CNTV resolvió no formular cargos contra 'No abras la puerta' por denuncias de maltrato animal

El consejo acordó declarar sin lugar las denuncias presentadas contra la teleserie de TVN, por escena donde Gonzalo Valenzuela manipula a un perro.




El Consejo Nacional de Televisión, CNTV, decidió no formular cargos contra TVN y su teleserie nocturna No abras la puerta, programa que recibió denuncias por una escena de maltrato animal.

La entidad dejó sin lugar las denuncias presentadas por particulares contra de TVN, por la exhibicióndel programa el día 19 de agosto pasado, donde el personaje del actor Gonzalo Valenzuela manipuló un perro, mascota de su hermana.

Según consta en el acta del 20 de octubre, "el examen del material audiovisual pertinente a los contenidos reseñados no entrega señal o signo alguno que autorice a sostener que la mascota haya sido efectivamente maltratada; antes bien, es del pellejo flojo de su testuz, del cual son asidas, de manera indolora, tales mascotas caninas de peso escaso; efectivamente, Terry ladra en tres ocasiones, pero más bien inducido por el aumento en el volumen de la voz de su ama, Laura.  Por todo ello es que, la estimación de los referidos contenidos a la luz de lo prescripto en el artículo 1º de la Ley 18.838 lleva a concluir que ellos adolecen de la requerida tipicidad; por lo que, no se configura infracción a la normativa que rige el contenido de las emisiones de televisión".

OTRAS RESOLUCIONES

En la misma sesión de Consejo, se decidió sancionar con una amonestación a Chilevisión por la emisión de su programa "En la Mira", del día 25 de junio de 2014, en el cual fue vulnerado el derecho fundamental a la información que tienen las personas, mediante la entrega de información incompleta y sesgada sobre el "Proyecto Hidroeléctrico Alto Maipo".

Según consta en el acta, "los reparos consignados privan al reportaje de aquella ecuanimidad inherente a la naturaleza de las entregas informativas de su especie, haciendo decaer la calidad de la entrega informativa objeto de control en estos autos al nivel de una mera descalificación del "Proyecto Hidroeléctrico Alto Maipo".

Asimismo, se acordó sancionar a  Telecanal, por emitir la serie "Master of Horror", el día 29 de junio de 2014, y a Directv por transmitir la película  "Casino", el día 18 de julio de 2014. Ambos operadores de cable deberán pagar una multa de 100 UTM cada uno, por emitir en "horario para todo espectador", contenido inapropiado para ser visionado por menores de edad.

El Consejo acordó también, rechazar los descargos y sancionar a Chilevisión con una multa de 50 UTM,  por infringir, el artículo 1° de las Normas Sobre la Obligación de las Concesionarias de Radiodifusión Televisiva de Libre Recepción de Transmitir Programas Culturales a la Semana, al no haber transmitido el minutaje mínimo legal semanal de programación cultural, durante la segunda semana del período Junio-2014.

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