Aerolíneas compensarán a pasajeros de vuelos cancelados

Congreso despachó ayer ley que obliga a a reembolsar o entregar reparaciones en casos de retrasos de más de tres horas.




Luego de lograr la unanimidad en ambas cámaras, el Congreso despachó a Ley el proyecto que agrega al Código Civil Aeronáutico, la obligación a las aerolíneas de informar a cada pasajero sobre los derechos que le asisten en caso de cancelación, retraso del vuelo o denegación de embarque, los que incluyen compensaciones económicas y reembolsos.

La iniciativa, que data de 2006, da cuenta de las deficiencias en la legislación respecto de los usuarios de transporte aéreo, quienes lideran el ranking de denuncias ante el Sernac.

La normativa obliga al transportador a solicitar a los pasajeros que renuncien voluntariamente a sus reservas, a cambio de prestaciones y reparaciones que se acuerden entre ambas partes. El usuario podrá elegir en persistir en el contrato, aceptando vuelo alternativo o desistir de éste y requerir el reembolso del monto total pagado por el boleto.

Si se decide denegar un embarque, esto deberá ir con sumas equivalentes a 2 UF para vuelos de menos de 500 kilómetros; 3 UF para vuelos de entre 500 y 1.000 km.; 4 UF para vuelos de entre 1.000 y 2.500 km.; 10 UF para vuelos de entre 2.500 y 4.000 km.; 15 UF para vuelos de entre 4.000 y 8.000 km. y 20 UF para vuelos de más de 8.000 km.

La indemnización será procedente si el viaje no se realiza después de tres horas. En el caso de las líneas aéreas pequeñas, que tengan menos de 19 asientos, se amplía el plazo a cuatro horas.

El senador Jorge Pizarro (DC) detalló que la ley, además, obliga a entregar prestaciones a los usuarios en tiempo de espera. "Aquí se garantiza asistencia a quienes persisten de los contratos, como el derecho a las comunicaciones, a refrigerios, alojamiento, si es necesario, y movilización".

Tras calificar como "positivo" el fortalecimiento de derechos de los consumidores, el diputado Gabriel Boric (IND), manifestó la necesidad de "avanzar en fijación de precios. La realidad en zonas extremas, es que cuando se trata de una emergencia, por enfermedad o muerte de un pariente se tiene que pagar un costo similar a un viaje a Miami. Esa es una veta que debiéramos abordar".

Comenta

Por favor, inicia sesión en La Tercera para acceder a los comentarios.