenten los tiempos normales de tramitación de las causas en los JPL. También un posible efecto, dada la cantidad y que no existe una parte interesada, es que las causas sean tramitaciones meramente formales, en la cual las sanciones queden sin cumplir. Esto sería problemático, porque implicaría, en la práctica, que el voto obligatorio queda sin sanción”.
¿Juzgados al límite?
El aumento del ingreso de las causas a raíz del sistema del voto obligatorio, según el informe del centro de estudios, también se traduce en un incremento en las capacidades de dichos juzgados. Según compara el análisis, durante el 2019 los JPL recibieron 4.826.268 causas, por lo que si a aquello se agregan las más de un millón de causas por no votar, entonces -en promedio- se requeriría que uno de cada cinco juzgados de policía local se dedique exclusivamente a revisar las multas por voto obligatorio.
Pero al igual que con los ingresos, las capacidades de cada tribunal no impactan de la misma manera en todas las comunas. Por ejemplo, cita el informe, el juzgado de policía local de Santiago tendría que dedicar el 10% de su capacidad para tramitar, en un año, las causas por voto obligatorio. Situación muy distinta ocurriría en San Ramón, donde el tribunal local “necesitaría crecer seis veces para tramitar con éxito las casi 12.000 denuncias por no sufragio”, plantea el texto. Ese incremento en las capacidades lo siguen las comunas de Cerro Navia con 601%, El Bosque (463%), Cerrillos (446%), Peñalolén (331%), La Pintana (299%), entre otros.
El alcalde de San Ramón, Gustavo Toro, y de quien depende la administración del tribunal local, recuerda que los juzgados de policía local no sólo deben ver el tema electoral, sino también “ven permanentemente las multas por tránsito, también inspectores municipales y, además, hay una carga grande, permanente, considerando sobre todo los temas de seguridad y problemas vecinales, entonces esto atrasa más el trabajo diario que debemos enfrentar”. Pese a eso, agrega que están cumpliendo con el trabajo y cumpliendo con la normativa electoral.
Finalmente, Toro considera que “hay que considerar que estos hechos, como el cobro de principalmente por temas electorales, deben ser considerados frente a alguna consideración que se debiera plantear en apoyo a los municipios”.
En esa línea, respecto de la posibilidad de si deben realizar cambios o no a la normativa que radica en los juzgados de policía local la facultad de cursar las multas, el investigador Cruz plantea que “una modificación a explorar es establecer sanciones accesorias que pongan el incentivo de pagar la multa en el infractor y así poner la carga del cumplimiento del fallo en el propio condenado. Por ejemplo, en legislaciones comparadas, a los infractores mientras no paguen, quedan impedidos de realizar ciertos trámites en el sector público”.
Comenta
Por favor, inicia sesión en La Tercera para acceder a los comentarios.